I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Organización. (BOE-A-2023-4653)
Real Decreto 118/2023, de 21 de febrero, por el que se regula la organización y funcionamiento del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45
Miércoles 22 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 26826
CAPÍTULO III
Organización y funcionamiento de los servicios territoriales del INGESA
Artículo 8.
Estructura territorial.
Los servicios territoriales del INGESA son los siguientes:
a) El Centro Nacional de Dosimetría.
b) Las Direcciones territoriales de Ceuta y de Melilla.
c) Las Gerencias de atención sanitaria de las ciudades de Ceuta y de Melilla.
Artículo 9. Del Centro Nacional de Dosimetría del INGESA.
1. El Centro Nacional de Dosimetría es un servicio de soporte tecnológico,
complementario a la atención sanitaria, especializado en la protección radiológica contra
los efectos nocivos de las radiaciones ionizantes.
2. Corresponde al Centro Nacional de Dosimetría:
a) La protección, promoción y mejora de la salud laboral en el ámbito de la
Protección Radiológica.
b) La realización de programas específicos de protección y prevención orientados a
los grupos de población con mayor riesgo radiológico por el uso de radiaciones
ionizantes, como son las personas pacientes y las personas trabajadoras del Sistema
Nacional de Salud sometidas al uso diagnóstico o terapéutico de las radiaciones
ionizantes.
c) El fomento de la investigación científica en el campo específico de los usos
diagnósticos y terapéuticos de las radiaciones ionizantes, así como en Protección
Radiológica.
d) La realización de los estudios necesarios para orientar con mayor eficacia la
prevención de los riesgos para la salud causados por las radiaciones ionizantes,
debiendo tener como base un sistema organizado de vigilancia e información
dosimétrica.
Artículo 10. De la Gerencia del Centro Nacional de Dosimetría.
a) La ordenación de los recursos humanos, materiales y financieros del centro,
mediante la programación, dirección, control y evaluación de su funcionamiento en el
conjunto de sus divisiones y con respecto a los servicios que presta.
b) La propuesta, dirección, coordinación y evaluación de las actividades y la calidad
de los servicios prestados por el Centro Nacional de Dosimetría.
c) La adopción de medidas para hacer efectiva la continuidad del Centro Nacional
de Dosimetría, especialmente, en los casos de pandemias, crisis y emergencias
sanitarias u otras circunstancias similares.
cve: BOE-A-2023-4653
Verificable en https://www.boe.es
1. La dirección y gestión del Centro Nacional de Dosimetría corresponde a la
Gerencia.
2. La persona titular de la Gerencia será nombrada mediante el procedimiento de
libre designación, con el nivel que se determine en la relación de puestos de trabajo,
siendo competente para ello la persona titular de la Subsecretaría de Sanidad, conforme
dispone el Real Decreto 735/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Sanidad, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28
de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
3. Corresponde a la persona titular de la Gerencia, la representación del Centro
Nacional de Dosimetría y, la superior autoridad y responsabilidad dentro de él y, en
particular:
Núm. 45
Miércoles 22 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 26826
CAPÍTULO III
Organización y funcionamiento de los servicios territoriales del INGESA
Artículo 8.
Estructura territorial.
Los servicios territoriales del INGESA son los siguientes:
a) El Centro Nacional de Dosimetría.
b) Las Direcciones territoriales de Ceuta y de Melilla.
c) Las Gerencias de atención sanitaria de las ciudades de Ceuta y de Melilla.
Artículo 9. Del Centro Nacional de Dosimetría del INGESA.
1. El Centro Nacional de Dosimetría es un servicio de soporte tecnológico,
complementario a la atención sanitaria, especializado en la protección radiológica contra
los efectos nocivos de las radiaciones ionizantes.
2. Corresponde al Centro Nacional de Dosimetría:
a) La protección, promoción y mejora de la salud laboral en el ámbito de la
Protección Radiológica.
b) La realización de programas específicos de protección y prevención orientados a
los grupos de población con mayor riesgo radiológico por el uso de radiaciones
ionizantes, como son las personas pacientes y las personas trabajadoras del Sistema
Nacional de Salud sometidas al uso diagnóstico o terapéutico de las radiaciones
ionizantes.
c) El fomento de la investigación científica en el campo específico de los usos
diagnósticos y terapéuticos de las radiaciones ionizantes, así como en Protección
Radiológica.
d) La realización de los estudios necesarios para orientar con mayor eficacia la
prevención de los riesgos para la salud causados por las radiaciones ionizantes,
debiendo tener como base un sistema organizado de vigilancia e información
dosimétrica.
Artículo 10. De la Gerencia del Centro Nacional de Dosimetría.
a) La ordenación de los recursos humanos, materiales y financieros del centro,
mediante la programación, dirección, control y evaluación de su funcionamiento en el
conjunto de sus divisiones y con respecto a los servicios que presta.
b) La propuesta, dirección, coordinación y evaluación de las actividades y la calidad
de los servicios prestados por el Centro Nacional de Dosimetría.
c) La adopción de medidas para hacer efectiva la continuidad del Centro Nacional
de Dosimetría, especialmente, en los casos de pandemias, crisis y emergencias
sanitarias u otras circunstancias similares.
cve: BOE-A-2023-4653
Verificable en https://www.boe.es
1. La dirección y gestión del Centro Nacional de Dosimetría corresponde a la
Gerencia.
2. La persona titular de la Gerencia será nombrada mediante el procedimiento de
libre designación, con el nivel que se determine en la relación de puestos de trabajo,
siendo competente para ello la persona titular de la Subsecretaría de Sanidad, conforme
dispone el Real Decreto 735/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Sanidad, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28
de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
3. Corresponde a la persona titular de la Gerencia, la representación del Centro
Nacional de Dosimetría y, la superior autoridad y responsabilidad dentro de él y, en
particular: