III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Financiación. Entes locales. (BOE-A-2023-4353)
Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, por la que se establecen instrucciones relativas al calendario de aplicación de los procedimientos para financiar la cancelación de obligaciones pendientes de pago a proveedores de determinadas Entidades Locales y al contenido de los planes de ajuste y su posible revisión en el ámbito de dichos procedimientos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 18 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 24976
El procedimiento obligatorio se iniciará de oficio por el Ministerio de Hacienda y
Función Pública, sin necesidad de presentación de solicitud por parte de las entidades
locales relacionadas en el anexo I del ACDGAE de 6 de febrero de 2023.
El procedimiento voluntario requerirá la presentación de la correspondiente solicitud
por parte de las entidades locales relacionadas en el anexo II del ACDGAE de 6 de
febrero de 2023.
Tanto la relación de las entidades locales a las que resulta de aplicación el régimen
obligatorio como la de las que pueden solicitar financiación en el régimen voluntario, y
los importes máximos que se financiarían por el FFEELL se pueden consultar en la
aplicación correspondiente a este Fondo en la OVEL, en la página web del Ministerio de
Hacienda y Función Pública.
Asimismo, la presente resolución regula los aspectos relacionados con el contenido
de los planes de ajuste e instrucciones para su revisión en los dos procedimientos de
cancelación de las obligaciones pendientes de pago de determinadas Entidades Locales
con proveedores.
Apartado 2. Calendario aplicable en el caso de inclusión obligatoria en el procedimiento
de pagos a proveedores.
Con arreglo al procedimiento aprobado en el ACDGAE de 6 de febrero de 2023, se
establece el siguiente calendario aplicable a las Entidades Locales que están obligadas a
acogerse al procedimiento de pagos a proveedores:
Primera fase: Los interventores de las Entidades Locales comprendidas en este
ámbito subjetivo del Fondo de Ordenación, tendrán obligación de incorporar entre el 6 de
marzo y el 21 de marzo de 2023, a las 23:59 horas, ambos incluidos, en la plataforma
telemática que se habilite por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, una
relación certificada de todas las obligaciones pendientes de pago que cumplan los
requisitos y condiciones establecidas en el citado Acuerdo de la Comisión Delegada del
Gobierno, y que se reproducen en el apartado I.2 del extracto del mismo publicado en la
OVEL, en el enlace:
https://www.hacienda.gob.es/Documentacion/Publico/DGCFEL/
PagoProveedoresEELL/20230208-Acuerdo-CDGAE-Pago-ProveedoresFFEELL-2023-02-06-Extracto-para-OVEL.pdf
El importe total que se incluya mediante este procedimiento de pagos no podrá
superar, para cada Entidad Local, el máximo recogido en la aplicación telemática del
Fondo de Financiación a Entidades Locales en la OVEL, del Ministerio de Hacienda y
Función Pública. En el caso de que el importe de las obligaciones pendientes de pago
supere dicho máximo, se tendrá que suministrar aquella información hasta este límite,
atendiendo a la antigüedad de aquellas obligaciones.
Los mecanismos de identificación considerados válidos para las Entidades Locales
son, por un lado, el certificado digital de representante de persona jurídica, o en su
defecto, un certificado personal o ClavePIN. En caso de emplear estos dos últimos como
modo de identificación, será necesario disponer de apoderamiento al trámite.
El acceso a la mencionada plataforma se realizará a través de la Sede Electrónica de
la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en la siguiente ruta:
Inicio / Todas las gestiones / Otros servicios / Financiación Autonómica y Local /
Plataforma de pago a proveedores de Entidades Locales 2023 (apdos. 3 y 4 del art. 40
RDL 17/2014 y ACDGAE de 06-02-23).
Segunda fase: Entre los días 22 de marzo y 11 de abril de 2023, a las 23:59 horas,
ambos incluidos, los proveedores, con respeto a la normativa de protección de datos de
carácter personal, podrán consultar aquella relación en dicha plataforma telemática,
mediante certificado electrónico correspondiente a su NIF, para comprobar que sus
cve: BOE-A-2023-4353
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 42
Sábado 18 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 24976
El procedimiento obligatorio se iniciará de oficio por el Ministerio de Hacienda y
Función Pública, sin necesidad de presentación de solicitud por parte de las entidades
locales relacionadas en el anexo I del ACDGAE de 6 de febrero de 2023.
El procedimiento voluntario requerirá la presentación de la correspondiente solicitud
por parte de las entidades locales relacionadas en el anexo II del ACDGAE de 6 de
febrero de 2023.
Tanto la relación de las entidades locales a las que resulta de aplicación el régimen
obligatorio como la de las que pueden solicitar financiación en el régimen voluntario, y
los importes máximos que se financiarían por el FFEELL se pueden consultar en la
aplicación correspondiente a este Fondo en la OVEL, en la página web del Ministerio de
Hacienda y Función Pública.
Asimismo, la presente resolución regula los aspectos relacionados con el contenido
de los planes de ajuste e instrucciones para su revisión en los dos procedimientos de
cancelación de las obligaciones pendientes de pago de determinadas Entidades Locales
con proveedores.
Apartado 2. Calendario aplicable en el caso de inclusión obligatoria en el procedimiento
de pagos a proveedores.
Con arreglo al procedimiento aprobado en el ACDGAE de 6 de febrero de 2023, se
establece el siguiente calendario aplicable a las Entidades Locales que están obligadas a
acogerse al procedimiento de pagos a proveedores:
Primera fase: Los interventores de las Entidades Locales comprendidas en este
ámbito subjetivo del Fondo de Ordenación, tendrán obligación de incorporar entre el 6 de
marzo y el 21 de marzo de 2023, a las 23:59 horas, ambos incluidos, en la plataforma
telemática que se habilite por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, una
relación certificada de todas las obligaciones pendientes de pago que cumplan los
requisitos y condiciones establecidas en el citado Acuerdo de la Comisión Delegada del
Gobierno, y que se reproducen en el apartado I.2 del extracto del mismo publicado en la
OVEL, en el enlace:
https://www.hacienda.gob.es/Documentacion/Publico/DGCFEL/
PagoProveedoresEELL/20230208-Acuerdo-CDGAE-Pago-ProveedoresFFEELL-2023-02-06-Extracto-para-OVEL.pdf
El importe total que se incluya mediante este procedimiento de pagos no podrá
superar, para cada Entidad Local, el máximo recogido en la aplicación telemática del
Fondo de Financiación a Entidades Locales en la OVEL, del Ministerio de Hacienda y
Función Pública. En el caso de que el importe de las obligaciones pendientes de pago
supere dicho máximo, se tendrá que suministrar aquella información hasta este límite,
atendiendo a la antigüedad de aquellas obligaciones.
Los mecanismos de identificación considerados válidos para las Entidades Locales
son, por un lado, el certificado digital de representante de persona jurídica, o en su
defecto, un certificado personal o ClavePIN. En caso de emplear estos dos últimos como
modo de identificación, será necesario disponer de apoderamiento al trámite.
El acceso a la mencionada plataforma se realizará a través de la Sede Electrónica de
la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en la siguiente ruta:
Inicio / Todas las gestiones / Otros servicios / Financiación Autonómica y Local /
Plataforma de pago a proveedores de Entidades Locales 2023 (apdos. 3 y 4 del art. 40
RDL 17/2014 y ACDGAE de 06-02-23).
Segunda fase: Entre los días 22 de marzo y 11 de abril de 2023, a las 23:59 horas,
ambos incluidos, los proveedores, con respeto a la normativa de protección de datos de
carácter personal, podrán consultar aquella relación en dicha plataforma telemática,
mediante certificado electrónico correspondiente a su NIF, para comprobar que sus
cve: BOE-A-2023-4353
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 42