II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos. (BOE-A-2023-4402)
Resolución de 13 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se aprueba el programa y el desarrollo del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de promoción interna, en el Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 25444
el «Boletín Oficial del Estado» al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, se
otorgarán 0,60 puntos por cada año completo de servicio, hasta un máximo de 18
puntos.
2.1.2 Grado personal consolidado. Según el grado personal que se tenga
consolidado y formalizado a través de acuerdo de reconocimiento de grado por la
autoridad competente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado», se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 6 puntos:
Hasta el grado 18 inclusive: 3 puntos.
Por cada unidad de grado que exceda de 18: 0,25 puntos.
2.1.3 Cursos de formación. La superación o impartición de cursos de formación
relacionados con las funciones que se desempeñarán en el Cuerpo Facultativo de
Conservadores de Museos, acreditados por el funcionario, se valorarán por el Tribunal
con 0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima que se podrá obtener por este apartado
será de 6 puntos. Los cursos deberán tener una duración igual o superior a quince horas
lectivas y haber sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de
Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por Organizaciones
Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el
Empleo de las Administraciones Públicas. Los cursos deberán acreditarse mediante
diploma, certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento o
impartición.
La certificación de los méritos para la fase de concurso deberá realizarse según el
modelo incluido como anexo a la convocatoria.
Personal laboral fijo.
2.2.1 Antigüedad. Servicios prestados como personal laboral fijo en la
Administración General del Estado o en Organismos Públicos, Agencias y demás
Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o
dependientes de la Administración General del Estado, la puntuación máxima será de 18
puntos a razón de 0,60 puntos por año completo de servicios.
2.2.2 Trabajo desarrollado. Por el tiempo de servicios efectivos prestados como
personal laboral fijo en puestos del grupo y especialidad 1G-Archivos, Bibliotecas y
Museos del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración
General del Estado vigente o de categoría profesional equivalente del III Convenio Único
para el Personal Laboral de la Administración General del Estado, siempre y cuando los
puestos en los que se han desempeñado dichas funciones hayan quedado encuadrados
en el grupo y especialidad 1G-Archivos, Bibliotecas y Museos del IV Convenio colectivo
único para el personal laboral de la Administración General del Estado vigente, se
otorgará 1 punto por cada año completo de servicios hasta un máximo de 6 puntos.
2.2.3 Cursos de formación. La superación o impartición de cursos de formación
relacionados con las funciones que se desempeñarán en el Cuerpo Facultativo de
Conservadores de Museos acreditados por el trabajador, se valorarán por el Tribunal
con 0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima que se podrá obtener por este apartado
será de 6 puntos. Los cursos, anotados en el RCP o sistema análogo, deberán tener una
duración igual o superior a 15 horas lectivas y haber sido convocados, impartidos u
homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de
Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores
dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones
Públicas. Los cursos deberán acreditarse mediante diploma, certificación de asistencia
y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento o impartición.
La certificación de los méritos del personal laboral fijo para la fase de concurso
deberá realizarse según el modelo incluido como anexo de la convocatoria.
3. Curso selectivo. El curso selectivo será organizado por la Secretaría General de
Cultura y Deporte y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos y
cve: BOE-A-2023-4402
Verificable en https://www.boe.es
2.2
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 25444
el «Boletín Oficial del Estado» al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, se
otorgarán 0,60 puntos por cada año completo de servicio, hasta un máximo de 18
puntos.
2.1.2 Grado personal consolidado. Según el grado personal que se tenga
consolidado y formalizado a través de acuerdo de reconocimiento de grado por la
autoridad competente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado», se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 6 puntos:
Hasta el grado 18 inclusive: 3 puntos.
Por cada unidad de grado que exceda de 18: 0,25 puntos.
2.1.3 Cursos de formación. La superación o impartición de cursos de formación
relacionados con las funciones que se desempeñarán en el Cuerpo Facultativo de
Conservadores de Museos, acreditados por el funcionario, se valorarán por el Tribunal
con 0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima que se podrá obtener por este apartado
será de 6 puntos. Los cursos deberán tener una duración igual o superior a quince horas
lectivas y haber sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de
Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por Organizaciones
Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el
Empleo de las Administraciones Públicas. Los cursos deberán acreditarse mediante
diploma, certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento o
impartición.
La certificación de los méritos para la fase de concurso deberá realizarse según el
modelo incluido como anexo a la convocatoria.
Personal laboral fijo.
2.2.1 Antigüedad. Servicios prestados como personal laboral fijo en la
Administración General del Estado o en Organismos Públicos, Agencias y demás
Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o
dependientes de la Administración General del Estado, la puntuación máxima será de 18
puntos a razón de 0,60 puntos por año completo de servicios.
2.2.2 Trabajo desarrollado. Por el tiempo de servicios efectivos prestados como
personal laboral fijo en puestos del grupo y especialidad 1G-Archivos, Bibliotecas y
Museos del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración
General del Estado vigente o de categoría profesional equivalente del III Convenio Único
para el Personal Laboral de la Administración General del Estado, siempre y cuando los
puestos en los que se han desempeñado dichas funciones hayan quedado encuadrados
en el grupo y especialidad 1G-Archivos, Bibliotecas y Museos del IV Convenio colectivo
único para el personal laboral de la Administración General del Estado vigente, se
otorgará 1 punto por cada año completo de servicios hasta un máximo de 6 puntos.
2.2.3 Cursos de formación. La superación o impartición de cursos de formación
relacionados con las funciones que se desempeñarán en el Cuerpo Facultativo de
Conservadores de Museos acreditados por el trabajador, se valorarán por el Tribunal
con 0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima que se podrá obtener por este apartado
será de 6 puntos. Los cursos, anotados en el RCP o sistema análogo, deberán tener una
duración igual o superior a 15 horas lectivas y haber sido convocados, impartidos u
homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de
Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores
dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones
Públicas. Los cursos deberán acreditarse mediante diploma, certificación de asistencia
y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento o impartición.
La certificación de los méritos del personal laboral fijo para la fase de concurso
deberá realizarse según el modelo incluido como anexo de la convocatoria.
3. Curso selectivo. El curso selectivo será organizado por la Secretaría General de
Cultura y Deporte y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos y
cve: BOE-A-2023-4402
Verificable en https://www.boe.es
2.2