II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación. (BOE-A-2023-4960)
Resolución de 21 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 24 de febrero de 2023

Sec. II.B. Pág. 28064

integridad, confidencialidad y conservación de los ejercicios en todo momento hasta su
apertura y lectura pública por las personas aspirantes. Los Tribunales calificadores
quedan habilitados para modificar, interpretar y aclarar las instrucciones o resoluciones
que hubieran dictado en el ejercicio de esta habilitación.
5. En las dos fases de concurso, el tribunal correspondiente a cada perfil científico
convocará sucesivamente a las personas que hayan sido admitidas en el mismo.
6. Las personas aspirantes admitidas al proceso selectivo podrán solicitar, con
carácter previo, la utilización de los medios audiovisuales que precisen para su
exposición.
7. La primera fase de concurso, de carácter eliminatorio, que tiene por objeto la
comprobación y calificación de los méritos expuestos por las personas aspirantes en su
curriculum vitae, así como en la documentación aportada, consistirá en la exposición oral
y pública por la persona aspirante, en el tiempo máximo de una hora, de los méritos
alegados y de la labor científica desarrollada descrita en el curriculum vitae.
Seguidamente, el tribunal debatirá con la persona aspirante, sin límite de tiempo, sobre
el contenido de la exposición oral del mismo, pudiendo formular todas las preguntas que
considere convenientes y fundamentalmente, aquellas que se relacionen con los temas
de trabajo más relevantes de la investigación.
En esta fase, los tribunales valorarán, hasta un máximo de 40 puntos, los siguientes
méritos de acuerdo con el baremo que se recoge a continuación:
a) Objetivos científicos y/o tecnológicos perseguidos a lo largo de la carrera
investigadora, con énfasis en las líneas fundamentales de investigación futura.
La puntuación máxima de este apartado será de 8 puntos.
b) Las contribuciones científicas y/o tecnológicas realizadas teniendo en cuenta la
calidad y repercusión de las mismas. La calificación de este apartado deberá valorar
adecuadamente sendos tipos de contribuciones en función de la orientación científica y/o
tecnológica de la actividad curricular de la persona aspirante.
Las contribuciones científicas deberán valorarse en forma de trabajos originales de
investigación publicados y en la dirección y participación en proyectos de investigación I
+D con entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales.
En el caso de personas candidatas con curriculum vitae de perfil tecnológico, se
valorará especialmente en ese apartado:
1. Contribuciones tecnológicas realizadas, valorando la calidad y repercusión de
patentes licenciadas.
2. Creación de empresas de base tecnológica con acuerdos de transferencia de
tecnología con los Organismos Públicos de Investigación y con otra entidad relacionada
profesionalmente con la persona aspirante.
3. Participación en contratos y proyectos de I+D con entidades públicas y privadas,
nacionales e internacionales.
La puntuación máxima de este apartado será de 18 puntos.
c) La redacción y publicación de libros, capítulos de libros, monografías, etc que
sean resultado de un trabajo científico y que no hayan sido considerados ni valorados en
el apartado anterior. La elaboración de informes científicos y la participación en trabajos
e informes de asesoramiento científico y de apoyo tecnológico. Los estudios geológicos,
hidrológicos, oceanográficos, energéticos, medioambientales, biosanitarios o de
cualquier otra naturaleza científica realizados con fines de investigación. La
representación y participación en organismos e instituciones científicas y/o tecnológicas
nacionales e internacionales. Trabajos o estancias en centros de investigación
nacionales y extranjeros. Participación en congresos científicos y/o tecnológicos,
seminarios, cursos. La dirección de tesis doctorales o tesinas. La dirección y formación
del personal investigador. La publicación de artículos científicos y/o tecnológicos en
revistas de divulgación. Cualquier otro mérito que alegue la persona aspirante
relacionado con el perfil científico objeto de la convocatoria.

cve: BOE-A-2023-4960
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Núm. 47