I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Cambio climático. (BOE-A-2023-4378)
Ley 6/2022, de 5 de diciembre, del Cambio Climático y la Transición Ecológica de la Comunitat Valenciana.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 25168
3) Mecanismos de pilotaje de las políticas implementadas con seguimiento de los
objetivos para evaluar su grado de logro.
4) Revisión y reformulación, en su caso, del programa de acuerdo con el resultado
obtenido del punto anterior.
b)
Programa de mitigación de emisiones de gases de efecto invernadero.
1) Objetivos y contribuciones cuantitativas a nivel autonómico y sectorial de
reducción de emisiones y absorciones por los sumideros y de los presupuestos de
carbono en el marco de la planificación estatal.
2) Objetivos de ahorro y eficiencia energética y penetración de energías
renovables, garantizando la contribución a estos objetivos de todos los sectores de la
economía.
3) Políticas y medidas específicas para alcanzar dichos objetivos.
4) Mecanismo de seguimiento del programa, su evaluación y prórroga.
c) Programa de concienciación social y capacitación socioeconómica para la
transición ecológica.
d) Análisis del posible impacto del Plan valenciano integrado de energía y cambio
climático en materia de igualdad de género.
e) Dotación presupuestaria desglosada para la implementación de las actuaciones.
Artículo 12.
Programa de adaptación al cambio climático.
1. El programa de adaptación tiene por objeto reducir los riesgos económicos,
ambientales y sociales derivados del cambio climático mediante la incorporación de
medidas de adaptación a los instrumentos de planificación autonómica y local y, en
particular, persigue:
2.
Se considerarán áreas estratégicas para la adaptación, al menos, las siguientes:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
Agua y recursos hídricos.
Suelos y desertificación.
Biodiversidad, áreas protegidas y servicios ecosistémicos.
Servicios ambientales de los sistemas agrícolas, sistemas agrícolas periurbanos.
Reducción del riesgo de desastres.
Energía.
Salud.
Forestal, caza y pesca.
cve: BOE-A-2023-4378
Verificable en https://www.boe.es
a) Orientar y establecer las bases de diseño territorial en todas las escalas para
asegurar la resiliencia del territorio ante los impactos del cambio climático.
b) Orientar y establecer la programación de actuaciones de adaptación en el
cambio climático de la sociedad valenciana, el tejido empresarial y productivo, la
administración de la Generalitat y las entidades locales, según una evaluación de riesgos
asumibles basada en un escenario común.
c) Ampliar la base de conocimiento sobre los impactos del cambio climático en el
territorio de la Comunitat Valenciana, promoviendo la sectorización del entorno y el
aprovechamiento de la evaluación de los datos obtenidos aplicando técnicas de
inteligencia artificial, que permita hacer prospectiva y ser proactivos como
administraciones públicas.
d) Incentivar la participación de la sociedad civil y de los sectores privados en la
identificación de oportunidades y amenazas, poniendo a su disposición los datos
obtenidos por los sistemas de monitorización del medio ambiente de la Generalitat, de
acuerdo con la gobernanza de datos de la Generalitat.
e) Efectuar un seguimiento de la evaluación de los efectos del cambio climático
sobre el empleo y la actividad económica.
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 25168
3) Mecanismos de pilotaje de las políticas implementadas con seguimiento de los
objetivos para evaluar su grado de logro.
4) Revisión y reformulación, en su caso, del programa de acuerdo con el resultado
obtenido del punto anterior.
b)
Programa de mitigación de emisiones de gases de efecto invernadero.
1) Objetivos y contribuciones cuantitativas a nivel autonómico y sectorial de
reducción de emisiones y absorciones por los sumideros y de los presupuestos de
carbono en el marco de la planificación estatal.
2) Objetivos de ahorro y eficiencia energética y penetración de energías
renovables, garantizando la contribución a estos objetivos de todos los sectores de la
economía.
3) Políticas y medidas específicas para alcanzar dichos objetivos.
4) Mecanismo de seguimiento del programa, su evaluación y prórroga.
c) Programa de concienciación social y capacitación socioeconómica para la
transición ecológica.
d) Análisis del posible impacto del Plan valenciano integrado de energía y cambio
climático en materia de igualdad de género.
e) Dotación presupuestaria desglosada para la implementación de las actuaciones.
Artículo 12.
Programa de adaptación al cambio climático.
1. El programa de adaptación tiene por objeto reducir los riesgos económicos,
ambientales y sociales derivados del cambio climático mediante la incorporación de
medidas de adaptación a los instrumentos de planificación autonómica y local y, en
particular, persigue:
2.
Se considerarán áreas estratégicas para la adaptación, al menos, las siguientes:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
Agua y recursos hídricos.
Suelos y desertificación.
Biodiversidad, áreas protegidas y servicios ecosistémicos.
Servicios ambientales de los sistemas agrícolas, sistemas agrícolas periurbanos.
Reducción del riesgo de desastres.
Energía.
Salud.
Forestal, caza y pesca.
cve: BOE-A-2023-4378
Verificable en https://www.boe.es
a) Orientar y establecer las bases de diseño territorial en todas las escalas para
asegurar la resiliencia del territorio ante los impactos del cambio climático.
b) Orientar y establecer la programación de actuaciones de adaptación en el
cambio climático de la sociedad valenciana, el tejido empresarial y productivo, la
administración de la Generalitat y las entidades locales, según una evaluación de riesgos
asumibles basada en un escenario común.
c) Ampliar la base de conocimiento sobre los impactos del cambio climático en el
territorio de la Comunitat Valenciana, promoviendo la sectorización del entorno y el
aprovechamiento de la evaluación de los datos obtenidos aplicando técnicas de
inteligencia artificial, que permita hacer prospectiva y ser proactivos como
administraciones públicas.
d) Incentivar la participación de la sociedad civil y de los sectores privados en la
identificación de oportunidades y amenazas, poniendo a su disposición los datos
obtenidos por los sistemas de monitorización del medio ambiente de la Generalitat, de
acuerdo con la gobernanza de datos de la Generalitat.
e) Efectuar un seguimiento de la evaluación de los efectos del cambio climático
sobre el empleo y la actividad económica.