II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública. (BOE-A-2023-4695)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de febrero de 2023

Sec. II.B. Pág. 26905

Con el fin de adecuar el disfrute de las vacaciones anuales, se establece que las
vacaciones de estos funcionarios en prácticas, por necesidades del servicio y de acuerdo
con el artículo 74 del texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado,
aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, abarcarán desde el 1 al 31 de agosto
del año en que se realice el curso selectivo.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo con el procedimiento de
calificación previsto en esta convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como
funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 24.1 del Real
Decreto 364/1995, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a
propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor,
debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al
inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo
con la puntuación obtenida.
II.

Valoración

II.1 Fase de oposición. Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la
forma siguiente:
Primer ejercicio: La parte A del ejercicio se calificará con una puntuación máxima
de 10 puntos y la parte B se calificará como «apto» o «no apto» (se otorgará la
calificación de «apto» cuando se alcance, al menos, el 50 por 100 de la valoración total
de la parte B del ejercicio).
Para superar el primer ejercicio será necesario obtener un mínimo de 5 puntos en la
Parte A y la calificación de «apto» en la parte B.
Los aspirantes que obtengan en este ejercicio una puntuación igual o superior al 60
por ciento de la calificación máxima prevista (6 puntos sobre 10) y la calificación de
«apto» en la parte B, podrán conservar la puntuación obtenida en dicho ejercicio en la
convocatoria inmediatamente posterior, siempre y cuando el ejercicio, la forma de
calificación y su contenido sea análogo y no se produzcan actualizaciones normativas
transcendentes en su contenido. En cualquier caso, la persona aspirante que tenga
conservada su puntuación, de estimarlo oportuno, podrá renunciar a esta y realizar de
nuevo la prueba en la siguiente convocatoria. En este sentido, se entenderá efectuada la
renuncia con la mera presentación al ejercicio que se trate.
Segundo ejercicio: La parte A del ejercicio se calificará con una puntuación máxima
de 10 puntos y, en la parte B, cada supuesto práctico se calificará sobre un máximo
de 15 puntos, de tal forma que la parte B del ejercicio se calificará con una puntuación
máxima total de 30 puntos.
Para superar el ejercicio será necesario obtener un mínimo de 3 puntos en la parte A,
5 puntos en cada supuesto práctico, y un total de 15 puntos en el ejercicio.
Tercer ejercicio: El primer supuesto práctico sobre contratación administrativa se
calificará sobre un máximo de 15 puntos y el segundo supuesto práctico sobre valoración
catastral, procedimientos de valoración catastral, elaboración de ponencias de valores de
bienes inmuebles de naturaleza urbana y sobre valor de referencia, procedimiento para
su determinación, y definición del mapas de valores, se calificará sobre un máximo de 15
puntos, de tal forma que el ejercicio se calificará con una puntuación máxima total de 30
puntos. Para superar el ejercicio será necesario obtener un mínimo de 5 puntos en el
primer supuesto, de 5 puntos en el segundo supuesto y un total de 15 puntos en el
ejercicio.
Cuarto ejercicio: Se calificará con una puntuación máxima de 20 puntos, y para
superarlo será necesario obtener un mínimo de 10 puntos.
El Tribunal expondrá la relación de aprobados de cada ejercicio, especificándose la
puntuación que hubieran obtenido. Los que no figuren en la relación se considerarán
excluidos.

cve: BOE-A-2023-4695
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Núm. 45