III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-4366)
Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., y el Ministerio de Defensa, relativo a la contratación precomercial de servicios de I+D, en el ámbito de observación de la tierra por satélite.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42
Sábado 18 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 25072
b.4) Actuar como responsable del contrato precomercial, supervisar su ejecución y
adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la
correcta realización de la prestación pactada. El responsable del contrato dará cuenta de
sus actuaciones al grupo técnico recogido en la cláusula sexta del presente convenio.
Asimismo, podrá recabar la colaboración de expertos independientes para verificar la
correcta ejecución del contrato.
c)
El MINISDEF, a través de la DGAM, adquiere los siguientes compromisos:
c.1) Identificación y definición de la necesidad pública en el ámbito de sus
competencias susceptible/s de ser satisfecha/s mediante la contratación de servicios de I
+D, y descripción de los servicios. En el anexo I se describen las necesidades públicas
que se pretende resolver.
c.2) En caso de que el resultado final de la contratación precomercial sea un
prototipo, el MINISDEF deberá aceptar, recepcionar y mantener el prototipo durante toda
su vida útil, en los términos y condiciones que se acuerden entre las partes.
c.3) Utilizar los prototipos con el fin de realizar trabajos de validación y pruebas,
pero no con fines comerciales. El prototipo deberá ser ubicado y utilizado exclusivamente
en las instalaciones del Ministerio de Defensa.
Cuarta.
Cooperación en las distintas fases de la contratación precomercial.
Las partes asumen los siguientes compromisos en el desarrollo de las distintas fases
de la contratación precomercial objeto del presente convenio:
1. Consulta preliminar de mercado (CPM). Ambas entidades participarán en el
proceso de consulta preliminar al mercado para la adecuada preparación de la licitación
así como para conocer el estado del arte de la tecnología que se pretende adquirir.
Las partes realizarán las siguientes tareas en el marco del grupo técnico de trabajo
previsto en la cláusula sexta:
2. Elaboración de pliegos. Tras analizar el resultado de las consultas preliminares
de mercado, el grupo técnico de trabajo analizará si resulta procedente proponer al
Comité de Dirección de CDTI efectuar la licitación.
Si se decide licitar, el grupo elaborará el pliego o pliegos de la licitación. En particular,
definirá los requisitos de solvencia técnica y económica para participar en la licitación,
así como los criterios de adjudicación, concretando los elementos y las puntuaciones que
determinarán la adjudicación del contrato, así como posibles mejoras. También definirá el
valor estimado del contrato, la política de derechos de propiedad intelectual e industrial y
las fases del procedimiento.
Los integrantes del grupo pertenecientes a la DGAM definirán las especificaciones
técnicas o funcionales de la solución/prototipo que cubran la necesidad pública
detectada, metodologías y procesos, parámetros aplicables, pruebas, certificaciones,
cve: BOE-A-2023-4366
Verificable en https://www.boe.es
– Tareas preparatorias: Redacción del anuncio de la consulta y documentación
anexa (formulario de recogida de propuestas, definición de reto tecnológico), publicación
de la consulta, acciones de difusión iniciales de la CPM.
– Tareas de difusión: Organización de jornada institucional, realización de jornadas/
talleres técnicos, elaboración y actualización de material informativo sobre el proceso de
CPM.
– Tareas de análisis y clasificación de las propuestas recibidas en la CPM.
– Tareas de recopilación de información relevante y elaboración de informe de
conclusiones interno.
– Elaboración de informe de conclusiones externo.
– Organización de jornada de conclusiones sobre la CPM.
– Decisión sobre el correcto desarrollo de la CPM y cierre de la misma.
Núm. 42
Sábado 18 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 25072
b.4) Actuar como responsable del contrato precomercial, supervisar su ejecución y
adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la
correcta realización de la prestación pactada. El responsable del contrato dará cuenta de
sus actuaciones al grupo técnico recogido en la cláusula sexta del presente convenio.
Asimismo, podrá recabar la colaboración de expertos independientes para verificar la
correcta ejecución del contrato.
c)
El MINISDEF, a través de la DGAM, adquiere los siguientes compromisos:
c.1) Identificación y definición de la necesidad pública en el ámbito de sus
competencias susceptible/s de ser satisfecha/s mediante la contratación de servicios de I
+D, y descripción de los servicios. En el anexo I se describen las necesidades públicas
que se pretende resolver.
c.2) En caso de que el resultado final de la contratación precomercial sea un
prototipo, el MINISDEF deberá aceptar, recepcionar y mantener el prototipo durante toda
su vida útil, en los términos y condiciones que se acuerden entre las partes.
c.3) Utilizar los prototipos con el fin de realizar trabajos de validación y pruebas,
pero no con fines comerciales. El prototipo deberá ser ubicado y utilizado exclusivamente
en las instalaciones del Ministerio de Defensa.
Cuarta.
Cooperación en las distintas fases de la contratación precomercial.
Las partes asumen los siguientes compromisos en el desarrollo de las distintas fases
de la contratación precomercial objeto del presente convenio:
1. Consulta preliminar de mercado (CPM). Ambas entidades participarán en el
proceso de consulta preliminar al mercado para la adecuada preparación de la licitación
así como para conocer el estado del arte de la tecnología que se pretende adquirir.
Las partes realizarán las siguientes tareas en el marco del grupo técnico de trabajo
previsto en la cláusula sexta:
2. Elaboración de pliegos. Tras analizar el resultado de las consultas preliminares
de mercado, el grupo técnico de trabajo analizará si resulta procedente proponer al
Comité de Dirección de CDTI efectuar la licitación.
Si se decide licitar, el grupo elaborará el pliego o pliegos de la licitación. En particular,
definirá los requisitos de solvencia técnica y económica para participar en la licitación,
así como los criterios de adjudicación, concretando los elementos y las puntuaciones que
determinarán la adjudicación del contrato, así como posibles mejoras. También definirá el
valor estimado del contrato, la política de derechos de propiedad intelectual e industrial y
las fases del procedimiento.
Los integrantes del grupo pertenecientes a la DGAM definirán las especificaciones
técnicas o funcionales de la solución/prototipo que cubran la necesidad pública
detectada, metodologías y procesos, parámetros aplicables, pruebas, certificaciones,
cve: BOE-A-2023-4366
Verificable en https://www.boe.es
– Tareas preparatorias: Redacción del anuncio de la consulta y documentación
anexa (formulario de recogida de propuestas, definición de reto tecnológico), publicación
de la consulta, acciones de difusión iniciales de la CPM.
– Tareas de difusión: Organización de jornada institucional, realización de jornadas/
talleres técnicos, elaboración y actualización de material informativo sobre el proceso de
CPM.
– Tareas de análisis y clasificación de las propuestas recibidas en la CPM.
– Tareas de recopilación de información relevante y elaboración de informe de
conclusiones interno.
– Elaboración de informe de conclusiones externo.
– Organización de jornada de conclusiones sobre la CPM.
– Decisión sobre el correcto desarrollo de la CPM y cierre de la misma.