III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-5246)
Resolución de 20 de febrero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos "Carina Solar 8, Carina Solar 9 y Carina Solar 10" de 49,991 MWp cada uno, y su infraestructura de evacuación en los términos municipales de Casarrubios del Monte, Toledo, Pantoja, en las provincias de Toledo y Madrid».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 29602

– La planta se ubica directamente sobre diez nidos de aguiluchos cenizo y pálido
que se encuentran cartografiados en sus respectivos informes.
– Un núcleo de población estable de avutarda que cuenta con unos veinte
individuos, llegando a observarse cincuenta individuos durante el periodo invernal.
– Los estudios llevados a cabo en la zona durante los dos últimos años, les ha
permitido identificar un lek compuesto por cuatro machos reproductores.
– Se ha estimado una población de alcaraván en torno a las cuatro parejas en la
zona de emplazamiento de la planta.
Aparte de las ya mencionadas, se ha observado en la zona de Carina 8 un amplio
número de especies ligadas a los medios agroesteparios, lo que nos indica la calidad del
hábitat para este grupo de aves, entre los que cabe mencionar al águila imperial, el
milano real, el elanio (Elanus caeruleus) y el búho campestre.
Con respecto a las PSFV Carina Solar 9 y 10 identifican también un gran número de
especies de aves ligadas a los medios agroesteparios de las cabe destacar la presencia
de bandos estivales a final de verano de hasta quince individuos de sisón, presencia
esporádica de pequeños grupos de avutarda, presencia a lo largo de todo el año de
milano real, la estimación de 1-2 parejas reproductoras de aguilucho lagunero, la
presencia invernal de Esmerejón (Falco columbarius) e importantes bandos invernales
de hasta treinta individuos de calandria común (Melanocorypha calandra).
Todas las condiciones necesarias para hacer viable el proyecto se reflejan en el
condicionado de esta resolución.
Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000 (RN2000): No existe afección
directa de ninguna de las tres plantas con espacios RN2000. No obstante Carina 8 se
encuentra limitando con la Zona Especial de Conservación (ZEC) ES3110005 Cuenca
del río Guadarrama en Toledo y existe afección directa en Madrid sobre esta misma ZEC
y el Parque Regional Curso Medio del Río Guadarrama y su entorno al final del tramo 2
de la línea de evacuación durante 5.831 m, siendo de estos 5.600 m compartidos con el
Nudo Villaviciosa. De estos 5.831 m, 2.889 m son en aéreo y 2.942 m en soterrado. El
trazado de la línea de evacuación del proyecto discurre por de forma aérea por la «Zona
de mantenimiento de la actividad» del Parque y de forma soterrada por la «Zona máxima
de protección», por la que discurre el río Guadarrama, y por la «zona de protección y
mejora».
Además, se identifican a unos 2 km al noroeste de la línea de evacuación a su paso
por el municipio de Navalcarnero las ZEC ES3110007 Cuencas de los ríos Alberche y
Cofio y la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) ES0000056 Encinares del
río Alberche y río Cofio. A esta misma distancia y orientación, se identifica también la
Zona de Importancia para las Aves (IBA) n.º 70 El Escorial-San Martín de Valdeiglesias.
Por otro lado, la PSFV Carina 8 se encuentra incluida por completo en una zona
propuesta como nueva ZEPA esteparia según la Dirección General de Medio Natural y
Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Respecto a los Montes de Utilidad Pública (MUP), las PFSV no tienen afección
directa sobre ninguno de los identificados en el entorno del área de estudio. Sin
embargo, la línea de evacuación en su tramo 1 cruza en aéreo el MUP denominado
Arroyo Colmaleche, Obera y Otros (N.º 74).
El promotor en su EsIA considera que el cruzamiento sobre la ZEC «Cuenca del río
Guadarrama» y sobre el Parque Regional Curso Medio del río Guadarrama y su entorno,
genera impactos significativos sobre estos espacios.
Como medidas preventivas, el promotor considera un trazado soterrado por aquellas
zonas núcleo del Parque Regional del Curso Medio del Río Guadarrama y su entorno.
Se redactará el proyecto constructivo en consideración de los hábitats dentro del Parque
Regional de forma que se tengan en consideración y puedan plantearse modificaciones
al objeto de minimizar la afección sobre los mismos.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha y la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de
la Comunidad de Madrid en sus respectivos informes no identifican afecciones

cve: BOE-A-2023-5246
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Núm. 49