III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2023-4505)
Resolución de 13 de febrero de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Murciano de Salud y el Instituto Social de la Marina, para acceder a los datos de carácter personal mediante el acceso a la historia clínica electrónica para la realización de los reconocimientos médicos de embarque marítimo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43

Lunes 20 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 26067

Por su parte, el Servicio Murciano de Salud ha implantado e integrado diferentes
herramientas asistenciales, de entre las que nos encontramos el sistema Ágora Plus, el
cual funciona como un visor genérico que permite acceder a los datos básicos de las
historias clínicas de cada paciente, y cuyo uso resulta de interés para el correcto
desarrollo de sus funciones por los médicos del Instituto Social de la Marina.
Noveno.
Los RMEM se entenderán realizados en cumplimiento del derecho de los
trabajadores a la vigilancia y control de su salud previsto en el artículo 22 de la
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales y sus normas de
desarrollo.
Décimo.
En los supuestos previstos en el artículo 71.3 del Real Decreto Legislativo 8/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, los médicos de sanidad marítima adscritos al Instituto Social de la
Marina tendrán acceso electrónico y en papel a la historia clínica existente en los
servicios públicos de salud, de todos aquellos trabajadores que requieran que se les
practique el reconocimiento médico de embarque marítimo, sin que sea necesario
recabar el consentimiento del interesado, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 6.1.e) y 9.2.h), del Reglamento (UE 2016/679) del Parlamento y el Consejo,
de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al
tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y artículos 8
y 9 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de derechos digitales.
De este modo, en virtud de lo expuesto, ambas partes están interesadas en suscribir
el presente convenio de cesión de datos con las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto y finalidad.

Segunda.

Alcance de la cesión.

1. El Instituto Social de la Marina se compromete, por el solo hecho de la cesión, a
la observancia en sus actuaciones de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDP-GDD) y del
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

cve: BOE-A-2023-4505
Verificable en https://www.boe.es

Este convenio tiene por objeto articular la cesión de datos de carácter personal y el
acceso a los sistemas de información necesarios para el cumplimiento de las funciones
encomendadas al Instituto Social de Marina respecto a los RMEM, permitiendo el acceso
a los datos personales relativos a los antecedentes sanitarios necesarios con el fin de
obtener resultados más eficaces en materia de salud laboral y una más eficiente
protección de la salud de los trabajadores que quieren desarrollar su actividad a bordo
de un barco.
El presente convenio tiene por objeto definir las condiciones bajo las que los médicos
del Instituto Social de la Marina accederán a los datos de salud del Servicio Murciano de
Salud (en adelante SMS) necesarios para la realización de los reconocimientos médicos
de embarque.