I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Infraestructuras ferroviarias. (BOE-A-2023-4324)
Orden TMA/135/2023, de 15 de febrero, por la que se aprueban la instrucción ferroviaria para el proyecto y construcción del subsistema de infraestructura (IFI) y la instrucción ferroviaria para el proyecto y construcción del subsistema de energía (IFE) y se modifican la Orden FOM/1630/2015, de 14 de julio, por la que se aprueba la Instrucción ferroviaria de gálibos y la Orden FOM/2015/2016, de 30 de diciembre, por la que se aprueba el Catálogo Oficial de Señales de Circulación Ferroviaria en la Red Ferroviaria de Interés General.
337 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42

Sábado 18 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 24478

Esta clase se corresponde con la clase de protección 2-A definida en la presente
Instrucción.
La clase de protección mínima necesaria a aplicar en el cruce entre andenes se
indica en el cuadro 2.1.2.1. No obstante, los administradores de infraestructura y los
gestores de las estaciones cuando la gestión de las mismas esté encomendada a un
operador distinto del administrador de infraestructuras, deberían evaluar la conveniencia
de adoptar una clase de protección superior a través de la aplicación del Método Común
de Seguridad para la evaluación y valoración del riesgo, así como medidas adicionales
de protección del cruce o de restricción de la circulación, en función de condicionantes
tales como:
– La siniestralidad existente,
– El momento de circulación peatonal (PxT),
– La coexistencia en la estación de trenes con y sin parada comercial,
– Las circunstancias excepcionales de uso de la estación, o
– Los factores externos o ambientales, tales como la frecuencia de días de niebla o
la disminución de visibilidad que ocasione la configuración de vías ante la presencia de
trenes detenidos, aproximándose o alejándose.
Cuando la gestión de la estación en cuestión esté encomendada a un operador
distinto del administrador de infraestructuras, el gestor de la estación recabará
información del administrador de infraestructuras sobre los condicionantes y efectos que
tal actuación pudiera suponer también a la explotación de la línea.
La definición de los equipamientos asociados a cada clase de protección se incluye
en el apartado 2.1.2.2 del presente libro y el equipamiento de iluminación y balizamiento
en los apartados 2.1.2.3.a) y 2.1.2.3.b) del presente libro. En los apartados 2.1.2.3.c)
y 2.1.2.3.d) del presente libro se incluyen ejemplos de balizamiento.
Los cruces entre andenes y rampas de acceso cumplirán los requisitos de los
apartados 4.1.4.7.7.c.1 y 4.1.4.7.7.c.2 del libro tercero.
ii.

En ausencia de actuaciones.

En aquellas estaciones que no se acondicionen o bien estén situadas en líneas o
tramos de éstas que no sean objeto de acondicionamiento o renovación, se recomienda
que los administradores de infraestructura planifiquen las actuaciones precisas, en los
plazos que permita la disponibilidad presupuestaria, para:

cve: BOE-A-2023-4324
Verificable en https://www.boe.es

1. Que todos los cruces entre andenes sean equipados con la iluminación y
balizamiento que cumpla los requisitos incluidos en los apartados 2.1.2.3.a) y 2.1.2.3.b)
del presente libro. En los apartados 2.1.2.3.c) y 2.1.2.3.d) del presente libro se incluyen
ejemplos de balizamiento.
2. La clase de protección mínima necesaria a aplicar en el cruce entre andenes sea
la indicada en el cuadro 2.1.2.1.