III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-4926)
Resolución de 13 de febrero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos "Tagus 1" y "Tagus 2" y parte de su infraestructura de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 23 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 27582

y el apoyo 44 PAS la línea aérea comparte apoyos en doble circuito con la LAT 220 kV
SET V Solar I–SET Aldehuela, durante 2.446,73 m.
− Tramo 4: Línea subterránea en doble circuito entre los apoyos de paso aéreosubterráneo 44-PAS y 50-PAS, con una longitud de 2– .231 m.
– Tramo 5: Entre los apoyos 50-PAS y el apoyo 57, la línea aérea es compartida con
la LAT 220 kV SET V Solar I-SET Aldehuela en doble circuito, durante 1.539,40 m.
Asimismo, entre el apoyo 57 y el apoyo 79-PAS, la línea aérea comparte apoyos con la
LAT 220 kV SET Carolina Solar PV–SE Vallecas (REE) y con la LAT 220 kV SET V Solar
I–SET Aldehuela, en triple circuito con durante una longitud de 6.216,91 m.
− Tramo 6: Línea subterránea en triple circuito entre los apoyos de paso aéreosubterráneo 79-PAS y 83-PAS, con una longitud de 1.757 m.
− Tramo 7: Línea aérea en triple circuito compartiendo apoyos con la LAT 220 kV
SET Carolina Solar PV–SE Vallecas (REE) y con la LAT 220 kV SET V Solar I–SET
Aldehuela, entre los apoyos 83-PAS y 100’ PAS, con una longitud de 4.672,61 m.
− Tramo 8: Línea subterránea en circuito simple entre los apoyos de paso aéreosubterráneo 100’ PAS y 123-PAS, con una longitud de 5.726 m.
− Tramo 9: Línea aérea en simple circuito entre los apoyos de paso aéreosubterráneo 123-PAS y 128-PAS, con una longitud de 1.619,25 m.
− Tramo 10: Línea subterránea en simple circuito entre el apoyo de paso aéreosubterráneo 128-PAS y la SET Arganda (REE), con una longitud de 1.697 m.
En resumen, tras las modificaciones de la línea de evacuación del proyecto:
La longitud de la línea aérea es de 25.889,5 m, discurre mediante los tramos 1, 3, 5,
7 y 9, alternándose con los tramos 2, 4, 6, 8 y 10 en subterráneo, cuya longitud total
soterrada suma 12.497 m. Tiene su origen en la SET Tagus y, a través de 35
alineaciones y 99 apoyos evacúa en la SET Arganda (REE). Dicho trazado discurrirá por
los términos municipales de Arganda del Rey, Morata de Tajuña, Chinchón, Villaconejos
y Colmenar de Oreja en la provincia de Madrid y por el término municipal de Ontígola en
la provincia de Toledo.
En todo caso, la presente evaluación solo incluye PSFV Tagus 1 y 2, SET
Tagus 220/33 kV y la LAT Tagus–Arganda (REE) 200 kV, ya que el resto de las
infraestructuras son tramitadas por otros promotores en otros expedientes (PFot-259 AC
y PFot: 583 AC).
2. Tramitación del procedimiento
Con fecha 13 de julio de 2020, Khons Sun Power, SL, obtiene el permiso de acceso
para la evacuación en el actual nudo de la red de transporte Arganda 220 kV, propiedad
de Red Eléctrica de España, SA. (REE).
El 4 de diciembre de 2020, subsanada con fecha 5 de enero de 2020, el promotor
solicitó autorización administrativa previa para la planta fotovoltaica y la declaración de
impacto ambiental de la planta, que contenía el anteproyecto. Se recibió por parte de la
Dirección General de Política Energética y Minas la admisión a trámite de la Solicitud el 5
de enero de 2021, asignándole el número de expediente PFot-450 AC.
Con fecha 20 de julio de 2021, ha tenido entrada en el Registro de este Ministerio
escrito de Khons Sun Power, SL, por el que solicita autorización administrativa de
construcción para las plantas solares fotovoltaicas mencionadas y su infraestructura de
evacuación asociada, donde modifican, asimismo, parte de la documentación presentada
para obtener la autorización administrativa previa y solicitan la tramitación conjunta de
los expedientes.
Tras el primer trámite de consultas e información pública, llevado a cabo por el Área
Funcional de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Toledo, de
conformidad con lo establecido en el título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de

cve: BOE-A-2023-4926
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