I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Desarrollo sostenible y solidaridad global. (BOE-A-2023-4512)
Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44

Martes 21 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 26125

Artículo 28. El Consejo Superior de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la
Solidaridad Global.
1. El Consejo Superior de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la
Solidaridad Global es el órgano del Gobierno para la coordinación general de todas las
entidades del sistema español de cooperación al desarrollo dentro de la Administración
General del Estado que ejecutan programas, proyectos y acciones de cooperación para
el desarrollo sostenible, y vela por la aplicación de los principios contenidos en esta ley
por la actuación con enfoque de conjunto del Gobierno.
Asimismo, el Consejo Superior de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la
Solidaridad Global asegura la participación, deliberación y consulta con otros actores del
sistema de la cooperación española. En el Consejo Superior participarán los agentes
sociales, las organizaciones no gubernamentales de desarrollo y de derechos humanos,
una representación de la cooperación descentralizada, que, en el caso de la local serán
representantes de los fondos de solidaridad o de redes de entes locales que ejecutan
AOD, las universidades, y otras instituciones y organismos de carácter privado y de la
sociedad civil, el sector público empresarial y de la economía social, así como personas
expertas independientes.
2. El Consejo superior estará presidido por la persona titular del Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Buscará una representación
equilibrada de actores y administración con el fin de reflejar el carácter plural y
participativo del organismo y su eficacia. Su composición y estructura serán definidas
reglamentariamente. Contará con seis vicepresidencias:
a) La vicepresidencia primera corresponderá a la persona titular de la Secretaría de
Estado de Cooperación Internacional.
b) La vicepresidencia segunda, a la persona titular de la Secretaría General del
Tesoro.
c) La vicepresidencia tercera, a la persona que ostente la dirección de la AECID.
d) La vicepresidencia cuarta, a la persona que presida la Coordinadora de ONG
para el desarrollo Sostenible.
e) La vicepresidencia quinta, a la persona titular de la Secretaría de Estado de
Agenda 2030.
f) La vicepresidencia sexta, a la persona designada por los actores sociales de
manera rotativa.
El Consejo Superior tiene las siguientes funciones:

a) Establecer directrices y fijar criterios que faciliten la coordinación, la coherencia y
la complementariedad de las actividades que realicen en materia de cooperación para el
desarrollo sostenible los departamentos ministeriales y organismos públicos y entidades
de Derecho público vinculados o dependientes de la Administración General del Estado,
tanto en España como en los países socios, en la Unión Europea y en los organismos
multilaterales, a través de las acciones realizadas conjuntamente con estos, y en las
posiciones adoptadas por la representación española en sus órganos de gobierno, en
particular en los bancos multilaterales de desarrollo a los que España aporta capital.
b) Informar y someter a la aprobación del Gobierno, a través de la persona titular
del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, la propuesta de Plan
Director; conocer e informar los Marcos de Asociación y Alianzas País para el desarrollo
sostenible, los Marcos de Asociación Estratégica Multilateral y las Estrategias temáticas
para el desarrollo sostenible, y, emitir recomendaciones para la mejora para todos ellos,
así como de cualquier otro instrumento cuando se considere oportuno.
c) Conocer los avances y obstáculos para la aplicación del principio de coherencia
de políticas para el desarrollo sostenible, y emitir recomendaciones para la mejora del
conjunto de las políticas que desde la Administración General del Estado y otros actores

cve: BOE-A-2023-4512
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