I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Energías renovables. (BOE-A-2023-5262)
Decreto-ley 1/2023, de 11 de enero, por el que se declara de interés general la producción de hidrógeno a partir de energía eléctrica procedente de instalaciones aisladas de generación de energías renovables en Extremadura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 28 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 29762

fomento del desarrollo económico y social de la Comunidad Autónoma dentro de los
objetivos de la política económica nacional (artículo 9.1.7). Igualmente, debe hacerse
referencia a la competencia exclusiva en materia de organización de su propia
Administración y la de los entes instrumentales que de ella dependan (artículo 9.1.1.),
industria (artículo 9.1.15), Políticas y normas adicionales y complementarias de las del
Estado en materia de protección medioambiental y lucha contra el cambio climático
(artículo 9.1.33), transportes terrestres cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el
territorio de la Comunidad Autónoma (9.1.39).
Pero, además, el Estatuto de Autonomía atribuye a la Comunidad Autónoma de
Extremadura competencias de desarrollo normativo y ejecución en materia de régimen
minero y energético en el apartado 7.º del artículo 10.1, correspondiendo a la Comunidad
Autónoma desarrollar, ejecutar y, en su caso, complementar la normativa del Estado,
mediante la legislación propia de desarrollo, la potestad reglamentaria y la función
ejecutiva.
Finalmente, el presente decreto-ley, pretende coadyuvar al enfoque global del
problema demográfico y territorial desde la política energética e industrial, con el fin de
paliar y revertir los negativos efectos del cambio demográfico.
De conformidad con el artículo 33 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, la
Junta de Extremadura puede acudir a la figura del decreto-ley solo «en caso de
extraordinaria y urgente necesidad». La extraordinaria y urgente necesidad que aboca a
la aprobación del presente decreto-ley obedece a facilitar la instalación acelerada de
proyectos generadores de gases renovables, en particular el hidrógeno renovable, que
incidirá en un menor consumo de energías fósiles y un abaratamiento de los precios de
la electricidad.
La propuesta que aborda este decreto-ley es una medida extraordinaria, coherente
con un conjunto más amplio de iniciativas para mejorar la resiliencia energética de la
Unión Europea y mitigar el impacto de los elevados precios de la energía y las posibles
perturbaciones del suministro de energía. La propia Comisión Europea considera que los
procedimientos administrativos complejos se encuentran entre los principales obstáculos
para las inversiones en energías renovables y sus infraestructuras conexas.
El objetivo de este decreto ley está alineado con la ambición del Pacto Verde
Europeo y de la Comisión Europea de activar en mayor medida la descarbonización y el
despliegue de proyectos de energías renovables, y está basado en los objetivos de
lograr cuanto antes la reducción de la dependencia de los combustibles fósiles mediante
el despliegue de energía renovable a gran escala como fuente energética alternativa.
La situación descrita en el mercado energético demanda una acción normativa
inmediata en un plazo más breve que el requerido por la vía ordinaria o por el
procedimiento de urgencia para la tramitación parlamentaria de las leyes.
Además, el desarrollo de instalaciones de producción de gases renovables es una de
las medidas de descarbonización recogidas en el Plan Nacional Integrado de Energía y
Clima. Asimismo, en Extremadura está en perfecta consonancia con los objetivos
ambientales del Plan Extremeño Integrado de Energía y Clima ya que un despliegue más
rápido de energía renovable es fundamental para mitigar los impactos tanto del cambio
climático como de la contaminación, que están provocando la pérdida de biodiversidad y
suponen una amenaza para la salud y la seguridad públicas.
Por último, el contenido del decreto-ley viene a desarrollar las recomendaciones
formuladas por la UE para racionalizar la autorización de proyectos de energías
renovables. También se espera que las medidas contenidas en el presente decreto ley
fomenten y supongan un impulso a la producción de gases renovables y aceleren la
inversión en los mismos. En particular, el nuevo marco regulatorio reconoce el potencial
del hidrógeno renovable como solución más eficiente para usos finales, como
instrumento para el almacenamiento energético y como incentivo para el desarrollo
industrial.
Los dirigentes de la UE y la Comisión Europea han señalado la urgente necesidad de
adoptar medidas adicionales que ayuden a incrementar el acceso a las energías

cve: BOE-A-2023-5262
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