III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-5248)
Resolución de 22 de febrero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Rediseño de las maniobras de entrada y salida en los aeropuertos de Josep Tarradellas Barcelona-El Prat y Reus. Proyecto Brain fase II".
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 29635
eficiencia operacionales en el espacio aéreo. Además, la aplicación de las mejoras
previstas es necesaria para el cumplimiento por parte del Estado español de la
implantación de la PBN, con los criterios y escenarios previstos por la Comisión Europea
(Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1048 de la Comisión Europea, de 18 de julio
de 2018). Además, se impedirá la obsolescencia del Sistema de Navegación Aérea
español.
Se plantea la alternativa 0 o de no realización del proyecto, pero se descarta por
impedir la consecución de sus objetivos. Se ha estudiado una única alternativa para su
desarrollo, debido a que los múltiples condicionantes técnicos y territoriales que existen,
impiden plantear opciones adicionales en ninguno de los dos aeropuertos. Los
condicionantes que satisfacen las maniobras de la alternativa única, son:
– Son capaces de acomodar la demanda de tráfico del TMA de Barcelona y del
aeropuerto de Josep Tarradellas Barcelona-El Prat y de Reus.
– Están diseñadas manteniendo las mínimas de separación (laterales y verticales),
para ser aplicados en la separación de aeronaves durante la fase en ruta, así como de
aeronaves en las fases del vuelo de llegada y salida.
– Respetan la ubicación de los puntos de referencia de aproximación inicial (IAF, por
sus siglas en inglés) definidos actualmente.
– Son capaces de gestionar el elevado tráfico aéreo del espacio aéreo, además de
dar respuesta al incremento de carga en los distintos sectores controlados, en el caso
del aeropuerto de Josep Tarradellas Barcelona-El Prat.
Además, la alternativa seleccionada permite disponer a ambos aeropuertos de
maniobras de conectividad con el resto de los aeropuertos catalanes, lo que mejora la
operativa del TMA.
El detalle los procedimientos propuestos y su comparación con los actuales, se
incluye en varios croquis al final de la presente resolución.
b. Ubicación del proyecto. El proyecto se encuadra dentro de los límites de la
Dirección Regional Este de Navegación Aérea, una de las cinco en las que se encuentra
dividido el territorio nacional, y que recibe los servicios de navegación aérea del Centro
de Control (ACC) de Barcelona. Dentro de las Direcciones Regionales se encuentran las
Áreas de Control Terminal (TMA); se trata de áreas controladas que se establecen sobre
uno o varios aeropuertos donde confluyen aerovías con rutas de aproximación y salida
cuyo objetivo es controlar el tráfico que entra o sale de los mismos, según las reglas de
vuelo instrumental (IFR). En el TMA de Barcelona se incluyen, entre otros aeropuertos,
Josep Tarradellas Barcelona-El Prat y Reus.
El ámbito de estudio comprende más de ochocientos municipios de tres
comunidades autónomas: Cataluña (las cuatro provincias), Aragón (las tres provincias) y
Comunidad Valenciana (provincia de Castellón). Los que se consideran directamente
afectados por las modificaciones previstas son los municipios catalanes a los que se ha
consultado, de acuerdo a la tabla del punto de «antecedentes» de esta resolución.
c. Características del potencial impacto. Dada la naturaleza aérea de la actuación,
únicamente se prevén posibles efectos sobre población y salud humana (ligados a la
atmósfera), avifauna y espacios protegidos, que serán los factores del medio analizados
en la presente resolución.
c.1) Población y salud humana. Impactos sobre la atmósfera. Los efectos que
pueden tener lugar sobre la población y la salud humana están ligados a la incidencia
sobre la atmósfera (ruido y emisión de gases de efecto invernadero), por lo que su
análisis se realiza conjuntamente.
El documento ambiental incluye un estudio acústico (apéndice 2) que compara la
situación del entorno de los aeropuertos por los procedimientos de llegada y salida
existentes en la operativa actual con la situación esperada en las maniobras propuestas
cuando entre en funcionamiento el proyecto. El estudio se ha realizado con el día medio
cve: BOE-A-2023-5248
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 49
Lunes 27 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 29635
eficiencia operacionales en el espacio aéreo. Además, la aplicación de las mejoras
previstas es necesaria para el cumplimiento por parte del Estado español de la
implantación de la PBN, con los criterios y escenarios previstos por la Comisión Europea
(Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1048 de la Comisión Europea, de 18 de julio
de 2018). Además, se impedirá la obsolescencia del Sistema de Navegación Aérea
español.
Se plantea la alternativa 0 o de no realización del proyecto, pero se descarta por
impedir la consecución de sus objetivos. Se ha estudiado una única alternativa para su
desarrollo, debido a que los múltiples condicionantes técnicos y territoriales que existen,
impiden plantear opciones adicionales en ninguno de los dos aeropuertos. Los
condicionantes que satisfacen las maniobras de la alternativa única, son:
– Son capaces de acomodar la demanda de tráfico del TMA de Barcelona y del
aeropuerto de Josep Tarradellas Barcelona-El Prat y de Reus.
– Están diseñadas manteniendo las mínimas de separación (laterales y verticales),
para ser aplicados en la separación de aeronaves durante la fase en ruta, así como de
aeronaves en las fases del vuelo de llegada y salida.
– Respetan la ubicación de los puntos de referencia de aproximación inicial (IAF, por
sus siglas en inglés) definidos actualmente.
– Son capaces de gestionar el elevado tráfico aéreo del espacio aéreo, además de
dar respuesta al incremento de carga en los distintos sectores controlados, en el caso
del aeropuerto de Josep Tarradellas Barcelona-El Prat.
Además, la alternativa seleccionada permite disponer a ambos aeropuertos de
maniobras de conectividad con el resto de los aeropuertos catalanes, lo que mejora la
operativa del TMA.
El detalle los procedimientos propuestos y su comparación con los actuales, se
incluye en varios croquis al final de la presente resolución.
b. Ubicación del proyecto. El proyecto se encuadra dentro de los límites de la
Dirección Regional Este de Navegación Aérea, una de las cinco en las que se encuentra
dividido el territorio nacional, y que recibe los servicios de navegación aérea del Centro
de Control (ACC) de Barcelona. Dentro de las Direcciones Regionales se encuentran las
Áreas de Control Terminal (TMA); se trata de áreas controladas que se establecen sobre
uno o varios aeropuertos donde confluyen aerovías con rutas de aproximación y salida
cuyo objetivo es controlar el tráfico que entra o sale de los mismos, según las reglas de
vuelo instrumental (IFR). En el TMA de Barcelona se incluyen, entre otros aeropuertos,
Josep Tarradellas Barcelona-El Prat y Reus.
El ámbito de estudio comprende más de ochocientos municipios de tres
comunidades autónomas: Cataluña (las cuatro provincias), Aragón (las tres provincias) y
Comunidad Valenciana (provincia de Castellón). Los que se consideran directamente
afectados por las modificaciones previstas son los municipios catalanes a los que se ha
consultado, de acuerdo a la tabla del punto de «antecedentes» de esta resolución.
c. Características del potencial impacto. Dada la naturaleza aérea de la actuación,
únicamente se prevén posibles efectos sobre población y salud humana (ligados a la
atmósfera), avifauna y espacios protegidos, que serán los factores del medio analizados
en la presente resolución.
c.1) Población y salud humana. Impactos sobre la atmósfera. Los efectos que
pueden tener lugar sobre la población y la salud humana están ligados a la incidencia
sobre la atmósfera (ruido y emisión de gases de efecto invernadero), por lo que su
análisis se realiza conjuntamente.
El documento ambiental incluye un estudio acústico (apéndice 2) que compara la
situación del entorno de los aeropuertos por los procedimientos de llegada y salida
existentes en la operativa actual con la situación esperada en las maniobras propuestas
cuando entre en funcionamiento el proyecto. El estudio se ha realizado con el día medio
cve: BOE-A-2023-5248
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 49