I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Empleo. (BOE-A-2023-5365)
Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 1 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 30379

Disposición transitoria quinta. Régimen aplicable a los procedimientos de oficio
admitidos a trámite a la fecha de entrada en vigor de la presente ley.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición final primera. Modificación del texto refundido de la Ley sobre
Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
Disposición final segunda. Modificación del texto refundido de la Ley General de
derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
Disposición final tercera. Modificación de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la
que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.
Disposición final cuarta. Modificación del texto refundido de la Ley General de
Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
Disposición final quinta. Modificación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español
las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26
de febrero de 2014.
Disposición final sexta. Modificación del Real Decreto 818/2021, de 28 de
septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo
del Sistema Nacional de Empleo.
Disposición final séptima. Modificación del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de
diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en
el empleo y la transformación del mercado de trabajo.
Disposición final octava. Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de
los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
Disposición final novena. Modificación de la Ley 36/2011, de 10 de octubre,
reguladora de la Jurisdicción Social.
Disposición final décima. Modificación de la Ley 21/2022, de 19 de octubre, de
creación de un fondo de compensación para las víctimas del amianto.
Disposición final undécima. Modernización del Portal Único de Empleo y mejora de
la coordinación y cooperación con plataformas de empleo y formación.
Disposición final duodécima. Financiación de los servicios garantizados.
Disposición final decimotercera. Salvaguardia del rango de disposiciones
reglamentarias.
Disposición final decimocuarta. Títulos competenciales.
Disposición final decimoquinta. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Disposición final decimosexta. Entrada en vigor.
PREÁMBULO
I
Tras la declaración por la Organización Mundial de la Salud de la pandemia
internacional provocada por la COVID-19 el día 11 de marzo de 2020 y la rápida
propagación de esta enfermedad, tanto en el ámbito nacional como internacional, los
Estados miembros de la Unión Europea adoptaron con rapidez medidas coordinadas de
emergencia para proteger la salud de la ciudadanía y evitar el colapso de la economía.
El Consejo Europeo del 21 de julio de 2020, consciente de la necesidad en este
momento histórico de un esfuerzo sin precedentes y de un planteamiento innovador que
impulsen la convergencia, la resiliencia y la transformación en la Unión Europea, acordó
un paquete de medidas de gran alcance.
Estas medidas aúnan el marco financiero plurianual (MFP) para 2021-2027 reforzado
y la puesta en marcha de un Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation
EU»), cuyo elemento central es el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. La
instrumentación de la ejecución de los recursos financieros del Fondo Europeo de
Recuperación se realizará a través del Plan de Recuperación Transformación y

cve: BOE-A-2023-5365
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 51