I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Energías renovables. (BOE-A-2023-5262)
Decreto-ley 1/2023, de 11 de enero, por el que se declara de interés general la producción de hidrógeno a partir de energía eléctrica procedente de instalaciones aisladas de generación de energías renovables en Extremadura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 28 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 29763

renovables a fin de mitigar el impacto en los ciudadanos de la UE, mejorar la seguridad
del suministro y estar mejor preparados para el próximo invierno. A ello contribuyen las
medidas que se incluyen en este decreto-ley que tienen por objeto garantizar un enfoque
específico para agilizar los procedimientos administrativos aplicables a los proyectos de
instalación y conexión de gases renovables que tengan un elevado potencial de impacto
inmediato y efectivo, abordando cuellos de botella relativos específicamente a los
procesos administrativos para la ejecución de estos proyectos.
Extremadura está acometiendo de forma planificada, pero con intensidad y rapidez,
una transformación energética sostenible. Hay mucho que hacer y con los gases
renovables, en general, y el hidrógeno renovable, en particular, se abre una nueva
ventana de oportunidades que hay que aprovechar.
VI
El presente decreto ley consta de cuatro artículos y dos disposiciones finales.
En el primer artículo se declaran de interés general, en el territorio de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, la actividad y las instalaciones destinadas a la producción de
hidrógeno a partir de energía eléctrica procedente de instalaciones aisladas de
generación de energías renovables.
En el segundo artículo se determina el régimen jurídico al que están sometidos los
proyectos de producción hidrógeno objeto del presente decreto-ley, diferenciando, por
una parte, la planta de producción de hidrógeno y la instalación aislada de generación de
energía renovable que se encuentran sujetas a la normativa seguridad industrial y a la
normativa ambiental que le sea de aplicación, no requiriendo ningún tipo de autorización
administrativa sustantiva. Y, por otra parte, la línea directa de conexión de la planta de
producción de hidrógeno con el sistema gasista destinada a la inyección de gas en el
mismo, respecto de las que habrá de estarse a lo dispuesto en la legislación estatal en la
materia.
En el artículo tercero, se procede a la declaración de utilidad pública e interés social
a los efectos expropiatorios y se dispone la condición de Administración expropiante de
la Junta de Extremadura, así como de beneficiarias de la expropiación a los promotores
de los proyectos.
En el artículo cuatro se establece el procedimiento para el reconocimiento de la
utilidad pública de un proyecto concreto.
En la disposición final primera se modifica la disposición adicional decimoquinta de la
Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para el año 2023, estableciendo una bonificación extraordinaria y
temporal, con efectos exclusivos para el ejercicio 2023, en el importe de las tarifas
aplicables a las estaciones de inspección técnica de vehículos (ITV) gestionadas en
régimen de concesión administrativa, en los términos establecidos en la misma.
Dado el contexto socioeconómico actual, la intervención pública ha de encaminarse a
procurar aliviar el coste que los individuos han de afrontar para atender los bienes y
servicios que forman parte de su vida cotidiana, especialmente en momentos de crisis y
de incierta evolución como los padecidos actualmente. Para atender a tal objetivo, se
estableció una bonificación extraordinaria y temporal de las tarifas máximas aplicables a
las estaciones de ITV gestionadas en régimen de concesión administrativa en la
Comunidad Autónoma en la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/2022, de 30
de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura
para el año 2023.
Así mismo en la disposición adicional primera de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre,
de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el
año 2023, se establece una bonificación del 50% de las tasas por inspecciones técnicas
de vehículos (n.º código: 160090) para los usuarios que solicitan los servicios en los
centros gestionados directamente por la administración autonómica.

cve: BOE-A-2023-5262
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Núm. 50