III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-5246)
Resolución de 20 de febrero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos "Carina Solar 8, Carina Solar 9 y Carina Solar 10" de 49,991 MWp cada uno, y su infraestructura de evacuación en los términos municipales de Casarrubios del Monte, Toledo, Pantoja, en las provincias de Toledo y Madrid».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 29604

condicionantes. Dadas las modificaciones presentadas posteriormente por el promotor
recogiendo las alegaciones de los diferentes organismos preceptivos, se realizarán
nuevamente la tramitación arqueológica para aquellas zonas no incluidas. El promotor se
compromete a dar cumplimiento a las condiciones que se determinen.
En relación a las vías pecuarias, las plantas solares no afectan a ninguna. Por el
contrario, la línea eléctrica en su recorrido cruza con 11 vías pecuarias en sus dos
primeros tramos, mientras que en el tercero y último no se realiza ninguno.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha y la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación
de la Comunidad de Madrid exponen que el cruzamiento del vuelo de las vías pecuarias
por la línea eléctrica requerirá la previa autorización de ocupación. Dicha condición es
aceptada por parte del promotor en su informe de respuesta.
Sinergias: El promotor recopila todas las infraestructuras o proyectos en el entorno
de las PSFV Carina Solar 8,9 y 10 y su línea de evacuación en un radio de 10 km. En
total dentro del área de estudio, contando con los proyectos del propio nudo que
concierne dicho estudio, se identifican 24 PSFV La potencia nominal de todos estos
proyectos asciende a la cifra de 2.757,77 MW y ocupan un área total de 5.636,98 ha.
Según las conclusiones a la vista de su análisis, esta ocupación del territorio
supondría un impacto sinérgico significativo sobre la variable paisaje, a pesar de que la
zona concreta de las plantas objeto de estudio presentan una muy baja visibilidad.
Además, supone una pérdida del espacio de refugio y alimento para la fauna que,
sumado al trasiego de la maquinaria, puede provocar molestias por ruido y aumento de
emisiones y partículas a la atmósfera durante la fase de obras. Estos impactos pueden
suponer el desplazamiento temporal o permanente de la fauna viéndose afectadas
principalmente especies como el cernícalo primilla, aguilucho cenizo, alondras, águila
imperial, entre otras. El promotor, al considerar que las obras no se realizarían
simultáneamente, estima moderada las afecciones sinérgicas.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha, reincide en su informe sobre la necesidad de evaluar
adecuadamente las sinergias con otros proyectos de PSFV que pretenden instalarse en
la zona. El proyecto en su redacción actual supone una infravaloración de los impactos
negativos, en especial sobre la avifauna esteparia. A estas conclusiones se le suman las
observaciones de los grupos ecologistas.
c. Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:
En el análisis de la vulnerabilidad de la PSFV no se identifica ningún riesgo categorizado
como «importante» o «muy grave» a excepción de la vulnerabilidad del proyecto frente a
accidentes graves que conlleven fallos en equipos que supongan un incendio o
explosión.
En relación con el análisis de vulnerabilidad frente a catástrofes naturales, se
concluye que el proyecto es vulnerable a incendios forestales, caída de rayos y a la
expansividad por arcillas y movimientos de terreno. Sin embargo, dada a las medidas
preventivas, las escasas masas arbóreas presentes en el entorno del proyecto y dado
que ante movimientos de laderas únicamente se vería afectado el proyecto, se reducen
los riesgos a escaso/tolerable.
En el informe del Coordinador Regional de Emergencias de la Dirección Provincial de
Toledo, se incluyen una serie de condiciones, conocidas y aceptadas por el promotor, sin
que se informe desfavorablemente el presente proyecto. Respecto al informe de la
Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación de la Comunidad de
Madrid, muestran su conformidad ante las modificaciones del proyecto, sin embargo,
para la LAT se deberán tener en cuenta y adoptar medidas específicas según el
condicionado de esta resolución.
Frente a las observaciones emitidas en los informes preceptivos, el promotor emite
su aceptación.

cve: BOE-A-2023-5246
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Núm. 49