III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-4784)
Resolución de 20 de febrero de 2023, de la Secretaría General de Fondos Europeos, por la que se publica el Convenio con el Instituto Nacional de Administración Pública, O.A., para el desarrollo de actuaciones formativas en materia de ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Miércoles 22 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 27150

Para ello se estará a lo establecido en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia y con cargo a los Fondos provenientes de dicho
Mecanismo según lo establecido en el Council Implementing Decision adoptado por el
Consejo de la Unión Europea de 14 de julio de 2021; así como a los hitos y objetivos en
él recogidos para dar cumplimiento a las actuaciones del PRTR relativas al refuerzo de
las capacidades administrativas y a la transformación de la Administración para la
ejecución del PRTR (Reforma 5 e Inversión 5 del Componente 11 del Plan para la
Recuperación, Transformación y Resiliencia de España) con el objetivo de formar hasta
un máximo de 2.500 personas durante la vigencia del presente convenio.
Segunda.

Contenido y actividades a desarrollar.

Las actuaciones formativas a desarrollar en ejecución del presente convenio serán
las contenidas en el anexo I e incluirán, conforme al objetivo establecido en la cláusula
primera:
1. La formación del personal de la Administración General del Estado, del personal
de las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de las ciudades de Ceuta y
Melilla, del personal de las Administraciones de las entidades locales y del personal de
los organismos públicos, agencias y demás entidades de derecho público con
personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de cualquiera de las
Administraciones Públicas y del personal de las Universidades públicas encargado de la
ejecución, control y auditoría del PRTR en todos sus niveles.
2. La formación de otro personal distinto de los anteriores, encargado de la
ejecución, control y seguimiento del PRTR en organismos colaboradores o participantes
directos en el PRTR.
3. El desarrollo, puesta en funcionamiento y aplicación de los medios técnicos y las
herramientas informáticas o de otro tipo necesarias en su caso para el desarrollo de las
actuaciones formativas previstas, poniéndolos a disposición de la SGFE.
4. El desarrollo de jornadas de difusión del PRTR y de la formación impartida con
cargo a él.
5. La organización de un máximo de cinco foros formativos de discusión y debate
en materia de formación del PRTR.
6. La organización de al menos un seminario anual sobre el PRTR a nivel nacional
durante la vigencia del presente convenio.
7. Cualesquiera otras actividades, actuaciones e inversiones que, con el acuerdo
previo de las partes y de conformidad con su clausulado, puedan llevarse a cabo en el
marco de la formación necesaria para la implementación del PRTR y la consecución de
los hitos y objetivos contemplados en esta materia en el mismo.

a) Dirigir la planificación de la formación objeto del presente convenio y establecer
la metodología de la misma dirigida al logro del refuerzo de las capacidades
administrativas y de la transformación de la Administración para la ejecución del PRTR
contenidos en el Plan de Transformación, Recuperación y Resiliencia.
b) Participar conjuntamente con el INAP en los trabajos de desarrollo de los
objetivos y contenidos particulares de cada una de las actuaciones a desarrollar y
facilitar la coordinación general de las actividades formativas y de difusión, en
colaboración con el INAP.

cve: BOE-A-2023-4784
Verificable en https://www.boe.es

Para el desarrollo de estas actuaciones, la SGFE se compromete, con cargo a los
fondos provenientes del Next Generation EU y conforme con lo contenido en el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, a: