I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Control tributario y aduanero. (BOE-A-2023-5080)
Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 28971

entre las aduanas y otros organismos encargados de la aplicación de las leyes; el
refuerzo de la cooperación con otras agencias de la UE como EUROPOL, FRONTEX o
EUROJUST; así como de la presencia de las aduanas en las mismas y el incremento de
la cooperación internacional con terceros países.
Por último, como novedad también cabe destacar que la Agencia Tributaria será el
órgano encargado de poner en marcha en 2023 los dos nuevos gravámenes temporales
y el nuevo impuesto temporal introducidos en el ordenamiento jurídico para los
ejercicios 2023 y 2024 por la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, para el establecimiento
de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos
financieros de crédito y por la que se crea el impuesto temporal de solidaridad de las
grandes fortunas. La Agencia Tributaria asumirá, por lo tanto, las competencias de
exacción, gestión, comprobación y recaudación respecto de esos dos gravámenes
temporales, a pesar de tratarse de una prestación patrimonial de carácter público no
tributario, y ejercerá las competencias que le son propias respecto del citado impuesto
temporal.
Igualmente, la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual,
introduce, con efectos desde el ejercicio 2023, diversas modificaciones en el sistema de
financiación del prestador del servicio público de comunicación audiovisual estatal.
Desde el punto de vista competencial se atribuye a la Agencia Tributaria la gestión,
liquidación, inspección y recaudación, tanto en periodo voluntario, como en periodo
ejecutivo, de la aportación a realizar por los prestadores del servicio de comunicación
audiovisual televisivo y por los prestadores del servicio de intercambio de vídeos a través
de plataforma de ámbito geográfico estatal o superior al de una Comunidad Autónoma.
Se acometerán por tanto los desarrollos necesarios para la gestión de la citada
aportación.
Así pues, las directrices generales del Plan de Control Tributario y Aduanero de 2023
contienen una referencia concreta a las líneas de actuación de prevención y control del
fraude que se consideran más relevantes, si bien constituyen, al igual que en los últimos
años, un mecanismo de refuerzo y consolidación de las actuaciones desarrolladas ya en
años anteriores, a la vez que incorporan otras nuevas adaptadas al contexto económicosocial y normativo en el que la Agencia Tributaria desarrolla su actividad habitual,
garantizando de este modo la continuidad y la uniformidad de las tareas habituales de
comprobación e investigación del fraude que desarrolla con generalidad.
En virtud de lo expuesto, y en uso de las atribuciones que me están conferidas, he
acordado:
Aprobar las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero
de 2023 que a continuación se enuncian y ordenar su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado», así como su difusión por cualquier medio que resulte adecuado para su
general conocimiento.
I.

Información y asistencia

La prestación del servicio de información y asistencia a los contribuyentes, para el
mejor cumplimiento de sus obligaciones tributarias, constituye uno de los ejes
vertebradores de la Agencia Tributaria. Y más allá de ser únicamente una obligación
para la Agencia Tributaria, la asistencia y la información a los contribuyentes, tal y como
se refleja en el propio Plan Estratégico para los años 2020 a 2023, suponen a su vez una
clara manera de prevenir el fraude, al facilitar y minimizar los costes indirectos asociados
al cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Como principal novedad del año 2023 en materia de información y asistencia, la
Agencia Tributaria está trabajando en implantar un nuevo modelo de asistencia que
integra todos los canales existentes y facilita que el ciudadano decida la modalidad en
que quiere ser atendido, según el tipo de servicio y los recursos disponibles.
Los ejes fundamentales pueden concretarse, en primer lugar, en la definición de una
carta de servicios completa que permita a los ciudadanos conocer todos los servicios de

cve: BOE-A-2023-5080
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Núm. 49