II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE IGUALDAD. Personal laboral. (BOE-A-2023-5105)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el procedimiento excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración, como personal laboral fijo, en los grupos profesionales G1 y G3 de Administración sujeto al Anexo II del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49
Lunes 27 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 29225
administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
Madrid, 17 de febrero de 2023.–El Subsecretario de Igualdad, Ignacio Sola
Barleycorn.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
Conforme a lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28
de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público, el sistema selectivo será el de concurso de valoración de méritos.
La puntuación máxima a alcanzar será de 100 puntos.
1.
Méritos profesionales.
La puntuación máxima será de 60 puntos. Se valorará la experiencia profesional,
según los siguientes criterios:
a) Se asignará a cada mes completo de servicios efectivos prestados en los últimos
diez años, en la misma clasificación profesional a la que se pretende acceder, una
puntuación de 0,5 puntos hasta un máximo de 60 puntos.
b) Se asignará a cada mes completo de servicios efectivos al tiempo de servicios
prestados como empleados y empleadas públicos con funciones equivalentes a las de la
categoría profesional objeto de la estabilización, en otros ámbitos, incluidas las
Administraciones Públicas de los Estados miembros de la Unión Europea, así como en la
Administración Pública de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados
internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se define en el
Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, una puntuación de 0,25 puntos hasta un
máximo de 30 puntos.
Forma de acreditación:
Certificado de Servicios Prestados emitido por la unidad de
correspondiente, según modelo que figura como anexo IV de la convocatoria.
personal
a) Por la superación en los últimos cinco años, a computar desde la publicación de
la convocatoria, de uno o más ejercicios de los procesos selectivos para el acceso al
mismo nivel de clasificación profesional, se otorgarán 10 puntos.
En el caso de que dichas convocatorias no se hayan celebrado en los últimos cinco
años, la puntuación de este apartado se sumará a partes iguales a la prevista en los
siguientes apartados b).
cve: BOE-A-2023-5105
Verificable en https://www.boe.es
2. Méritos Académicos y de superación de ejercicios de los procesos selectivos de
acceso a la misma clasificación profesional.
La puntuación máxima será de 40 puntos. Se valorará:
Núm. 49
Lunes 27 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 29225
administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
Madrid, 17 de febrero de 2023.–El Subsecretario de Igualdad, Ignacio Sola
Barleycorn.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
Conforme a lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28
de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público, el sistema selectivo será el de concurso de valoración de méritos.
La puntuación máxima a alcanzar será de 100 puntos.
1.
Méritos profesionales.
La puntuación máxima será de 60 puntos. Se valorará la experiencia profesional,
según los siguientes criterios:
a) Se asignará a cada mes completo de servicios efectivos prestados en los últimos
diez años, en la misma clasificación profesional a la que se pretende acceder, una
puntuación de 0,5 puntos hasta un máximo de 60 puntos.
b) Se asignará a cada mes completo de servicios efectivos al tiempo de servicios
prestados como empleados y empleadas públicos con funciones equivalentes a las de la
categoría profesional objeto de la estabilización, en otros ámbitos, incluidas las
Administraciones Públicas de los Estados miembros de la Unión Europea, así como en la
Administración Pública de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados
internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se define en el
Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, una puntuación de 0,25 puntos hasta un
máximo de 30 puntos.
Forma de acreditación:
Certificado de Servicios Prestados emitido por la unidad de
correspondiente, según modelo que figura como anexo IV de la convocatoria.
personal
a) Por la superación en los últimos cinco años, a computar desde la publicación de
la convocatoria, de uno o más ejercicios de los procesos selectivos para el acceso al
mismo nivel de clasificación profesional, se otorgarán 10 puntos.
En el caso de que dichas convocatorias no se hayan celebrado en los últimos cinco
años, la puntuación de este apartado se sumará a partes iguales a la prevista en los
siguientes apartados b).
cve: BOE-A-2023-5105
Verificable en https://www.boe.es
2. Méritos Académicos y de superación de ejercicios de los procesos selectivos de
acceso a la misma clasificación profesional.
La puntuación máxima será de 40 puntos. Se valorará: