III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-4994)
Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo del grupo Naturgy.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 47
Viernes 24 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 28296
Gastos de bolsillo:
Las personas trabajadoras encuadradas en los niveles salariales 16 a 24, estarán
sujetos al régimen de gastos a justificar, y cuando el desplazamiento tenga una duración
superior a 4 días percibirán además desde el primer día, en concepto de gastos de
bolsillo, la cantidad establecida a continuación:
Año
Importe
2021
10,66
2022
10,93
2023
11,12
2024
11,26
Seguro de Vida Colectivo:
Se mantendrá, para el personal que a la firma del presente Convenio le era de aplicación, la
Disposición Transitoria Primera del Anexo I del II Convenio Colectivo de Naturgy 2016-2020, lo
dispuesto en el apartado a) del punto 3.º del Acuerdo de 17 de diciembre de 1996, suscrito en
Gas Natural SDG, SA y en el Anexo XIV del vigente Reglamento del Plan de Pensiones de
Promoción Conjunta de los Empleados del Grupo Naturgy, respectivamente.
Asimismo, se mantendrá para el personal que a la firma del presente Convenio le era
de aplicación, la regulación del seguro de vida colectivo previsto en el Acuerdo Octavo
del Acta de firma del II Convenio Colectivo de Naturgy 2016-2020.
Asistencia Médico Sanitaria y Cobertura de Salud:
Se mantendrá para el personal que a la firma del presente Convenio Colectivo lo
estuviera disfrutando, la regulación de la disposición adicional quinta y sexta del Anexo II
del II Convenio Colectivo de Grupo Naturgy 2016-2020, actualizándose ambos en los
valores recogidos a continuación:
Asistencia médico-sanitaria:
Colectivo
Año 2021
Año 2022
Personal en activo.
46,79
47,77
Beneficiarios del personal en activo.
46,79
47,77
Personal pasivo.
117,59
120,06
Beneficiarios del personal pasivo.
117,59
120,06
Año
Importe
2021
12,11
2022
12,42
2023
12,63
2024
12,79
Complemento pluses:
Este complemento tiene como origen el integrar en el mismo las diferencias que
podían existir entre el importe regulado en el Anexo VI del I Convenio Colectivo de Gas
cve: BOE-A-2023-4994
Verificable en https://www.boe.es
Cobertura de Salud:
Núm. 47
Viernes 24 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 28296
Gastos de bolsillo:
Las personas trabajadoras encuadradas en los niveles salariales 16 a 24, estarán
sujetos al régimen de gastos a justificar, y cuando el desplazamiento tenga una duración
superior a 4 días percibirán además desde el primer día, en concepto de gastos de
bolsillo, la cantidad establecida a continuación:
Año
Importe
2021
10,66
2022
10,93
2023
11,12
2024
11,26
Seguro de Vida Colectivo:
Se mantendrá, para el personal que a la firma del presente Convenio le era de aplicación, la
Disposición Transitoria Primera del Anexo I del II Convenio Colectivo de Naturgy 2016-2020, lo
dispuesto en el apartado a) del punto 3.º del Acuerdo de 17 de diciembre de 1996, suscrito en
Gas Natural SDG, SA y en el Anexo XIV del vigente Reglamento del Plan de Pensiones de
Promoción Conjunta de los Empleados del Grupo Naturgy, respectivamente.
Asimismo, se mantendrá para el personal que a la firma del presente Convenio le era
de aplicación, la regulación del seguro de vida colectivo previsto en el Acuerdo Octavo
del Acta de firma del II Convenio Colectivo de Naturgy 2016-2020.
Asistencia Médico Sanitaria y Cobertura de Salud:
Se mantendrá para el personal que a la firma del presente Convenio Colectivo lo
estuviera disfrutando, la regulación de la disposición adicional quinta y sexta del Anexo II
del II Convenio Colectivo de Grupo Naturgy 2016-2020, actualizándose ambos en los
valores recogidos a continuación:
Asistencia médico-sanitaria:
Colectivo
Año 2021
Año 2022
Personal en activo.
46,79
47,77
Beneficiarios del personal en activo.
46,79
47,77
Personal pasivo.
117,59
120,06
Beneficiarios del personal pasivo.
117,59
120,06
Año
Importe
2021
12,11
2022
12,42
2023
12,63
2024
12,79
Complemento pluses:
Este complemento tiene como origen el integrar en el mismo las diferencias que
podían existir entre el importe regulado en el Anexo VI del I Convenio Colectivo de Gas
cve: BOE-A-2023-4994
Verificable en https://www.boe.es
Cobertura de Salud: