III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-5349)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Repsol Petróleo, SA, (Refino).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Martes 28 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 30195

Este nivel de coordinación se extenderá a las situaciones de parada durante el
desarrollo de las mismas.
2.

Coordinación externa.

Se crea un Comité de Seguridad y Salud Intercontratas, formado por un máximo de
ocho miembros de los cuales cuatro serán designados por las empresas concurrentes y
los otros cuatro por las Federaciones Sindicales más representativas de los trabajadores
de dichas empresas, estos últimos entre los delegados de prevención que presten sus
servicios en el centro de trabajo.
El número de miembros de este Comité podrá ser inferior en los centros o empresas
donde así se justifique. Se reunirá semestralmente con el Comité de Seguridad y Salud
de la empresa principal a efectos de evaluar el cumplimiento de la normativa de
seguridad y salud, para analizar las medidas de coordinación de actividades a adoptar
en el ámbito de la empresa principal y proponer las medidas correctoras que se estimen
oportunas.
Asimismo, en los casos de paradas generales o grandes reparaciones el Comité de
Seguridad y Salud Intercontratas se reunirá con el Comité de Seguridad y Salud de la
empresa principal, con una antelación mínima de 15 días al inicio de la parada para
analizar toda la programación de la misma y medidas de seguridad e higiene
contempladas durante su desarrollo, así como para proponer aquellas medidas que
considere necesarias para la mejora de los aspectos preventivos de esta actividad
laboral.
Las reuniones conjuntas de ambos comités serán presididas por el/la Presidente/
Presidenta del Comité de Seguridad y Salud de la empresa principal.
3.

Ámbito de aplicación.

La regulación contenida en el presente artículo será de aplicación en los centros de
trabajo de Puertollano, Cartagena, Tarragona y A Coruña.
4.

Gestión de la actividad de los Comités Intercontratas.

Para verificar el correcto funcionamiento y gestionar la actividad de los Comités
Intercontratas de forma global en el ámbito del Grupo, los Comités de Seguridad y Salud
Laboral remitirán a la Comisión de Seguridad y Salud del Grupo Repsol las actas de las
reuniones que se generen en los mismos.
En aquellas sociedades que, por el bajo número de empresas contratistas se dificulte
la constitución de un Comité Intercontratas, se realizarán las reuniones necesarias con
los Delegados de Prevención y Gerentes de dichas empresas.
Protección a la maternidad.

Cuando en el puesto de trabajo existan agentes, procedimientos o condiciones de
trabajo que puedan influir negativamente en la salud de la mujer embarazada o del feto,
se procederá a la modificación de las condiciones de trabajo o al cambio de puesto, sin
menoscabo de las condiciones económicas de la trabajadora, lo cual tendrá efectos
hasta que el estado de salud de la trabajadora permita su reincorporación al puesto o
función anterior.
Si se hiciese necesario el cambio de puesto de trabajo éste se llevará a cabo, previa
consulta de los trabajadores, en el siguiente orden:





Dentro del Departamento con el mismo horario.
Dentro del Departamento con distinto horario.
En otro Departamento y con el mismo horario.
En otro Departamento y con distinto horario.

cve: BOE-A-2023-5349
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Artículo 69.