III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-4485)
Resolución de 9 de febrero de 2023, del Instituto de Estudios Fiscales, por la que se publica el Convenio con el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias, para el otorgamiento de becas de investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43

Lunes 20 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 25878

Además de las anteriores, deberá:
– Desarrollar las actividades necesarias para el cumplimiento de objetivos y
obtención de los resultados previstos en este convenio.
– Gestionar los recursos de la subvención con rigurosidad, eficiencia y eficacia.
– Desarrollar el apoyo administrativo y realizar la gestión, coordinación técnica y
logística a través de la Secretaría Ejecutiva del CIAT.
Quinta.
El IEF tendrá, entre otras, las siguientes obligaciones:
– Garantizar las contribuciones financieras para el desarrollo del objeto del presente
convenio, de acuerdo con lo estipulado en la convocatoria de la beca.
– Aportar al CIAT cuanta información sea precisa para la ejecución del presente
convenio.
– Promover la divulgación de los avances y logros.
Sexta.
El CIAT, para asegurar la gestión, la correcta ejecución y el seguimiento de la beca,
presentará los siguientes informes:
– Informe de puesta en ejecución y seguimiento, deberá ser remitido al IEF junto con
la entrega parcial del trabajo de investigación durante el cuarto trimestre de 2023.
– Informe de ejecución y seguimiento, deberá ser remitido al IEF junto con la entrega
parcial del trabajo de investigación durante el cuarto trimestre de 2024.
– Memoria o informe final, al que acompañará la entrega del trabajo final, durante el
primer trimestre de 2025, una vez finalizado el trabajo de investigación.
Séptima.
Se constituirá una Comisión de Seguimiento, formada por un representante de cada
una de las partes firmantes, que será el mecanismo de seguimiento, vigilancia y control
de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes, y
resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse
respecto del presente convenio.
Por parte del IEF será la Directora de Estudios, y por parte del CIAT, el representante
de España ante el CIAT.
Octava.

Por el CIAT:
Secretaría Ejecutiva del CIAT. Avda. Ramón Arias. Edificio CIAT. 0834-02129 Ciudad
de Panamá. Panamá.
Por el IEF:
Secretaría General
Madrid. España.

del

IEF.

Avda.

Cardenal

Herrera

Oria,

378.

28035

cve: BOE-A-2023-4485
Verificable en https://www.boe.es

Toda notificación o solicitud exigida o autorizada en virtud del presente convenio
deberá realizarse por escrito. Se considerará que tal notificación o solicitud se ha
realizado debidamente cuando una de las partes que se indica a continuación haya
entregado en mano o enviado por correo postal o electrónico a la otra parte dicha
notificación o solicitud, pudiendo ambas, mediante el correspondiente escrito, indicar
otras direcciones distintas de las señaladas.