I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Circulación. Medidas especiales. (BOE-A-2023-5030)
Resolución INT/183/2023, de 24 de enero, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 48

Sábado 25 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 28636

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
5030

Resolución INT/183/2023, de 24 de enero, por la que se establecen las
restricciones a la circulación durante el año 2023.

1. Restricciones. Se publican como anexo de esta resolución las restricciones a la
circulación, a la celebración de pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos o
usos excepcionales de la vía y a la realización de obras o actuaciones de conservación y
mantenimiento que se determinan en el punto 1 del anexo.
2. Exenciones a las restricciones. En el punto 2 del anexo se establecen las
exenciones a las restricciones a las que se refiere el punto 1.
3. Sanciones y medidas cautelares. En virtud de la Ley 14/1997, de 24 de
diciembre, de creación del Servicio Catalán de Tráfico, las infracciones del contenido de
esta resolución se denunciarán por incumplimiento de lo que establece la legislación
vigente sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
Asimismo, y de conformidad con esta misma norma, como medida cautelar, la Policía
de la Generalitat-Mossos d’Esquadra puede detener o inmovilizar un vehículo, e incluso
retirarlo de la vía pública, hasta que finalice la restricción o se le autorice a continuar,
siempre que cause riesgo o perturbe de forma grave el desarrollo de la circulación.
4. Derogación. Mediante esta resolución se deja sin efecto la Resolución
INT/956/2022, de 4 de abril, por la que se establecen las restricciones a la circulación
durante el año 2022.

cve: BOE-A-2023-5030
Verificable en https://www.boe.es

El artículo 5 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a
Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de
octubre, y el artículo 39, apartados 1 a 4, del Reglamento General de Circulación,
aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, prevén la posibilidad de
establecer restricciones temporales o permanentes a la circulación de vehículos, a
efectos de garantizar la movilidad de los usuarios y la fluidez de la red viaria y de mejorar
la seguridad de todos los usuarios de las vías, tanto de forma ordinaria como con
ocasión de festividades, períodos de vacaciones, desplazamientos masivos de vehículos
o bien de otras circunstancias que puedan afectar a las condiciones de la circulación.
Estas restricciones pueden afectar a determinados itinerarios de vías interurbanas e
incluso travesías, y a determinados vehículos, tanto por sus características técnicas
como por la carga que transportan.
El Servicio Catalán de Tráfico, organismo autónomo de carácter administrativo,
creado por la Ley 14/1997, de 24 de diciembre, de creación del Servicio Catalán de
Tráfico, y adscrito al Departamento de Interior, de acuerdo con lo que dispone el
artículo 1.2 del Decreto 320/2011, de 19 de abril, de reestructuración del Departamento
de Interior, tiene atribuidas, junto con otros órganos del Departamento, las funciones de
gestión y control del tráfico en las vías interurbanas y en las travesías, así como la
adopción de las disposiciones necesarias para garantizar la seguridad vial, la movilidad y
la fluidez del tráfico en toda la red viaria.
Tras la revisión del texto y de los anexos correspondientes hasta ahora vigentes, y
concluido el trámite de audiencia con los principales afectados por estas medidas, se
establece una nueva resolución de restricciones a la circulación por la red viaria de
Cataluña durante el año 2023.
Por tanto, de acuerdo con lo que establecen los preceptos mencionados y el
artículo 2 de la Ley 14/1997, de 24 de diciembre, en uso de las atribuciones que me
confiere el artículo 4.c) de la Resolución INT/741/2011, de 17 de marzo, de delegación
de competencias del consejero de Interior en varios órganos del Departamento, resuelvo: