III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2023-5339)
Resolución de 22 de febrero de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y la Universidad Nebrija, para el desarrollo de actividades para la formación y el desarrollo de recursos digitales docentes innovadores enfocados a la mejora de las competencias digitales para su aplicación en la investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Martes 28 de febrero de 2023
Duodécima.

Sec. III. Pág. 30008

Normativa aplicable y jurisdicción competente.

1. Este convenio es de naturaleza administrativa, rigiéndose por lo dispuesto en el
título preliminar, capítulo VI, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
2. En todo caso, sin perjuicio de las facultades de la comisión para resolver los
problemas de interpretación y cumplimiento del convenio, de conformidad con la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, las
controversias que pudieran surgir serán de conocimiento y competencia del orden
jurisdiccional contencioso-administrativo.
3. En materia presupuestaria, económica y financiera se atenderá a lo dispuesto en
la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Decimotercera. Tributación.
Todos los pagos identificados en este convenio, a excepción de aquellos conceptos
no relacionados de manera directa con la enseñanza y la formación, se encuentran
exentos de tributación por IVA, de acuerdo con el apartado 1, párrafo 9.º, de la
Ley 39/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Decimocuarta.

Protección de datos personales.

a) Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo
establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos, RGPD), y en
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales, así como en las disposiciones de desarrollo que se
dicten.
b) En el tratamiento de los datos de carácter personal, las partes tendrán la
consideración de «Corresponsables del Tratamiento», en aplicación del RGPD.
c) Dentro de este régimen de corresponsabilidad, tanto la Guardia Civil como la
UNNE son responsables del tratamiento de los datos personales correspondientes a la
gestión de las solicitudes formuladas por el alumnado; así como del tratamiento de los
datos personales propios de la gestión y desarrollo de las actividades formativas. La
determinación de la esfera de responsabilidad de las partes signatarias se comunicará a
los titulares de los datos al informarles de los derechos contemplados en el apartado g)
de la presente cláusula.
d) Los datos derivados de este convenio serán de carácter identificativo y
académico. Serán datos estrictamente necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto
en el objeto establecido en el convenio.
e) En el caso de que se produzcan incidentes de seguridad que afecten a los
sistemas objeto de este convenio, las partes se comprometen a informarse mutuamente
con la máxima celeridad posible con objeto de identificar si el incidente es susceptible de
comunicación a la Autoridad de Control (la Agencia Española de Protección de Datos) y
a las personas concernidas, sin sobrepasar el límite de setenta y dos horas, según
establece el RGPD en su artículo 33. A su vez, las partes se comprometen a colaborar
para resolver el incidente y poner los medios para que no se vuelvan a producir
incidentes similares.
f) Las partes fijarán interlocutores relativos a la seguridad de la información y a la
protección de datos personales, que se encargarán de comunicar y coordinar el
tratamiento de los posibles incidentes de seguridad que se produzcan.

cve: BOE-A-2023-5339
Verificable en https://www.boe.es

1. En relación con la seguridad de la información y la protección de datos de
carácter personal, las partes asumen las siguientes actuaciones y compromisos: