I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Títulos académicos. Currículo. (BOE-A-2023-5028)
Orden EFP/170/2023, de 21 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo de grado superior correspondiente al título de Técnico Deportivo Superior en Balonmano.
67 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 25 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 28630
para la valoración coordinada del proceso de formación práctica por parte del tutor de
prácticas y del técnico supervisor (tutor de centro).
Es recomendable que durante el periodo de prácticas el estudiante en prácticas
realice actividades de diferente índole dentro del centro, para garantizar su experiencia en
los diferentes bloques de funciones del perfil profesional de Técnico Deportivo Superior:
programar y dirigir sesiones como entrenador, organizar y dirigir a jugadores y equipos
en eventos y competiciones de alto nivel, formar a los técnicos deportivos coordinando
su intervención en el centro de prácticas y organizar eventos propios de la iniciación y
tecnificación deportiva, en coordinación con los responsables del club o entidad. Todo
ello, considerando sus futuras posibles líneas o ámbitos de especialización, en balonmano
adaptado, en balonmano playa, en preparación física y readaptación deportiva y en el
análisis del rendimiento en balonmano.
E) Características del centro en el que se deben desarrollar las actividades formativas
del módulo de formación práctica.
Las prácticas se llevarán a cabo en entidades públicas o privadas, centros educativos,
centros de formación de técnicos, escuelas deportivas, patronatos deportivos, asociaciones,
empresas y clubes deportivos u otras entidades deportivas homologadas, que ofrezcan
actividades deportivas-recreativas de iniciación, tecnificación y alto rendimiento en
balonmano, balonmano adaptado y balonmano playa.
Los centros donde se desarrollen dichas prácticas deberán estar dotados de los
medios y recursos humanos y materiales necesarios para poder llevar a cabo el desarrollo
de las actividades correspondientes al ciclo de grado superior de enseñanzas deportivas
en balonmano.
En la medida de lo posible el centro debe procurar que el estudiante realice unas
prácticas enriquecedoras haciéndole participar en distintas actividades que incluyan tareas
propias de las funciones y actividades recomendadas en el apartado C.
El tutor/a del centro deberá ser un especialista que posea el título de Técnico Deportivo
Superior en Balonmano o la homologación correspondiente al mencionado título, con una
amplia experiencia que garantice unas prácticas de calidad al alumnado.
cve: BOE-A-2023-5028
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 48
Sábado 25 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 28630
para la valoración coordinada del proceso de formación práctica por parte del tutor de
prácticas y del técnico supervisor (tutor de centro).
Es recomendable que durante el periodo de prácticas el estudiante en prácticas
realice actividades de diferente índole dentro del centro, para garantizar su experiencia en
los diferentes bloques de funciones del perfil profesional de Técnico Deportivo Superior:
programar y dirigir sesiones como entrenador, organizar y dirigir a jugadores y equipos
en eventos y competiciones de alto nivel, formar a los técnicos deportivos coordinando
su intervención en el centro de prácticas y organizar eventos propios de la iniciación y
tecnificación deportiva, en coordinación con los responsables del club o entidad. Todo
ello, considerando sus futuras posibles líneas o ámbitos de especialización, en balonmano
adaptado, en balonmano playa, en preparación física y readaptación deportiva y en el
análisis del rendimiento en balonmano.
E) Características del centro en el que se deben desarrollar las actividades formativas
del módulo de formación práctica.
Las prácticas se llevarán a cabo en entidades públicas o privadas, centros educativos,
centros de formación de técnicos, escuelas deportivas, patronatos deportivos, asociaciones,
empresas y clubes deportivos u otras entidades deportivas homologadas, que ofrezcan
actividades deportivas-recreativas de iniciación, tecnificación y alto rendimiento en
balonmano, balonmano adaptado y balonmano playa.
Los centros donde se desarrollen dichas prácticas deberán estar dotados de los
medios y recursos humanos y materiales necesarios para poder llevar a cabo el desarrollo
de las actividades correspondientes al ciclo de grado superior de enseñanzas deportivas
en balonmano.
En la medida de lo posible el centro debe procurar que el estudiante realice unas
prácticas enriquecedoras haciéndole participar en distintas actividades que incluyan tareas
propias de las funciones y actividades recomendadas en el apartado C.
El tutor/a del centro deberá ser un especialista que posea el título de Técnico Deportivo
Superior en Balonmano o la homologación correspondiente al mencionado título, con una
amplia experiencia que garantice unas prácticas de calidad al alumnado.
cve: BOE-A-2023-5028
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 48