III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2023-4925)
Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Dirección General del Agua, por la que se publica el Convenio con la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A., el Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Gijón, para la encomienda de gestión de la explotación, mantenimiento y conservación de las obras e infraestructuras del saneamiento integral del municipio de Gijón (Asturias).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46
Jueves 23 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 27576
Tercera. Obligaciones del Principado de Asturias y del Ayuntamiento de Gijón.
El Principado de Asturias se compromete a financiar y realizar la explotación integral,
mantenimiento y conservación de las obras e infraestructuras, así como de los terrenos
vinculados a las mismas, objeto de este convenio de las instalaciones que forman parte
del sistema de depuración de las aglomeraciones Gijón Este y Gijón Oeste (anexo I).
El Ayuntamiento de Gijón se compromete a financiar y realizar la explotación integral,
mantenimiento y conservación de los servicios de alcantarillado de Gijón Este y Gijón
Oeste (anexo II).
Cuarta.
Obligaciones de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A.
La Confederación Hidrográfica del Cantábrico facilitará a la Comunidad Autónoma y
al Ayuntamiento de Gijón la información técnica y situación administrativa de las
infraestructuras y terrenos afectados.
La información tendrá como principal objetivo que tanto el Principado de Asturias
como el Ayuntamiento de Gijón puedan conocer la situación actual y el estado de
funcionamiento de cada uno de los elementos del sistema encomendados a cada uno de
ellos y del conjunto de los mismos, así como las necesidades de reposición de
elementos y mejoras necesarias a introducir que conlleve a la obtención de los
resultados de la depuración establecidos.
La Confederación Hidrográfica del Cantábrico asesorará al Principado de Asturias y
al Ayuntamiento de Gijón en la elaboración de las prescripciones técnicas y demás
documentos necesarios para definir las condiciones en que se debe de realizar la
explotación, mantenimiento y conservación de las infraestructuras objeto de la
encomienda.
La puesta a disposición de la infraestructura de la EDAR de Gijón Este, gestionada
por la Administración General del Estado en la actualidad, se realizará en el plazo
máximo de un año desde la firma de la presente encomienda de gestión, momento a
partir del cual se hará cargo de la explotación integral el Principado de Asturias. Si la
entrega fuera posterior al 25 de mayo de 2023, los gastos de explotación y
mantenimiento de las instalaciones, a partir de esa fecha, serán asumidos por el
Principado de Asturias.
Quinta.
Titularidad de los bienes que se encomiendan.
La Encomienda de Gestión que se efectúa no produce cambio de titularidad de las
obras e instalaciones objeto de la misma, sin perjuicio de las competencias que sobre la
materia corresponden al Estado, a la Comunidad Autónoma o al Ayuntamiento.
Comisión Mixta de Seguimiento.
Se establece una Comisión Mixta de Seguimiento que estará compuesta por un
número igual de representantes de la Confederación, de la Comunidad Autónoma y del
Ayuntamiento de Gijón.
La designación de los miembros y la sesión constitutiva de la Comisión se realizarán
en los tres meses posteriores a la vigencia del Convenio. La Comisión deberá reunirse al
menos una vez al año y cuantas veces sea necesario, a petición de cualquiera de las
tres administraciones, para deliberar y acordar la coordinación de las actuaciones
relacionadas con la finalidad perseguida con la encomienda, y de cada una de sus
sesiones se levantará un acta donde figurarán los resultados de las mismas.
Séptima. Inspección y vigilancia.
La inspección y vigilancia de las instalaciones se efectuarán por la administración a
la que se encomienda su gestión, con independencia de la actuación de la
cve: BOE-A-2023-4925
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.
Núm. 46
Jueves 23 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 27576
Tercera. Obligaciones del Principado de Asturias y del Ayuntamiento de Gijón.
El Principado de Asturias se compromete a financiar y realizar la explotación integral,
mantenimiento y conservación de las obras e infraestructuras, así como de los terrenos
vinculados a las mismas, objeto de este convenio de las instalaciones que forman parte
del sistema de depuración de las aglomeraciones Gijón Este y Gijón Oeste (anexo I).
El Ayuntamiento de Gijón se compromete a financiar y realizar la explotación integral,
mantenimiento y conservación de los servicios de alcantarillado de Gijón Este y Gijón
Oeste (anexo II).
Cuarta.
Obligaciones de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A.
La Confederación Hidrográfica del Cantábrico facilitará a la Comunidad Autónoma y
al Ayuntamiento de Gijón la información técnica y situación administrativa de las
infraestructuras y terrenos afectados.
La información tendrá como principal objetivo que tanto el Principado de Asturias
como el Ayuntamiento de Gijón puedan conocer la situación actual y el estado de
funcionamiento de cada uno de los elementos del sistema encomendados a cada uno de
ellos y del conjunto de los mismos, así como las necesidades de reposición de
elementos y mejoras necesarias a introducir que conlleve a la obtención de los
resultados de la depuración establecidos.
La Confederación Hidrográfica del Cantábrico asesorará al Principado de Asturias y
al Ayuntamiento de Gijón en la elaboración de las prescripciones técnicas y demás
documentos necesarios para definir las condiciones en que se debe de realizar la
explotación, mantenimiento y conservación de las infraestructuras objeto de la
encomienda.
La puesta a disposición de la infraestructura de la EDAR de Gijón Este, gestionada
por la Administración General del Estado en la actualidad, se realizará en el plazo
máximo de un año desde la firma de la presente encomienda de gestión, momento a
partir del cual se hará cargo de la explotación integral el Principado de Asturias. Si la
entrega fuera posterior al 25 de mayo de 2023, los gastos de explotación y
mantenimiento de las instalaciones, a partir de esa fecha, serán asumidos por el
Principado de Asturias.
Quinta.
Titularidad de los bienes que se encomiendan.
La Encomienda de Gestión que se efectúa no produce cambio de titularidad de las
obras e instalaciones objeto de la misma, sin perjuicio de las competencias que sobre la
materia corresponden al Estado, a la Comunidad Autónoma o al Ayuntamiento.
Comisión Mixta de Seguimiento.
Se establece una Comisión Mixta de Seguimiento que estará compuesta por un
número igual de representantes de la Confederación, de la Comunidad Autónoma y del
Ayuntamiento de Gijón.
La designación de los miembros y la sesión constitutiva de la Comisión se realizarán
en los tres meses posteriores a la vigencia del Convenio. La Comisión deberá reunirse al
menos una vez al año y cuantas veces sea necesario, a petición de cualquiera de las
tres administraciones, para deliberar y acordar la coordinación de las actuaciones
relacionadas con la finalidad perseguida con la encomienda, y de cada una de sus
sesiones se levantará un acta donde figurarán los resultados de las mismas.
Séptima. Inspección y vigilancia.
La inspección y vigilancia de las instalaciones se efectuarán por la administración a
la que se encomienda su gestión, con independencia de la actuación de la
cve: BOE-A-2023-4925
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.