III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-4642)
Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Agenda Urbana y Vivienda y el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., para la gestión de los avales por cuenta del Estado de la "Línea de avales rehabilitación edificatoria residencial".
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44

Martes 21 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 26695

recuperación y resiliencia de España, constituye un instrumento que se encuentra
recogido en el Componente 2, «Implementación de la Agenda Urbana española: Plan de
rehabilitación y regeneración urbana», del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia en el marco de la reforma C02.R06 «Mejora de la financiación de las
actuaciones de rehabilitación» y de la inversión C02.I01 «Programa de rehabilitación
para la recuperación económica y social en entornos residenciales», al contribuir a la
creación de un entorno favorable para el desarrollo de la actividad de rehabilitación
residencial.
Sexto.
Que mediante Acuerdos de Consejo de Ministros de 11 de julio de 2022:
– Se establecen las condiciones aplicables, los criterios y requisitos de la línea de
avales para la cobertura parcial, por cuenta del Estado, de la financiación de obras de
rehabilitación que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética, establecida en el
artículo 4 de la referida Ley 10/2022, de 14 de junio.
– Con cargo a las partidas presupuestarias que se indican en este convenio, se han
autorizado límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en
aplicación de lo dispuesto en el artículo 47.3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre,
General Presupuestaria, para financiar por parte del MITMA la compensación a ICO por
los gastos de gestión y administración incurridos por la línea prevista en la Ley 10/2022,
de 14 de junio.
Séptimo.
Que, mediante Acuerdo de Consejo de Ministros de 18 de octubre de 2022, en el
marco de lo dispuesto en el artículo 74.5 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre,
General Presupuestaria, se autoriza al MITMA, a través de la Secretaría General de
Agenda Urbana y Vivienda, a suscribir un convenio con el ICO, para la gestión de avales
en el marco de la línea de avales para la cobertura parcial de la financiación de las obras
de rehabilitación que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética, establecida en
el artículo 4 de la Ley 10/2022, de 14 de junio.
Octavo.
De acuerdo con la excepción contemplada en el apartado 20 de la de la Instrucción
cuarta del Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2017, por el que se
aprueban las instrucciones para la tramitación de convenios, publicado en BOE por la
Orden PRA/1267/2017, de 21 de diciembre, el presente convenio no está sujeto a la
autorización previa del Ministerio de Hacienda y Función Pública prevista en el
apartado 2 del artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, el presente convenio cuenta con la autorización previa. El convenio
cuenta con el informe jurídico preceptivo emitido por los servicios jurídicos del ICO y
del MITMA.

Que la Secretaría General de Agenda Urbana y Vivienda y el ICO proponen la
suscripción de un convenio, por el que se establecen los términos de la gestión por ICO

cve: BOE-A-2023-4642
Verificable en https://www.boe.es

Noveno.