II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública. (BOE-A-2023-4695)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 26904
General (administracion.gob.es) y en el Portal Funciona, la relación de aspirantes que
hayan superado el correspondiente ejercicio, con indicación de la puntuación obtenida.
Los aspirantes que no figuren en la relación se considerarán excluidos.
I.2 Fase de concurso. La fase de concurso, de carácter no eliminatorio, consistirá
en la valoración de los siguientes méritos: servicios prestados, grado personal
consolidado y cursos de formación.
Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que participen por el turno de
promoción interna que hayan superado la fase anterior dispondrán de un plazo de 20
días hábiles, a contar desde la publicación del listado de aspirantes que hayan superado
la fase de oposición, para presentar la certificación de méritos, debiendo ser expedida
por los servicios de personal de los Ministerios u organismos donde presten, o en su
caso hayan prestado, sus servicios y en la que consten los méritos a valorar en la fase
de concurso, de conformidad con lo previsto en la base decimoctava de la Orden
HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE del 22).
La certificación de méritos deberá realizarse según el modelo incluido como anexo V
a esta Resolución.
La no presentación de la certificación en el plazo señalado supondrá la no valoración
del aspirante en la fase de concurso.
Si alguno de los aspirantes funcionarios y funcionarias, en servicio activo en la
Administración del Estado en el Cuerpo o Escala desde el que participa por promoción
interna, únicamente va a solicitar la valoración de los requisitos que figuren inscritos en
el Registro Central de Personal, podrá autorizar a la Administración la consulta de los
datos obrantes en el mismo. En tal caso, y dentro del plazo establecido para presentar la
documentación, el aspirante deberá dar su conformidad cumplimentando y presentando
el modelo que figura como anexo VI a esta Resolución.
Finalizada la fase de oposición o de concurso-oposición, el Tribunal hará pública la
relación de aprobados por orden de puntuación en el tablón de anuncios de la sede del
Tribunal, en la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública
(www.hacienda.gob.es), en el Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es) y
en el Portal Funciona. Dicha relación se publicará mediante Resolución en el «Boletín
Oficial del Estado», disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días
hábiles, desde la publicación oficial, para presentar la documentación acreditativa de los
requisitos exigidos en la convocatoria.
I.3 Curso selectivo. Todos los aspirantes del sistema general de acceso libre que
superen la fase de oposición y los del sistema de promoción interna que superen las
fases de oposición y concurso, realizarán un curso selectivo en la Escuela de Hacienda
Pública del Instituto de Estudios Fiscales, que deberán superar con aprovechamiento.
En el curso se desarrollarán materias relacionadas con las siguientes áreas: jurídica,
inmobiliaria, gestión financiera, urbanística, tributaria, facultativa y catastral, así como las
de carácter complementario e instrumental útiles para el desempeño de las funciones
encomendadas al Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública, incluyendo un módulo
en materia de igualdad entre hombres y mujeres y otro en materia de violencia de
género. El curso selectivo servirá asimismo como elemento de valoración de los
conocimientos y las pruebas prácticas que no hayan sido objeto de evaluación en la fase
de concurso-oposición.
Tendrá una duración máxima de cinco meses lectivos, y comenzará en el plazo
máximo de cuatro meses, contado a partir de la finalización del plazo fijado para la
presentación de la documentación requerida en la publicación de la lista de aprobados
de la fase de oposición o concurso-oposición en el «Boletín Oficial del Estado».
La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del mismo
será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas, valoradas
por la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales, originará la
imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se
perderá el derecho a ser nombrado funcionario de carrera.
cve: BOE-A-2023-4695
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 45
Miércoles 22 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 26904
General (administracion.gob.es) y en el Portal Funciona, la relación de aspirantes que
hayan superado el correspondiente ejercicio, con indicación de la puntuación obtenida.
Los aspirantes que no figuren en la relación se considerarán excluidos.
I.2 Fase de concurso. La fase de concurso, de carácter no eliminatorio, consistirá
en la valoración de los siguientes méritos: servicios prestados, grado personal
consolidado y cursos de formación.
Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que participen por el turno de
promoción interna que hayan superado la fase anterior dispondrán de un plazo de 20
días hábiles, a contar desde la publicación del listado de aspirantes que hayan superado
la fase de oposición, para presentar la certificación de méritos, debiendo ser expedida
por los servicios de personal de los Ministerios u organismos donde presten, o en su
caso hayan prestado, sus servicios y en la que consten los méritos a valorar en la fase
de concurso, de conformidad con lo previsto en la base decimoctava de la Orden
HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE del 22).
La certificación de méritos deberá realizarse según el modelo incluido como anexo V
a esta Resolución.
La no presentación de la certificación en el plazo señalado supondrá la no valoración
del aspirante en la fase de concurso.
Si alguno de los aspirantes funcionarios y funcionarias, en servicio activo en la
Administración del Estado en el Cuerpo o Escala desde el que participa por promoción
interna, únicamente va a solicitar la valoración de los requisitos que figuren inscritos en
el Registro Central de Personal, podrá autorizar a la Administración la consulta de los
datos obrantes en el mismo. En tal caso, y dentro del plazo establecido para presentar la
documentación, el aspirante deberá dar su conformidad cumplimentando y presentando
el modelo que figura como anexo VI a esta Resolución.
Finalizada la fase de oposición o de concurso-oposición, el Tribunal hará pública la
relación de aprobados por orden de puntuación en el tablón de anuncios de la sede del
Tribunal, en la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública
(www.hacienda.gob.es), en el Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es) y
en el Portal Funciona. Dicha relación se publicará mediante Resolución en el «Boletín
Oficial del Estado», disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días
hábiles, desde la publicación oficial, para presentar la documentación acreditativa de los
requisitos exigidos en la convocatoria.
I.3 Curso selectivo. Todos los aspirantes del sistema general de acceso libre que
superen la fase de oposición y los del sistema de promoción interna que superen las
fases de oposición y concurso, realizarán un curso selectivo en la Escuela de Hacienda
Pública del Instituto de Estudios Fiscales, que deberán superar con aprovechamiento.
En el curso se desarrollarán materias relacionadas con las siguientes áreas: jurídica,
inmobiliaria, gestión financiera, urbanística, tributaria, facultativa y catastral, así como las
de carácter complementario e instrumental útiles para el desempeño de las funciones
encomendadas al Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública, incluyendo un módulo
en materia de igualdad entre hombres y mujeres y otro en materia de violencia de
género. El curso selectivo servirá asimismo como elemento de valoración de los
conocimientos y las pruebas prácticas que no hayan sido objeto de evaluación en la fase
de concurso-oposición.
Tendrá una duración máxima de cinco meses lectivos, y comenzará en el plazo
máximo de cuatro meses, contado a partir de la finalización del plazo fijado para la
presentación de la documentación requerida en la publicación de la lista de aprobados
de la fase de oposición o concurso-oposición en el «Boletín Oficial del Estado».
La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del mismo
será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas, valoradas
por la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales, originará la
imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se
perderá el derecho a ser nombrado funcionario de carrera.
cve: BOE-A-2023-4695
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 45