I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Empleo. (BOE-A-2023-5365)
Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.
76 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51

Miércoles 1 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 30390

Artículo 5.

Principios rectores de la política de empleo.

Son principios rectores de la política de empleo:
a) Los principios de igualdad y no discriminación en el acceso y consolidación del
empleo y desarrollo profesional por motivo de edad, sexo, discapacidad, salud,
orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales,
nacionalidad, origen racial o étnico, religión o creencias, opinión política, afiliación
sindical, así como por razón de lengua, dentro del Estado español o cualquier otra

cve: BOE-A-2023-5365
Verificable en https://www.boe.es

b) El impulso a la creación de empleos de calidad y estables que faciliten la
transición hacia un mercado de trabajo más eficiente que a su vez garantice niveles
adecuados de bienestar económico para las personas trabajadoras, de acuerdo a sus
circunstancias individuales y familiares.
c) El mantenimiento del empleo y la progresión profesional de las personas
ocupadas, mediante la mejora y la actualización preventivas y activas de sus
cualificaciones a través de la formación en el trabajo, así como la difusión de nuevos
yacimientos de empleo, especialmente en el caso de sectores, enclaves o empresas en
proceso de reconversión.
d) La ampliación y mejora de las cualificaciones, competencias, habilidades y
empleabilidad de personas desempleadas y ocupadas, señaladamente mediante la
detección y atención de sus necesidades e intereses formativos y de readaptación
profesional, singularmente, en el ámbito de las entidades de la economía social, así
como la adaptación de su perfil profesional a las demandas de empresas y sectores
productivos.
e) La atención especializada de colectivos prioritarios para las políticas de empleo y
la eliminación de cualquier clase de discriminación asegurando políticas adecuadas de
incorporación laboral dirigidas a los citados colectivos.
f) La adecuación, cuantitativa y cualitativa, de oferta y demanda de empleo,
mediante la implementación de servicios de intermediación y colocación eficientes
orientados a la prospección y captación de ofertas de trabajo y a la redirección de estas
últimas a las personas candidatas más idóneas.
g) La dotación de un servicio integrado de información de los servicios de empleo,
garantizando la protección de datos personales y los derechos digitales de las personas
usuarias.
h) La promoción de la movilidad funcional y sectorial, favoreciendo el tránsito hacia
profesiones y actividades en proceso de crecimiento.
i) El acompañamiento, personal e individualizado, en su caso en colaboración con
los servicios sociales, sanitarios y educativos durante los procesos de inserción en el
mercado laboral y de transición entre formación y empleo o entre empleos.
j) La garantía de la libre circulación de las personas trabajadoras, en el ámbito
estatal y en el marco del Espacio Económico Europeo, facilitando e impulsando su
movilidad geográfica.
k) Su articulación con el fenómeno migratorio, favoreciendo siempre la integración
social de la población inmigrante, en particular de las personas jóvenes extuteladas en
su transición hacia la autonomía.
l) El fomento de iniciativas de emprendimiento y de economía social viables,
mediante el desarrollo de actividades de prospección, asesoramiento, información y
auditoría de la viabilidad de los proyectos.
m) El mantenimiento de un nivel de vida digno durante el proceso de búsqueda de
ocupación, a través de un sistema eficaz de protección ante situaciones de desempleo o
cese de actividad.
n) La anticipación a las necesidades de generación de empleo mediante la
programación de actuaciones a medio y largo plazo.
ñ) La atención y asesoramiento a las personas, empresas y demás entidades
empleadoras, así como la prospección de necesidades del tejido productivo.