III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-4927)
Resolución de 13 de febrero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental "Planta fotovoltaica hibridación parque eólico Los Morrones" en los términos municipales de Baza y Zújar, en Granada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 23 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 27616
aporte al paisaje y a la fauna a modo de reservorios. Se deberá dejar al menos 1 % de la
superficie de instalación para la formación de rodales de vegetación con una superficie
mínima de 0,5 ha y distribuidos en varias zonas a una distancia de 20 m a modo de
reservorios de fauna. Se mantendrá el mantenimiento de linderos y los márgenes con
vegetación natural sin cultivar.
Se recomienda el uso de bandas sobre los paneles fotovoltaicos en forma de rejilla
que minimicen la mortalidad de insectos y los posibles impactos de pequeñas aves.
Sería recomendable que no todos los paneles se recubrieran con el fin de profundizar en
el análisis de las afecciones, con el fin de evaluar los efectos a lo lago de los primeros
años estableciéndolos en el programa de vigilancia ambiental. Del mismo modo, se
instalarán pequeñas placas de color claro cada 10 metros del vallado y de la subestación
para aumentar su visibilidad.
Se evitará la iluminación nocturna de la planta fotovoltaica, con las únicas
excepciones de sistemas requeridos por la normativa y de dispositivos de iluminación
imprescindibles en las edificaciones auxiliares o para hacer frente a situaciones de
riesgo. En tal caso, se utilizarán luminarias que no emitan luz blanca rica en longitudes
de onda corta (azules y UV), la iluminación se proyectará hacia el suelo por debajo del
plano horizontal, limitándose a lo estrictamente necesario, así como los trabajos
nocturnos durante la construcción.
Se dejarán tres manchas de 100 m2, distribuidas por distintas zonas de los módulos
fotovoltaicos donde existe vegetación natural que no se toca y en cada mancha se
instalarán estructuras tipo bug-hotel para favorecer a los polinizadores. El seguimiento
de estas manchas se incluirá en el Plan de Seguimiento y Vigilancia Ambiental.
Los vallados perimetrales a las instalaciones, excepto los de los centros de
transformación, deberán ser permeables a la fauna, por lo que se empleará un vallado
de tipo cinegético o ganadero, con luz de malla amplia, en la parte inferior más próxima
al suelo, sin zócalo ni sujeción inferior al terreno. Además, es conveniente ejecutar
aberturas en la parte inferior del vallado, de dimensiones 30 x 30 cm y/o 45 x 30 cm en
algunos puntos del vallado con el fin de alcanzar la máxima permeabilidad posible para
la fauna. La altura del cerramiento no será superior a 2 m y carecerá de elementos
punzantes o cortantes. Deberá respetar la legislación autonómica y necesitará la
aprobación de la Delegación Territorial.
Para asegurar un adecuado nivel de conectividad y favorecer al paisaje, se
retranqueará el vallado 5 m hacia el interior de todo su perímetro llevándose a cabo la
plantación de una franja de especies forestales a una densidad de 1.000 plantas/ha, de
plantas de 2 savias, en contenedor de al menos 300 cm3 y protector de 50 cm de altura.
La composición estaría formada por especies vegetales de la zona y aprobado por la
Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Granada.
Las plantaciones se realizarán en función de la climatología, entre los meses de octubre
y abril y se deberá garantizar el mantenimiento (riegos, podas, etc.) de la misma durante la
vida útil de la instalación. Se deberán reponer las marras producidas al año siguiente de la
misma durante al menos los 10 primeros años de la plantación, admitiéndose unas marras
de un máximo de un 10 % del total de la planta o siempre que no se consiga el efecto de
apantallamiento o de corredor con la vegetación superviviente.
Se procederá a la protección perimetral de los rodales de encinas (Quercus Ilex)
evitando la afección de la implantación de los paneles fotovoltaicos.
Con el fin de garantizar la correcta documentación y protección de posibles
evidencias arqueológicas no detectadas durante la prospección, se realizará un
seguimiento y control arqueológico periódico y puntual de los movimientos de tierra
asociados a la ejecución de la planta solar fotovoltaica, fundamentalmente vinculados a
los desbroces, apertura de viales y zanjas de baja y media tensión. Si durante el
seguimiento y vigilancia de las obras, se localizaran yacimientos arqueológicos no
identificados con anterioridad, su hallazgo será notificado inmediatamente al Servicio
Territorial de Cultura de Granada, balizándose para evitar que sufran daños y se
establecerán las medidas de protección que eviten la destrucción de los niveles
cve: BOE-A-2023-4927
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 46
Jueves 23 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 27616
aporte al paisaje y a la fauna a modo de reservorios. Se deberá dejar al menos 1 % de la
superficie de instalación para la formación de rodales de vegetación con una superficie
mínima de 0,5 ha y distribuidos en varias zonas a una distancia de 20 m a modo de
reservorios de fauna. Se mantendrá el mantenimiento de linderos y los márgenes con
vegetación natural sin cultivar.
Se recomienda el uso de bandas sobre los paneles fotovoltaicos en forma de rejilla
que minimicen la mortalidad de insectos y los posibles impactos de pequeñas aves.
Sería recomendable que no todos los paneles se recubrieran con el fin de profundizar en
el análisis de las afecciones, con el fin de evaluar los efectos a lo lago de los primeros
años estableciéndolos en el programa de vigilancia ambiental. Del mismo modo, se
instalarán pequeñas placas de color claro cada 10 metros del vallado y de la subestación
para aumentar su visibilidad.
Se evitará la iluminación nocturna de la planta fotovoltaica, con las únicas
excepciones de sistemas requeridos por la normativa y de dispositivos de iluminación
imprescindibles en las edificaciones auxiliares o para hacer frente a situaciones de
riesgo. En tal caso, se utilizarán luminarias que no emitan luz blanca rica en longitudes
de onda corta (azules y UV), la iluminación se proyectará hacia el suelo por debajo del
plano horizontal, limitándose a lo estrictamente necesario, así como los trabajos
nocturnos durante la construcción.
Se dejarán tres manchas de 100 m2, distribuidas por distintas zonas de los módulos
fotovoltaicos donde existe vegetación natural que no se toca y en cada mancha se
instalarán estructuras tipo bug-hotel para favorecer a los polinizadores. El seguimiento
de estas manchas se incluirá en el Plan de Seguimiento y Vigilancia Ambiental.
Los vallados perimetrales a las instalaciones, excepto los de los centros de
transformación, deberán ser permeables a la fauna, por lo que se empleará un vallado
de tipo cinegético o ganadero, con luz de malla amplia, en la parte inferior más próxima
al suelo, sin zócalo ni sujeción inferior al terreno. Además, es conveniente ejecutar
aberturas en la parte inferior del vallado, de dimensiones 30 x 30 cm y/o 45 x 30 cm en
algunos puntos del vallado con el fin de alcanzar la máxima permeabilidad posible para
la fauna. La altura del cerramiento no será superior a 2 m y carecerá de elementos
punzantes o cortantes. Deberá respetar la legislación autonómica y necesitará la
aprobación de la Delegación Territorial.
Para asegurar un adecuado nivel de conectividad y favorecer al paisaje, se
retranqueará el vallado 5 m hacia el interior de todo su perímetro llevándose a cabo la
plantación de una franja de especies forestales a una densidad de 1.000 plantas/ha, de
plantas de 2 savias, en contenedor de al menos 300 cm3 y protector de 50 cm de altura.
La composición estaría formada por especies vegetales de la zona y aprobado por la
Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Granada.
Las plantaciones se realizarán en función de la climatología, entre los meses de octubre
y abril y se deberá garantizar el mantenimiento (riegos, podas, etc.) de la misma durante la
vida útil de la instalación. Se deberán reponer las marras producidas al año siguiente de la
misma durante al menos los 10 primeros años de la plantación, admitiéndose unas marras
de un máximo de un 10 % del total de la planta o siempre que no se consiga el efecto de
apantallamiento o de corredor con la vegetación superviviente.
Se procederá a la protección perimetral de los rodales de encinas (Quercus Ilex)
evitando la afección de la implantación de los paneles fotovoltaicos.
Con el fin de garantizar la correcta documentación y protección de posibles
evidencias arqueológicas no detectadas durante la prospección, se realizará un
seguimiento y control arqueológico periódico y puntual de los movimientos de tierra
asociados a la ejecución de la planta solar fotovoltaica, fundamentalmente vinculados a
los desbroces, apertura de viales y zanjas de baja y media tensión. Si durante el
seguimiento y vigilancia de las obras, se localizaran yacimientos arqueológicos no
identificados con anterioridad, su hallazgo será notificado inmediatamente al Servicio
Territorial de Cultura de Granada, balizándose para evitar que sufran daños y se
establecerán las medidas de protección que eviten la destrucción de los niveles
cve: BOE-A-2023-4927
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Núm. 46