I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-5367)
Instrumento de aprobación de las Actas aprobadas en el II Congreso Extraordinario de la Unión Postal Universal (UPU), hechas en Adís Abeba el 7 de septiembre de 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51

Miércoles 1 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 30526

1.16 Recomendar, cuando resulte necesario, eventualmente previa
aprobación del Consejo de Administración y después de consultar al conjunto de
los Países miembros, la adopción de una reglamentación o de una nueva práctica
en espera de que el Congreso tome una decisión en la materia.
1.17 Elaborar y presentar, en forma de recomendaciones a los Países
miembros y a sus operadores designados (o como disposiciones vinculantes si las
Actas de la Unión así lo establecen), normas en materia técnica, de explotación y
en otros ámbitos de su competencia donde es indispensable una práctica
uniforme. Asimismo procederá, en caso necesario, a la modificación de las normas
que haya establecido.
1.18 Establecer el marco para la organización de órganos subsidiarios
financiados por los usuarios y aprobarlo, de conformidad con el artículo 152.
1.19 Recibir y examinar anualmente los informes presentados por los
órganos subsidiarios financiados por los usuarios.
1.20 Adoptar su Reglamento Interno y las modificaciones correspondientes».
Artículo XI.
(Art. 114 modificado).

1. En su primera reunión, que será convocada e inaugurada por el
Presidente del Congreso, el Consejo de Explotación Postal elegirá entre sus
miembros a un Presidente y a cuatro Vicepresidentes y a los Presidentes,
Vicepresidentes/Copresidentes de las Comisiones y redactará su Reglamento
Interno. El Presidente y los cuatro Vicepresidentes serán Países miembros de
cada uno de los cinco grupos geográficos de la Unión.
2. El Consejo de Explotación Postal se reunirá dos veces al año, o más en
forma excepcional, en la sede de la Unión, de acuerdo con los procedimientos en
la materia establecidos en su Reglamento Interno.
3. El Presidente, los Vicepresidentes y los Presidentes, Copresidentes y
Vicepresidentes de las Comisiones del Consejo de Explotación Postal forman el
Comité de Gestión. Este Comité prepara y dirige los trabajos de cada período de
sesiones del Consejo de Explotación Postal y se encarga de todas las tareas que
este último resuelva confiarle o cuya necesidad surja durante el proceso de
planificación estratégica.
4. Sobre la base de la Estrategia de la Unión adoptada por el Congreso y, en
especial, de la parte correspondiente a las estrategias de los órganos
permanentes de la Unión, el Consejo de Explotación Postal establecerá, durante
su período de sesiones que siga al Congreso, un programa de trabajo básico que
contendrá determinada cantidad de tácticas tendientes a la realización de las
estrategias. Este programa básico, que abarca un número limitado de trabajos
sobre temas de actualidad y de interés común, se revisará cada año en función de
las realidades y de las nuevas prioridades.
5. El Presidente del Comité Consultivo representará a este en las sesiones
del Consejo de Explotación Postal en cuyo Orden del Día figuren asuntos que
interesen al Comité Consultivo».

cve: BOE-A-2023-5367
Verificable en https://www.boe.es

«Organización de los períodos de sesiones del Consejo de Explotación Postal.