III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2023-5339)
Resolución de 22 de febrero de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y la Universidad Nebrija, para el desarrollo de actividades para la formación y el desarrollo de recursos digitales docentes innovadores enfocados a la mejora de las competencias digitales para su aplicación en la investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Martes 28 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 30010

2. Cada parte se reserva el derecho a retirar el consentimiento para el uso de su
logotipo por la otra parte, sin alegar causa alguna. En todo caso, la retirada de la
autorización para el uso de su logotipo se deberá notificar de forma fehaciente.
3. Asimismo, las partes podrán acordar la utilización de logotipos de terceras
entidades colaboradoras, que participen en las actividades formativas previstas en este
convenio.
4. Al tratarse de actuaciones relacionadas con la ejecución del PRTR, todas las
actividades realizadas al amparo del presente convenio incorporarán el logo oficial del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Reino de España, en los
términos que se comuniquen por la Autoridad Responsable.
5. En todo caso, se tomará en consideración lo dispuesto en el artículo 10 del
Acuerdo de Financiación entre la Comisión Europea y el Reino de España, por el que se
concreta el marco en relación con la publicación de información, visibilidad de la
financiación de la Unión y derecho de uso, así como lo dispuesto en el artículo 9.3.b) de
la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Decimoséptima.

Publicidad.

1. Las partes prestan expresamente su consentimiento para que se dé al presente
convenio la publicidad exigida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno.
2. En cumplimiento del artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia, la UNNE hará mención del origen de esta financiación
por la Unión Europea y velará por darle visibilidad, incluido, cuando proceda, mediante el
emblema de la Unión y una declaración de financiación adecuada que indique
«financiado por la Unión Europea-Next Generation EU».
3. Con respecto de las cuestiones de publicidad y comunicación, la UNNE se
atendrá al contenido del artículo 9 de la Orden Ministerial HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre.
Decimoctava.

Medidas antifraude.

a) procedimiento de comunicación de hechos que puedan ser constitutivos de
fraude irregularidad en relación con proyectos u operaciones financiados total o
parcialmente con cargo a fondos procedentes de la Unión Europea;
b) procedimiento para abordar conflictos de intereses; y
c) procedimiento de control interno en relación con el PRTR.
3. De igual manera cumple con el principio DNSH de «no causar daño significativo»
al cual exige el Reglamento (UE) 2021/241.

cve: BOE-A-2023-5339
Verificable en https://www.boe.es

1. Ambas partes se comprometen a cumplir con lo dispuesto en la Resolución de 6
de mayo de 2022, de la Subsecretaria del Interior, por la que se aprueba el plan de
medidas antifraude y el código ético de conducta en materia de gestión de fondos «Next
Generation UE» del Ministerio del Interior y en todas aquellas normas y declaraciones
que exija en cada momento la normativa vigente.
2. Este compromiso implica la obligatoria aplicación del citado plan y la
disponibilidad de los procedimientos aprobados por el Comité de gestión derivados de
éste: