III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-4784)
Resolución de 20 de febrero de 2023, de la Secretaría General de Fondos Europeos, por la que se publica el Convenio con el Instituto Nacional de Administración Pública, O.A., para el desarrollo de actuaciones formativas en materia de ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45
Miércoles 22 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 27151
c) Proponer la participación del personal y profesionales que considere para la
autoría de contenidos, la docencia o su inclusión como ponentes en las diferentes
actividades formativas y de difusión.
d) Intercambiar con el INAP los informes, documentación y directrices de interés mutuo.
Por su parte, el INAP se compromete a:
a) Programar, diseñar, ejecutar, desarrollar el seguimiento y evaluar las diferentes
actividades formativas y de difusión, en consonancia con el apartado a) de la sección
anterior.
b) Ceder las aulas e instalaciones y recursos que sean necesarios para el
desarrollo de las actividades durante el periodo de duración del convenio.
c) Facilitar el uso de sus medios técnicos tales como plataforma virtual, medios
electrónicos y audiovisuales y demás que sean necesarios para el correcto
funcionamiento de las actividades programadas.
d) Realizar la tramitación y el pago de los gastos originados por la ejecución de las
actuaciones que se vayan a llevar a cabo.
Tercera. Resultados y evaluación.
Además de las obligaciones propias derivadas del cumplimiento del PRTR conforme
con la normativa vigente a los efectos del sistema de información gestión y seguimiento
del PRTR, el INAP elaborará y presentará a la SGFE, en todo caso antes del 30 de junio,
un informe de seguimiento de la formación desarrollada, en el que evaluará la formación
impartida en ese periodo. También elaborará, a la finalización del convenio un informe
final.
Cuarta. Compromisos económicos.
Los gastos derivados de la ejecución de las actuaciones contenidas en este convenio
serán a cargo de la Secretaría General de Fondos Europeos, por un importe máximo
de 110.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.50.72.93KE.290, de los
Presupuestos Generales para 2023, de la forma que se indica en los siguientes párrafos.
Dicha cantidad se abonará al INAP, mediante la correspondiente transferencia
bancaria que la Secretaría General de Fondos Europeos efectuará en la cuenta corriente
que el INAP designe al efecto.
El importe presupuestado podrá ser abonado en dos pagos diferenciados. En primer
lugar, podrá realizarse un pago a la entrega del informe de seguimiento, que deberá
presentarse con anterioridad al 30 de junio de 2023. El segundo pago se ejecutará en todo
caso una vez entregado el informe final, que deberá presentarse antes del 15 de diciembre
de 2023.
Seguimiento y control.
Se constituirá una Comisión Mixta de seguimiento del presente convenio, de carácter
paritario, presidida por un funcionario de la Secretaría General de Fondos Europeos y
con representantes de la Secretaría General de Fondos Europeos y el INAP. Esta
Comisión será la encargada de efectuar el seguimiento, la vigilancia y el control de la
ejecución del convenio, y de los compromisos adquiridos.
La Comisión Mixta estará compuesta al menos por los siguientes representantes de
cada una de las partes:
– Por parte de la SGFE, el Director de Gabinete de la Secretaría General o persona
en quien delegue.
– Por parte del INAP, el Subdirector de Aprendizaje o la persona en quien delegue.
cve: BOE-A-2023-4784
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 45
Miércoles 22 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 27151
c) Proponer la participación del personal y profesionales que considere para la
autoría de contenidos, la docencia o su inclusión como ponentes en las diferentes
actividades formativas y de difusión.
d) Intercambiar con el INAP los informes, documentación y directrices de interés mutuo.
Por su parte, el INAP se compromete a:
a) Programar, diseñar, ejecutar, desarrollar el seguimiento y evaluar las diferentes
actividades formativas y de difusión, en consonancia con el apartado a) de la sección
anterior.
b) Ceder las aulas e instalaciones y recursos que sean necesarios para el
desarrollo de las actividades durante el periodo de duración del convenio.
c) Facilitar el uso de sus medios técnicos tales como plataforma virtual, medios
electrónicos y audiovisuales y demás que sean necesarios para el correcto
funcionamiento de las actividades programadas.
d) Realizar la tramitación y el pago de los gastos originados por la ejecución de las
actuaciones que se vayan a llevar a cabo.
Tercera. Resultados y evaluación.
Además de las obligaciones propias derivadas del cumplimiento del PRTR conforme
con la normativa vigente a los efectos del sistema de información gestión y seguimiento
del PRTR, el INAP elaborará y presentará a la SGFE, en todo caso antes del 30 de junio,
un informe de seguimiento de la formación desarrollada, en el que evaluará la formación
impartida en ese periodo. También elaborará, a la finalización del convenio un informe
final.
Cuarta. Compromisos económicos.
Los gastos derivados de la ejecución de las actuaciones contenidas en este convenio
serán a cargo de la Secretaría General de Fondos Europeos, por un importe máximo
de 110.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.50.72.93KE.290, de los
Presupuestos Generales para 2023, de la forma que se indica en los siguientes párrafos.
Dicha cantidad se abonará al INAP, mediante la correspondiente transferencia
bancaria que la Secretaría General de Fondos Europeos efectuará en la cuenta corriente
que el INAP designe al efecto.
El importe presupuestado podrá ser abonado en dos pagos diferenciados. En primer
lugar, podrá realizarse un pago a la entrega del informe de seguimiento, que deberá
presentarse con anterioridad al 30 de junio de 2023. El segundo pago se ejecutará en todo
caso una vez entregado el informe final, que deberá presentarse antes del 15 de diciembre
de 2023.
Seguimiento y control.
Se constituirá una Comisión Mixta de seguimiento del presente convenio, de carácter
paritario, presidida por un funcionario de la Secretaría General de Fondos Europeos y
con representantes de la Secretaría General de Fondos Europeos y el INAP. Esta
Comisión será la encargada de efectuar el seguimiento, la vigilancia y el control de la
ejecución del convenio, y de los compromisos adquiridos.
La Comisión Mixta estará compuesta al menos por los siguientes representantes de
cada una de las partes:
– Por parte de la SGFE, el Director de Gabinete de la Secretaría General o persona
en quien delegue.
– Por parte del INAP, el Subdirector de Aprendizaje o la persona en quien delegue.
cve: BOE-A-2023-4784
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.