III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-5248)
Resolución de 22 de febrero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Rediseño de las maniobras de entrada y salida en los aeropuertos de Josep Tarradellas Barcelona-El Prat y Reus. Proyecto Brain fase II".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 29641

la Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA por sus siglas en inglés), y realiza las
inspecciones pertinentes.
Enaire señala que la planificación de medidas de control a nivel de infraestructura
aeroportuaria escapa del ámbito de actuación del proyecto y de la competencia del
promotor.
No obstante, el documento ambiental incluye, en su PVA la realización de un
seguimiento de las notificaciones de incidentes de tráfico de aeronaves con avifauna,
que permita analizar su evolución respecto a la situación anterior a la implementación de
Brain fase II. Para ello, se mantendrán contactos con Aena, gestor aeroportuario, al
objeto de solicitar esta información y poder llevar a cabo el seguimiento de la afección a
la avifauna.
La revisión de la operativa del tráfico aéreo prevista en el apartado anterior será de
aplicación en el seguimiento de la avifauna, al igual que la periodicidad de los controles.
La Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural de la Generalitat de
Cataluña señala que la calidad de la información contenida en el documento ambiental y
su análisis son correctos en cuanto a la apreciación de riesgos relativos a colisiones con
aves, así como el sobrevuelo de zonas sensibles o de concentración de las mismas
(apéndice 5). Añade que las propuestas apuntadas, en relación con el cambio de
operatividad del Aeropuerto Josep Tarradellas-Barcelona El Prat en lo concerniente a la
carta de salida, zona 1, excluirá en buena medida el sobrevuelo del macizo del Garraf en
la fase de despegue. Considera que esto evitará riesgos de eventuales colisiones,
especialmente otoñales, al ser esta un área que canaliza flujos de aves migratorias
planeadoras y de rapaces en su desplazamiento al sur. Apunta que, aunque otras zonas
sí cruzan esta área, se trata de un porcentaje ínfimo de operaciones del aeropuerto.
Asimismo, esa Dirección General destaca que, en la carta de llegada de zona 5, la
maniobra propuesta se aleja de la ciudad de Barcelona, pero toda el área donde se
sobrevolará de nuevo está igualmente densamente poblada por otros municipios y se
acerca al valle bajo y delta del Llobregat que es un corredor migratorio de aves. Se
estima, sin embargo, que la altura de sobrevuelo difícilmente implicará una variación de
riesgo en cuanto a un aumento de colisiones con fauna ornítica. Por último, señala que
no se aprecian efectos aparentes sobre la dinámica del entorno del aeropuerto de Reus.
El Consorcio para la protección y la Gestión de los Espacios del Delta del Llobregat
emite también informe favorable como recoge el apartado c.3 de esta resolución.
El ayuntamiento de Vilanova i la Gertrú, por su parte, considera que los estudios de
fauna de detalle del documento ambiental se centran sólo en las inmediaciones del
aeropuerto y no se tienen en cuenta los efectos en la avifauna del nuevo punto de paso
ubicado sobre su municipio y con efectos directos sobre el Parque del Garraf, Olèrdola y
Foix, así como sobre su reserva natural Marina, que tampoco se recoge como tal.
Para asegurar la protección de la fauna, este órgano ambiental añade las
prescripciones adicionales 3, 4 y 5 al apartado d de esta resolución.
c.3) Red Natura 2000 y otros espacios protegidos. El documento ambiental señala
que, dada la amplitud del ámbito del proyecto, se producirá el sobrevuelo de numerosos
espacios protegidos en las tres comunidades autónomas implicadas. En particular, se
contabilizan un total de 111 espacios Red Natura 2000. Entre las páginas 203 y 250 del
documento ambiental se detallan todos los espacios Red Natura 2000, otros espacios y
áreas protegidas dentro del ámbito del proyecto a evaluar, y pertenecientes a las 3
comunidades autónomas. Además, se incluyen en el DA los apéndices n.º 4 «Red
Natura 2000» y n.º 6 «Evaluación de repercusiones a los espacios Red Natura 2000».
Dada la naturaleza del proyecto, el estudio de la afección sobre los espacios de la
Red Natura 2000 se centra en el impacto sobre la avifauna de interés que los habita, al
no resultar afectados los hábitats naturales de interés comunitario (HIC), la flora, ni la
fauna terrestre o marina. En coherencia con el resto del DA según la metodología
aplicada para evaluar las repercusiones sobre la avifauna, se considera que la potencial

cve: BOE-A-2023-5248
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Núm. 49