I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Control tributario y aduanero. (BOE-A-2023-5080)
Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 28972

la Agencia Tributaria y relacionarse con ella de manera más rápida y fácil. Esa carta de
servicios estará a disposición de los contribuyentes en la sede electrónica y en las
oficinas de la Agencia Tributaria.
La carta de servicios irá acompañada de una nueva aplicación de cita previa en sede
electrónica que utilizará un lenguaje más comprensible y que mejora su usabilidad. Esta
aplicación de cita previa constará de cuatro pasos: «para quién» se desea solicitar la
cita, «para qué», ya sea por haber recibido una carta o para otras gestiones, selección
de la cita y confirmación de la cita. Además del servicio ya existente de confirmación de
cita mediante SMS y correo electrónico, se introduce un servicio de recordatorio de citas
a través de los mismos medios.
La nueva aplicación de cita previa se adapta a dispositivos móviles a través de la app
de la Agencia Tributaria. En esta app además se han integrado otras funcionalidades
novedosas, como la de «Pagar, aplazar y consultar», que permite consultar y pagar
nuestras deudas, o solicitar aplazamientos de las mismas, y como la de consulta de los
bienes subastados por la Agencia Tributaria.
Asimismo, el nuevo modelo apostará por la unificación de la prestación del servicio
de atención telefónica por el personal de la Agencia Tributaria, que sea cual sea su
ubicación territorial, incluso en trabajo a distancia, podrá contestar llamadas de los
contribuyentes en un servicio coordinado de forma centralizada a través de las ADI. Este
servicio integrará la variedad de servicios de atención telefónica actualmente existentes,
unificando los niveles de asistencia, las herramientas utilizadas, los sistemas de
identificación y autenticación y la calidad de la información suministrada.
Por último, se trabajará en la potenciación y mejora de la atención presencial a las
personas mayores o personas que puedan verse afectadas por la brecha digital
asegurando que cada ciudadano pueda ser atendido en el canal elegido.
Otras de las novedades para 2023 consistirán en la revisión de los criterios de
imposición de sanciones, el análisis y modificación de la política general de
aplazamientos y fraccionamientos, y la puesta en marcha de nuevos sistemas para la
corrección de pequeños incumplimientos tributarios en el Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas.
En este mismo ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas,
continuará la mejora de los contenidos de los denominados «Informador de renta» e
«Informador de renta para actividades económicas» y, por otra parte, se avanzará en el
diseño del Asistente virtual de Renta con una doble finalidad:
− Contestar, a través del uso de sistemas automatizados, las consultas formuladas
por los contribuyentes sobre este impuesto.
− Obtener información sobre cuáles son las dudas más habituales de los
contribuyentes en esta materia para que, a través de la misma, se retroalimente la base
de conocimientos de la propia herramienta.
En la campaña del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del
ejercicio 2022, se rediseñará la navegación en el servicio de Renta Web, con la finalidad
de hacer lo más intuitivo posible el uso de esta aplicación para los contribuyentes en el
momento de realizar su declaración de Renta. En esta misma línea, para 2023 se
pretende reducir el número de no declarantes del IRPF, perfilando aquellos
contribuyentes con una mayor probabilidad de no presentar su declaración, aun estando
obligados a ello, para realizar una campaña específica de avisos durante el periodo de
presentación de la declaración.
Esta estrategia de reducir el número de no declarantes, desarrollando campañas
preventivas sobre determinados colectivos, se puede extender al ámbito de las
declaraciones informativas.
Se continuará incrementando la información ofrecida a los contribuyentes en los
datos fiscales, en particular en el modelo del Impuesto sobre Sociedades: se espera
realizar una carga de datos automática de los créditos pendientes de ejercicios
anteriores en la declaración del ejercicio en función de lo declarado o calculado en

cve: BOE-A-2023-5080
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Núm. 49