III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-5248)
Resolución de 22 de febrero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Rediseño de las maniobras de entrada y salida en los aeropuertos de Josep Tarradellas Barcelona-El Prat y Reus. Proyecto Brain fase II".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 29638

Consta en el expediente informe de la Secretaría de Salud Pública de del
Departamento de Salud de la Generalitat de Cataluña, competente en materia de salud
en la comunidad autónoma. No realiza ninguna consideración al respecto desde el punto
de vista de sus competencias pues entiende que, los posibles efectos sobre la salud
pública que se pudieran derivar de esta actividad se podrían dar, en todo caso, de forma
indirecta derivados de los efectos ambientales.
La Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Generalitat de
Cataluña señala que el DA recoge una modelización acústica según la cual las nuevas
maniobras no comportarán la superación de los niveles acústicos actuales en el entorno
aeroportuario. De acuerdo con la documentación presentada, el impacto acústico que
provocaría el rediseño de las maniobras no es significativo. Aun así, para poder hacer
una evaluación de su impacto acústico más exhaustiva, considera conveniente disponer
de los niveles LAFmax en los receptores, así como, la simulación en el máximo de
operaciones diarias en los días de más tráfico aéreo.
La Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural de la Generalitat de
Cataluña destaca en su informe que en la carta de llegada de zona 5 que la maniobra
propuesta se aleja de la ciudad de Barcelona, pero toda el área donde se sobrevolará de
nuevo está igualmente densamente poblada por otros municipios.
La Dirección General de Transportes y Movilidad de la Generalitat de Cataluña,
recomienda que se lleve a cabo un proceso de información púbica y se valoren no solo
las alturas de sobrevuelo y la densidad de población sino también los niveles acústicos
presentes en cada zona
La OECC realiza observaciones en cuanto al contenido del EsIA, en el caso de que
se considere necesaria su redacción.
El ayuntamiento de Vilanova i la Gertrú indica que el documento ambiental basa su
estudio en la premisa de que no se dan modificaciones de las salidas, llegadas y
aproximaciones actuales. Sin embargo, se establece un nuevo punto de paso situado
justo encima de su municipio. No justifica su implantación, a pesar de que se toman
medidas para elevar la altura de paso. Añade que se tienen muy en cuenta en todo el
documento los efectos sobre el Maresme en general y también el municipio de Gavà,
pero no los efectos que se pueden generar en territorios como el Garraf al realizar los
cambios. Se solicita que se justifique la modificación de las rutas hacia este nuevo punto
cuando no lo hacían originariamente. Señala que el hecho de haber establecido el nuevo
punto de paso implica un aumento de paso, tanto de salida como de llegada. Este
incremento de vuelos sobre la ciudad de Vilanova i la Geltrú no se define
pormenorizadamente. Se solicita detalle del número de vuelos exactos que pasan
actualmente por encima de la ciudad de Vilanova y la Geltrú y los que pasarán por el
nuevo punto de paso, así como un estudio sobre los efectos que supondrá sobre el
municipio en cuanto a emisiones, cambio climático y ruido.
El ayuntamiento de Gavá señala que, aunque, según el documento ambiental, el
proyecto planteado generaría un impacto muy parecido al del escenario actual, este ya
es muy elevado y que cualquier incremento seria crítico y por tanto inadmisible. Las
diferentes incertidumbres ambientales que genera el proyecto, especialmente respecto al
impacto sonoro generado, sugieren la necesidad de un análisis ambiental del proyecto
más extenso y profundo, por lo que, en su opinión, debería someterse a evaluación
ordinaria.
El ayuntamiento de Montornès del Vallès señala que nunca ha habido quejas en su
municipio por ruido de tráfico aéreo y las actuales rutas en el aeropuerto de El Prat
quedan suficientemente separadas del municipio. Sin embargo, añade, si se cambian las
rutas de aproximación a pista y de despegue, podría cambiar la situación. Por último,
señala que el aeropuerto de Reus queda a mucha distancia para poder afectar al término
municipal.
El ayuntamiento de Perafort, por su parte, no realiza observaciones pues indica que
carece de medios para ello.

cve: BOE-A-2023-5248
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Núm. 49