III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-4794)
Resolución de 11 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica del X Acuerdo Marco del Grupo Repsol.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45
Miércoles 22 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 27286
Aprobar su reglamento de funcionamiento interno, teniendo en cuenta los criterios
generales establecidos en el «Reglamento de funcionamiento de los Comités de
Seguridad y Salud de Repsol», que se adjunta como disposición adicional.
Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y
programas de prevención de riesgos en la empresa. A tal efecto, en su seno se debatirán
antes de su puesta en práctica, y en lo referente a su incidencia en la prevención de
riegos, los proyectos en materia de:
1.
2.
3.
4.
5.
Planificación.
Organización del trabajo.
Introducción de nuevas tecnologías.
Organización y desarrollo de las actividades de protección y prevención.
Proyecto y organización de la formación en materia preventiva.
Proponer y promover iniciativas tendentes a mejorar los niveles de prevención de los
riesgos en el centro de trabajo.
5.
Facultades. El CSS está facultado para:
1. Conocer directamente la situación relativa a la prevención de riesgos en el centro
de trabajo, realizando a tal efecto las visitas que estime oportunas.
2. Conocer cuántos documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo
sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones. Así como los procedentes de los
Servicios de Prevención en su caso.
3. Conocer y analizar los daños producidos en la salud o en la integridad física de
los trabajadores, al objeto de valorar sus causas y proponer las medidas preventivas
oportunas.
4. Conocer e informar la memoria y programación anual de los servicios de
prevención.
5. Conocer y analizar cuantos incidentes y accidentes se produzcan en el seno del
Centro de Trabajo. En caso de accidentes personales graves, muy graves o con
resultados de fallecimientos, se informará urgentemente (en un plazo límite de 24 horas)
a los miembros del CSS.
6. Participar en las Comisiones de Investigación de accidentes que puedan
formarse, en cuyo caso tendrán derecho a participar un representante por cada opción
sindical representada en el comité.
Disposición adicional III. Incorporación plena al convenio colectivo de los empleados
denominados excluido de convenio (no directivos)
La incorporación plena al convenio colectivo por parte del personal excluido no
directivo (o que proviniera de dicha situación, en cuyo caso se regirá por lo previsto en
su contrato) se producirá sin merma de la retribución fija del trabajador, mediante la
asignación en el grupo y nivel de convenio cuyo salario base o salario asignado sumado
al plus de antigüedad resultante de haber mantenido su cómputo durante todo el periodo
de permanencia como excluido de convenio y al resto de conceptos retributivos de
cve: BOE-A-2023-4794
Verificable en https://www.boe.es
6. Crédito horario. Será considerado en todo caso como tiempo efectivo de trabajo,
sin imputación al crédito horario, el correspondiente a las reuniones del Comité de
Seguridad y Salud y a cualesquiera otras convocadas por el empresario en materia de
prevención de riesgos, así como el destinado a las actividades relacionadas con el
funcionamiento de dichos comités.
7. Tramitación de iniciativas y propuestas. Las iniciativas y propuestas de mejora,
en los asuntos de competencia de los CSS, que surjan fuera del marco de las reuniones
establecidas, se canalizarán a través del/de la Secretario/a, que se encargará de
informar al resto de los miembros del CSS.
Núm. 45
Miércoles 22 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 27286
Aprobar su reglamento de funcionamiento interno, teniendo en cuenta los criterios
generales establecidos en el «Reglamento de funcionamiento de los Comités de
Seguridad y Salud de Repsol», que se adjunta como disposición adicional.
Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y
programas de prevención de riesgos en la empresa. A tal efecto, en su seno se debatirán
antes de su puesta en práctica, y en lo referente a su incidencia en la prevención de
riegos, los proyectos en materia de:
1.
2.
3.
4.
5.
Planificación.
Organización del trabajo.
Introducción de nuevas tecnologías.
Organización y desarrollo de las actividades de protección y prevención.
Proyecto y organización de la formación en materia preventiva.
Proponer y promover iniciativas tendentes a mejorar los niveles de prevención de los
riesgos en el centro de trabajo.
5.
Facultades. El CSS está facultado para:
1. Conocer directamente la situación relativa a la prevención de riesgos en el centro
de trabajo, realizando a tal efecto las visitas que estime oportunas.
2. Conocer cuántos documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo
sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones. Así como los procedentes de los
Servicios de Prevención en su caso.
3. Conocer y analizar los daños producidos en la salud o en la integridad física de
los trabajadores, al objeto de valorar sus causas y proponer las medidas preventivas
oportunas.
4. Conocer e informar la memoria y programación anual de los servicios de
prevención.
5. Conocer y analizar cuantos incidentes y accidentes se produzcan en el seno del
Centro de Trabajo. En caso de accidentes personales graves, muy graves o con
resultados de fallecimientos, se informará urgentemente (en un plazo límite de 24 horas)
a los miembros del CSS.
6. Participar en las Comisiones de Investigación de accidentes que puedan
formarse, en cuyo caso tendrán derecho a participar un representante por cada opción
sindical representada en el comité.
Disposición adicional III. Incorporación plena al convenio colectivo de los empleados
denominados excluido de convenio (no directivos)
La incorporación plena al convenio colectivo por parte del personal excluido no
directivo (o que proviniera de dicha situación, en cuyo caso se regirá por lo previsto en
su contrato) se producirá sin merma de la retribución fija del trabajador, mediante la
asignación en el grupo y nivel de convenio cuyo salario base o salario asignado sumado
al plus de antigüedad resultante de haber mantenido su cómputo durante todo el periodo
de permanencia como excluido de convenio y al resto de conceptos retributivos de
cve: BOE-A-2023-4794
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6. Crédito horario. Será considerado en todo caso como tiempo efectivo de trabajo,
sin imputación al crédito horario, el correspondiente a las reuniones del Comité de
Seguridad y Salud y a cualesquiera otras convocadas por el empresario en materia de
prevención de riesgos, así como el destinado a las actividades relacionadas con el
funcionamiento de dichos comités.
7. Tramitación de iniciativas y propuestas. Las iniciativas y propuestas de mejora,
en los asuntos de competencia de los CSS, que surjan fuera del marco de las reuniones
establecidas, se canalizarán a través del/de la Secretario/a, que se encargará de
informar al resto de los miembros del CSS.