III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-5064)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos, SA, S.M.E., para la ejecución del proyecto de descatalogación del área Pimic Oeste.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 48

Sábado 25 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 28862

Las cuestiones litigiosas a las que pueda dar lugar la interpretación, modificación,
efectos o resolución del contenido del presente Convenio se resolverán de mutuo
acuerdo entre las Partes, mediante diálogo y negociación, en el seno de la Comisión de
Seguimiento establecida en la cláusula Quinta. Si no fuera posible alcanzar un acuerdo,
serán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa.
Decimosexta.

Comunicaciones.

Para la comunicación de la información relativa a este convenio, las Partes se
dirigirán por escrito a:
– Para CIEMAT:
Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P.
Avda. Complutense, 40. 28040 Madrid.
A la atención de la Subdirección General de Infraestructuras Científico-Técnicas.
– Para Enresa:
Empresa Nacional de Residuos Radiactivos, SA, S.M.E. Calle Emilio Vargas, 7.
28043 Madrid.
A la atención de la Dirección Técnica.
Y, en prueba de su conformidad, ambas Partes firman el presente documento con
efectos desde la fecha indicada en la última firma electrónica realizada.–En Madrid, a 20
de diciembre de 2022.–La Presidenta del Centro de Investigaciones Energéticas
Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P. (CIEMAT), Raquel Yotti Álvarez.–El
Presidente de Enresa, José Luis Navarro Ribera y el Director Técnico de Enresa, Álvaro
Rodríguez Beceiro.
ANEXO I
Anexo técnico

Este anexo tiene por objeto identificar, describir, y programar el conjunto de
actuaciones a realizar dentro del marco del presente Convenio por Enresa y por el
CIEMAT, para permitir a este último solicitar la descatalogación de la zona oeste del
Pimic considerando el alcance descrito en el punto 2 de la Orden ITC/4035/2005. El
objetivo del convenio es llevar a cabo las tareas necesarias que permitan a CIEMAT
solicitar la descatalogación de toda la Zona Oeste de PIMIC-D, de tal manera que el área
quede apta para la posterior construcción del Laboratorio de triple haz con aceleradores
lineales en el marco del Componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
En primer lugar, se presentan las tareas que el CIEMAT debe realizar, con carácter
preparatorio o complementario a los trabajos de Enresa, para la eventual
descatalogación de la zona y a continuación los que realizará Enresa, aunque en la
planificación detallada se realicen tareas simultáneamente o en otro orden. Para la
ejecución de este Convenio se requerirá la revisión de los documentos preceptivos sobre
los que se basa la autorización del proyecto PIMIC-Desmantelamiento que se enumeran
en el punto 3 de la Orden ITC/4035/2005. El CIEMAT como titular de la Instalación
Nuclear Única realizará los trámites preceptivos.

cve: BOE-A-2023-5064
Verificable en https://www.boe.es

Proyecto «Descatalogación del área Pimic-Oeste del CIEMAT»