III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2023-4307)
Resolución de 31 de enero de 2023, de la Dirección General de Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria, por la que se publica el Convenio con la Junta de Andalucía, para la financiación de la Línea 3 del Metro de Sevilla (Tramo Norte).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Viernes 17 de febrero de 2023

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5. Si la inversión ejecutada durante el año supera la anualidad prevista, la
diferencia se imputará a los ejercicios futuros, siempre que exista crédito en los
correspondientes presupuestos.
Cuarta.

Obligaciones de las partes.

1. El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana asume los siguientes
compromisos:
a) La financiación del coste de las actuaciones que se relacionan en el Anexo, en
los términos previstos en la cláusula segunda. Para ello consignará anualmente las
anualidades correspondientes a su aportación.
b) Impulsar, en el ámbito de sus competencias, todos los procedimientos que
permitan a la Junta de Andalucía cumplir con los compromisos contraídos en el presente
Convenio.
c) Realizar, en el marco de las competencias que le son propias, cualesquiera otras
acciones que se estimen necesarias y oportunas para la consecución de los objetivos de
este Convenio.
2.

La Junta de Andalucía asume los siguientes compromisos:

a) La financiación del coste de las actuaciones que se relacionan en el Anexo, en
los términos previstos en la cláusula segunda. Para ello consignará anualmente las
anualidades correspondientes a su aportación.
b) Llevar a cabo las licitaciones pertinentes para la construcción de la Línea 3 del
Metro de Sevilla (Tramo Norte).
c) Reflejar la contribución financiera del Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana en los carteles de obra y en los documentos que se elaboren como
consecuencia de las actuaciones a realizar en el ámbito de este Convenio.
Quinta.

Seguimiento del convenio.

1. Para velar por el cumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes en
este Convenio y en sus posteriores acuerdos de desarrollo, así como la correcta
ejecución de las actuaciones recogidas en el mismo, se creará una Comisión de
seguimiento compuesta por 3 representantes del Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana y 3 representantes de la Junta de Andalucía.
Por parte del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana:
– El Secretario General de Infraestructuras.
– El Director General de Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria.
– Otro representante del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Por parte de la Junta de Andalucía:

2. El Viceconsejero de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de
Andalucía presidirá la Comisión de seguimiento del Convenio.
3. Las funciones de secretario de la Comisión de seguimiento serán ejercidas por
un representante del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
4. A dicha Comisión se podrán incorporar, por acuerdo de las partes, los técnicos
cuya presencia se considere conveniente para el cumplimiento de las funciones que la
Comisión tiene encomendadas.

cve: BOE-A-2023-4307
Verificable en https://www.boe.es

– El Viceconsejero de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.
– El Director General de Infraestructuras del Transporte.
– Otro representante de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y
Vivienda.