III. Otras disposiciones. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-5258)
Resolución de 17 de febrero de 2023, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, para la colaboración en materia de emergencias y otros incidentes radiológicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49

Lunes 27 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 29720

Por todo lo anteriormente expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente
convenio, con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
La Comunidad de Madrid y el CSN establecen como objeto del presente convenio
fomentar el intercambio de información, experiencia, conocimientos y la colaboración en
las actuaciones para el desempeño de sus respectivas funciones y competencias en
materia de incidentes, sucesos y actuaciones que conlleven un riesgo radiológico. En
concreto:
– El establecimiento de mecanismos de comunicación e intercambio de información
específicos en incidentes, sucesos y actuaciones que impliquen un riesgo radiológico.
– La actuación conjunta en estudios, ejercicios, simulacros y cualquier otra actividad
que consideren necesaria para implementar el RADCAM.
– La cooperación en la formación técnica especifica del personal de ambas partes,
permitiendo la participación de sus miembros en las tareas formativas desarrolladas.
– El intercambio de información relativa a instalaciones, actividades y situaciones de
riesgo radiológico para los habitantes o el medio ambiente de la Comunidad de Madrid,
estableciendo y manteniendo operativos los canales y sistemas de comunicación que
sean precisos para hacerlo en el menor tiempo posible.
Segunda.

Obligaciones del Consejo de Seguridad Nuclear.

En desarrollo del objeto de este convenio el CSN se compromete a:
a) Informar a la Comunidad de Madrid a través del teléfono 112 sobre cualquier
incidente que comporte un riesgo radiológico en el ámbito de sus competencias.
b) Determinar aquellos canales de comunicación, teléfonos, correos electrónicos o
cualquier otro que se considere, para transmitir información en materia de riesgo
radiológico entre ambas instituciones que garanticen una comunicación segura, eficiente
y rápida.
c) Proponer, a la Comunidad de Madrid, y colaborar con ella en el desarrollo de
sesiones, jornadas y cualquier otra actividad de formación para su personal que
considere adecuadas, en incidentes, sucesos o actuaciones que impliquen riesgo
radiológico.
d) Proponer el estudio y elaboración de aquellas medidas y guías de actuación
conjuntas frente al riesgo radiológico.
e) Colaborar con la Comunidad de Madrid en los estudios, trabajos mutuos y
demás acciones de mejora de instrumentos, planes y medios de ambas instituciones, en
particular del RADCAM.
f) Proveer la información que considere relevante para su actividad a la Comunidad
de Madrid en aspectos relacionados con la protección frente al riesgo radiológico.

De acuerdo con el objeto del convenio, la Comunidad de Madrid se compromete a:
a) Informar al CSN de aquellos sucesos, incidentes o actuaciones que impliquen
riesgo radiológico de los que tenga conocimiento en ejercicio de sus competencias.
b) Determinar aquellos canales de comunicación, teléfonos, correos electrónicos o
cualquier otro que se considere, para transmitir información en materia de riesgo
radiológico entre ambas instituciones que garanticen una comunicación segura, eficiente
y rápida.

cve: BOE-A-2023-5258
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Obligaciones de la Comunidad de Madrid.