III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-5063)
Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Dirección General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Asociación Unión de Parálisis Cerebral, San Fernando (Cádiz), para la realización de prácticas formativas del alumnado del Centro de Recuperación de Personas con Discapacidad Física de San Fernando (Cádiz).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 48

Sábado 25 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 28845

atendidas de forma integral, y necesitan una serie de apoyos específicos de forma general o
permanente, con la meta de darle la posibilidad de obtener un entorno cotidiano la calidad
de vida que les normalice y equipare con el resto de la sociedad, así como potenciar y
aumentar la autoestima a través de experiencias directas.
– Centro ocupacional: Denominado también como Unidad de Estancia Diurna con
Terapia Ocupacional, en la actualidad, cuenta con 35 plazas acreditadas. Al igual que la
Unidad de Estancia Diurna (UED), agrupa a personas con parálisis cerebral de más
de 16 años, sin embargo, en este caso les ofrece además la posibilidad de desarrollar
sus capacidades en tareas laborales y ocupacionales con objeto de que puedan
conseguir formación, integración y normalización en sus vidas tanto en el ámbito
personal como social.
– Centro educativo: Para la educación del alumnado con parálisis cerebral,
contemplando sus necesidades y características personales, con objeto de promover su
calidad de vida, y propiciar una enseñanza que desarrolle aspectos globales de la
persona de acuerdo con lo que establece el marco curricular común. El Centro de
Educación Especial «SAR La Infanta Doña Cristina» UPACE San Fernando, cuenta en la
actualidad con 13 aulas: 11 de Educación Básica Obligatoria y 2 del Programa de
Transición a la Vida Adulta y Laboral. El centro educativo tiene un horario lectivo
de 10:00 a 15:00 horas.
– Tratamiento médico-funcional: Dirigido a niños y niñas mayores de 6 años que
precisan de fisioterapia, logopedia, terapia ocupacional o psicoterapia, que no reciben en
sus centros educativos. Por ello, los tratamientos se realizan fuera del horario escolar y
son en régimen ambulatorio.
Finalmente señalar que los servicios que ofrece son: valoración, información y
orientación; tratamiento médico-funcional; intervención familiar; adaptaciones; respiro y
apoyo familiar; transporte adaptado; comedor; deporte adaptado; ocio y tiempo libre.
III
Que las dos instituciones estiman conveniente, en aras del cumplimiento de sus
respectivos fines, establecer un cauce estable de cooperación que dé coherencia y
continuidad a cuantas iniciativas estén desarrollando y que permita concretar la futura
cooperación entre las mismas en el desarrollo de acciones dirigidas al colectivo de
personas con discapacidad física, sensorial o con daño cerebral adquirido, para su mejor
calidad de vida y plena participación social, así como otras iniciativas dirigidas al logro de
estos objetivos, que puedan ser desarrolladas conjunta o separadamente por ambas
Instituciones, desarrollando un proyecto de cooperación interinstitucional.
En consideración a todo ello, ambas partes deciden suscribir el presente convenio,
que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto.

El presente convenio, tiene como objeto definir la cooperación entre el Imserso, a
través del CRMF San Fernando, dependiente orgánicamente de dicho instituto en la
realización de PRÁCTICAS DE FORMACIÓN en el centro de trabajo de UPACE San
Fernando, con las personas alumnas de los cursos de Formación Profesional
Ocupacional orientada al empleo, impartidos por el CRMF San Fernando y cofinanciados
por el Fondo Social Europeo, que hayan alcanzado un nivel óptimo de aprendizaje en la
acción formativa y pueden iniciar las Prácticas de Empresa con sujeción a las
condiciones que determinan las cláusulas que figuran en el presente documento.

cve: BOE-A-2023-5063
Verificable en https://www.boe.es

Primera.