III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-4470)
Resolución de 13 de febrero de 2023, del Consorcio Casa de América, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para establecer las condiciones en las que estudiantes de la Universidad realizarán un programa de prácticas externas, así como el Trabajo Fin de Grado/Máster de cualquier enseñanza impartida por la Universidad, tanto oficiales como propias, según las condiciones particulares de cada modalidad establecidas en el correspondiente programa formativo en la entidad colaboradora.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 25726
del TFG/TFM y a la normativa específica aprobada para su titulación. Asimismo, se
encargará de emitir un informe razonado a la finalización de la estancia de TFG/TFM.
4. Manifestar que posee los medios materiales y servicios disponibles que permiten
garantizar el desarrollo de las actividades formativas planificadas, observando los
criterios de accesibilidad universal y diseño para todos, según lo dispuesto en el Real
Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su
inclusión social.
5. Cumplir y hacer cumplir las medidas de seguridad e higiene establecidas en el
centro de trabajo asignado, e informará, formará y hará cumplir y respetar al
estudiantado dichas medidas.
Quinta.
Condición de entidad colaboradora de la UAM.
Durante el tiempo de vigencia de este convenio, el Consorcio Casa de América
gozará del título de entidad colaboradora en prácticas externas de la UAM, recibiendo las
siguientes contraprestaciones:
Reconocimiento de la función de tutela profesional al personal asignado a las
tutorías, lo que se podrá certificar por parte de la Secretaría Académica del Centro de la
UAM correspondiente.
Quienes ejerzan la tutela profesional tendrán derecho a recibir información acerca de
la normativa que regula las prácticas externas.
Durante el curso académico en que desarrollen su labor de tutorización, las personas
que ejerzan la tutela profesional tendrán acceso a todos los servicios de la UAM, en
iguales condiciones que el resto de participantes de AlumniUAM (acceso al servicio de
biblioteca, acceso al servicio de deportes, acceso al abono del ciclo de conciertos,
utilización de la fonoteca, acceso a actividades culturales, entre otras). En todo caso
podrán formar parte de AlumniUAM+, conforme a las condiciones que se establecen en
el Programa AlumniUAM (https://alumni.uam.es/sumate/hazte-alumniuam). Asimismo, el
Centro de la UAM correspondiente podrá organizar, individualmente o en colaboración
con otras entidades, actividades de formación dirigidas a los tutores profesionales.
A partir del segundo año de colaboración en la tutela profesional, una vez finalizadas
las prácticas externas, y considerando su labor, a propuesta del mencionado Centro y
mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de la UAM, se podrá recibir el nombramiento
de Profesorado Honorario de la UAM.
Protección de datos y transparencia.
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos, y demás normativa de desarrollo.
En especial, las partes intervinientes informan a las personas firmantes que los datos
personales que faciliten en virtud del mismo, o que pudieran proporcionar con
posterioridad, serán tratados con la finalidad de gestionar las relaciones descritas en el
convenio. Este tratamiento se basa en el interés legítimo de las partes y resulta
imprescindible para formalizar y cumplir el convenio, manteniéndose durante el plazo
legalmente exigible para atender las posibles responsabilidades derivadas del mismo.
En el supuesto de que para el cumplimiento, seguimiento y ejecución de las
actividades previstas en el presente convenio se requiera el acceso y tratamiento de
datos personales de terceras personas, la UAM y la entidad colaboradora tendrán la
consideración de corresponsables del tratamiento en la medida en que determinan
conjuntamente los medios y los fines de los tratamientos de los datos pertinentes para el
cve: BOE-A-2023-4470
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 25726
del TFG/TFM y a la normativa específica aprobada para su titulación. Asimismo, se
encargará de emitir un informe razonado a la finalización de la estancia de TFG/TFM.
4. Manifestar que posee los medios materiales y servicios disponibles que permiten
garantizar el desarrollo de las actividades formativas planificadas, observando los
criterios de accesibilidad universal y diseño para todos, según lo dispuesto en el Real
Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su
inclusión social.
5. Cumplir y hacer cumplir las medidas de seguridad e higiene establecidas en el
centro de trabajo asignado, e informará, formará y hará cumplir y respetar al
estudiantado dichas medidas.
Quinta.
Condición de entidad colaboradora de la UAM.
Durante el tiempo de vigencia de este convenio, el Consorcio Casa de América
gozará del título de entidad colaboradora en prácticas externas de la UAM, recibiendo las
siguientes contraprestaciones:
Reconocimiento de la función de tutela profesional al personal asignado a las
tutorías, lo que se podrá certificar por parte de la Secretaría Académica del Centro de la
UAM correspondiente.
Quienes ejerzan la tutela profesional tendrán derecho a recibir información acerca de
la normativa que regula las prácticas externas.
Durante el curso académico en que desarrollen su labor de tutorización, las personas
que ejerzan la tutela profesional tendrán acceso a todos los servicios de la UAM, en
iguales condiciones que el resto de participantes de AlumniUAM (acceso al servicio de
biblioteca, acceso al servicio de deportes, acceso al abono del ciclo de conciertos,
utilización de la fonoteca, acceso a actividades culturales, entre otras). En todo caso
podrán formar parte de AlumniUAM+, conforme a las condiciones que se establecen en
el Programa AlumniUAM (https://alumni.uam.es/sumate/hazte-alumniuam). Asimismo, el
Centro de la UAM correspondiente podrá organizar, individualmente o en colaboración
con otras entidades, actividades de formación dirigidas a los tutores profesionales.
A partir del segundo año de colaboración en la tutela profesional, una vez finalizadas
las prácticas externas, y considerando su labor, a propuesta del mencionado Centro y
mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de la UAM, se podrá recibir el nombramiento
de Profesorado Honorario de la UAM.
Protección de datos y transparencia.
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos, y demás normativa de desarrollo.
En especial, las partes intervinientes informan a las personas firmantes que los datos
personales que faciliten en virtud del mismo, o que pudieran proporcionar con
posterioridad, serán tratados con la finalidad de gestionar las relaciones descritas en el
convenio. Este tratamiento se basa en el interés legítimo de las partes y resulta
imprescindible para formalizar y cumplir el convenio, manteniéndose durante el plazo
legalmente exigible para atender las posibles responsabilidades derivadas del mismo.
En el supuesto de que para el cumplimiento, seguimiento y ejecución de las
actividades previstas en el presente convenio se requiera el acceso y tratamiento de
datos personales de terceras personas, la UAM y la entidad colaboradora tendrán la
consideración de corresponsables del tratamiento en la medida en que determinan
conjuntamente los medios y los fines de los tratamientos de los datos pertinentes para el
cve: BOE-A-2023-4470
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.