III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-4308)
Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Vivienda y Suelo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, para la ejecución del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Viernes 17 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 24358

12. Actuar, en su caso, a través de entidades colaboradoras, previa la suscripción
del correspondiente convenio o encomienda de gestión, o por otro medio establecido en
derecho y compatible con el PEAV, detallándose las funciones encomendadas,
incluyendo la transferencia o entrega de los fondos públicos a los beneficiarios, dando
conocimiento a este Ministerio.
13. Remitir sus comunicaciones de información al Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, de acuerdo con el Protocolo de Intercambio Normalizado de
Información sobre el PEAV (PIN), y su guía que será puesto a su disposición por el
citado Ministerio.
Duodécima.
1.

Seguimiento, control y evaluación del PEAV.

Comisión Multilateral de Vivienda y Suelo.

Ambas partes se comprometen a participar en la Comisión Multilateral de Vivienda y
Suelo, regulada en el punto 2 del artículo 133 del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero,
constituida la persona titular de la Secretaría General de Agenda Urbana y Vivienda del
Ministerio, que la presidirá, y las personas responsables designadas en cada comunidad
autónoma y ciudad de Ceuta y Melilla por las titulares de las correspondientes
Consejerías, competentes en la materia, con rango mínimo de Director General.
La Comisión Multilateral de Vivienda y Suelo, podrá participar en el seguimiento y
evaluación del PEAV proponiendo criterios e indicadores generales de eficacia y
debatiendo acerca de cuantas actuaciones resulten necesarias para su mejor
implantación, así como para proponer correcciones a las eventuales desviaciones
respecto a la evolución del PEAV, que sean detectadas.
2.

Comisión de Seguimiento.

a) Comprobar y verificar el efectivo intercambio de información entre ambas
Administraciones y analizar su contenido.
b) Establecer la metodología específica para evaluar la eficacia en el desarrollo y
cumplimiento del convenio, analizando su desarrollo y cumplimiento y formulando las
oportunas propuestas en el caso de desviaciones del objeto del convenio.
c) Formular y acordar, en su caso, las propuestas de financiación específica en los
programas de incremento del parque público de viviendas, de fomento de viviendas para
personas mayores o personas con discapacidad, de fomento de alojamientos
temporales, de modelos cohousing, de viviendas intergeneracionales y modalidades
similares, de puesta a disposición de viviendas de la SAREB y de entidades públicas

cve: BOE-A-2023-4308
Verificable en https://www.boe.es

Ambas partes se comprometen a efectuar el seguimiento conjunto y coordinar sus
actuaciones en orden al cumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente
convenio. A tal efecto, se constituirá la Comisión de Seguimiento conforme establece el
apartado 3 del artículo 133 del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero.
La Comisión de Seguimiento, estará constituida por el Director General de Vivienda y
Suelo del Ministerio (que la presidirá) y por la persona titular del órgano competente en la
materia de la Comunidad de Madrid.
La Comisión de Seguimiento velará por el adecuado cumplimiento de lo convenido,
pudiendo acordar reajustes en las actuaciones inicialmente previstas en y entre los
distintos programas, así como otros ajustes que resultasen necesarios, por las
modificaciones que pudieran producirse en la financiación del PEAV, respetando siempre
el marco general establecido en el convenio y sin que las reordenaciones que se
acuerden, puedan suponer un incremento de las dotaciones presupuestarias a aportar
por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en cada año, ni se
prolonguen más allá del ejercicio 2025.
La Comisión de Seguimiento celebrará sesiones ya sea por videoconferencia o
presenciales, al menos, una vez al año.
Las funciones de la Comisión de Seguimiento son: