I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-5367)
Instrumento de aprobación de las Actas aprobadas en el II Congreso Extraordinario de la Unión Postal Universal (UPU), hechas en Adís Abeba el 7 de septiembre de 2018.
132 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51
Miércoles 1 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 30541
VIII. En nombre de la República de Islandia, del Principado de Liechtenstein y del
Reino de Noruega:
Las delegaciones de la República de Islandia, del Principado de Liechtenstein y del
Reino de Noruega declaran que sus países aplicarán las Actas adoptadas por el
presente Congreso de conformidad con las obligaciones que les corresponden en virtud
del Acuerdo por el cual se constituyó el Espacio Económico Europeo y en virtud del
Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios de la Organización Mundial del
Comercio.
(Congrés–Doc 11.Add 8).
IX. En nombre de la República Federal de Alemania, de la República de Austria, del
Reino de Bélgica, de la República de Bulgaria, de la República Checa, de la República
de Chipre, de la República de Croacia, del Reino de Dinamarca, de la República
Eslovaca, de la República de Eslovenia, del Reino de España, de la República de
Estonia, de la República de Finlandia, de la República Francesa, de la República
Helénica, de la República de Hungría, de la República de Irlanda, de la República
Italiana, de la República de Letonia, de la República de Lituania, del Gran Ducado de
Luxemburgo, de la República de Malta, del Reino de los Países Bajos, de la República
de Polonia, de la República Portuguesa, del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del
Norte, de Rumania y del Reino de Suecia:
Las delegaciones de los Países miembros de la Unión Europea declaran que sus
países aplicarán las Actas adoptadas por el presente Congreso de conformidad con sus
obligaciones en virtud del Tratado de la Unión Europea, del Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea y del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios de la
Organización Mundial del Comercio.
(Congrés–Doc 11.Add 9).
X.
En nombre de Australia:
Australia aplicará las Actas y las demás decisiones adoptadas por el presente
Congreso siempre que sean compatibles con sus otros derechos y obligaciones
internacionales y, en particular, con el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios
de la Organización Mundial del Comercio.
(Congrés–Doc 11.Add 10).
XI. En nombre de Israel:
«Algunos Países miembros reaccionan ante una situación política dada o se refieren
a sus relaciones con cualquier otro País miembro formulando declaraciones unilaterales.
Estas declaraciones no tienen que ver con la aplicación de una disposición de las Actas
y surgen de consideraciones políticas que se ubican fuera del marco de la UPU. Por
consiguiente, no están sujetas a ningún procedimiento especial y pueden ser
presentadas en cualquier momento durante el Congreso, a la secretaría de la Plenaria».
La delegación de Israel reitera las declaraciones y las reservas efectuadas en los
Congresos anteriores en nombre de Israel y rechaza sin reservas todas las
declaraciones o reservas formuladas en el presente Congreso extraordinario (Adís
Abeba) por cualquier otro País miembro de la Unión con la intención de ignorar los
derechos y el estatuto de que goza Israel en calidad de miembro de la UPU. Además, las
declaraciones o reservas de esa naturaleza son contrarias a la letra y al espíritu de la
Constitución, del Convenio y de los Acuerdos de la Unión.
Por ese motivo, la delegación de Israel considera dichas declaraciones o reservas
írritas, nulas y sin valor y, en consecuencia, se reserva los derechos de su país.
cve: BOE-A-2023-5367
Verificable en https://www.boe.es
La delegación de Israel en el segundo Congreso extraordinario de la Unión Postal
Universal apoya la declaración realizada por la Presidenta del Congreso con respecto a
la firma de las Actas, a saber:
Núm. 51
Miércoles 1 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 30541
VIII. En nombre de la República de Islandia, del Principado de Liechtenstein y del
Reino de Noruega:
Las delegaciones de la República de Islandia, del Principado de Liechtenstein y del
Reino de Noruega declaran que sus países aplicarán las Actas adoptadas por el
presente Congreso de conformidad con las obligaciones que les corresponden en virtud
del Acuerdo por el cual se constituyó el Espacio Económico Europeo y en virtud del
Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios de la Organización Mundial del
Comercio.
(Congrés–Doc 11.Add 8).
IX. En nombre de la República Federal de Alemania, de la República de Austria, del
Reino de Bélgica, de la República de Bulgaria, de la República Checa, de la República
de Chipre, de la República de Croacia, del Reino de Dinamarca, de la República
Eslovaca, de la República de Eslovenia, del Reino de España, de la República de
Estonia, de la República de Finlandia, de la República Francesa, de la República
Helénica, de la República de Hungría, de la República de Irlanda, de la República
Italiana, de la República de Letonia, de la República de Lituania, del Gran Ducado de
Luxemburgo, de la República de Malta, del Reino de los Países Bajos, de la República
de Polonia, de la República Portuguesa, del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del
Norte, de Rumania y del Reino de Suecia:
Las delegaciones de los Países miembros de la Unión Europea declaran que sus
países aplicarán las Actas adoptadas por el presente Congreso de conformidad con sus
obligaciones en virtud del Tratado de la Unión Europea, del Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea y del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios de la
Organización Mundial del Comercio.
(Congrés–Doc 11.Add 9).
X.
En nombre de Australia:
Australia aplicará las Actas y las demás decisiones adoptadas por el presente
Congreso siempre que sean compatibles con sus otros derechos y obligaciones
internacionales y, en particular, con el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios
de la Organización Mundial del Comercio.
(Congrés–Doc 11.Add 10).
XI. En nombre de Israel:
«Algunos Países miembros reaccionan ante una situación política dada o se refieren
a sus relaciones con cualquier otro País miembro formulando declaraciones unilaterales.
Estas declaraciones no tienen que ver con la aplicación de una disposición de las Actas
y surgen de consideraciones políticas que se ubican fuera del marco de la UPU. Por
consiguiente, no están sujetas a ningún procedimiento especial y pueden ser
presentadas en cualquier momento durante el Congreso, a la secretaría de la Plenaria».
La delegación de Israel reitera las declaraciones y las reservas efectuadas en los
Congresos anteriores en nombre de Israel y rechaza sin reservas todas las
declaraciones o reservas formuladas en el presente Congreso extraordinario (Adís
Abeba) por cualquier otro País miembro de la Unión con la intención de ignorar los
derechos y el estatuto de que goza Israel en calidad de miembro de la UPU. Además, las
declaraciones o reservas de esa naturaleza son contrarias a la letra y al espíritu de la
Constitución, del Convenio y de los Acuerdos de la Unión.
Por ese motivo, la delegación de Israel considera dichas declaraciones o reservas
írritas, nulas y sin valor y, en consecuencia, se reserva los derechos de su país.
cve: BOE-A-2023-5367
Verificable en https://www.boe.es
La delegación de Israel en el segundo Congreso extraordinario de la Unión Postal
Universal apoya la declaración realizada por la Presidenta del Congreso con respecto a
la firma de las Actas, a saber: