III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2023-4307)
Resolución de 31 de enero de 2023, de la Dirección General de Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria, por la que se publica el Convenio con la Junta de Andalucía, para la financiación de la Línea 3 del Metro de Sevilla (Tramo Norte).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41
Viernes 17 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 24338
participantes, Junta de Andalucía y AGE, y una segunda fase de explotación y
mantenimiento que será a cargo de la Junta de Andalucía, y en su caso, con la
participación de las administraciones locales de forma similar a la Línea 1.
En el análisis para abordar la ampliación de la Red de Metro de Sevilla se incorpora
como prioritario el tramo norte de la línea 3 (Norte-Sur), en función de los datos de
utilización y cobertura de la población que aportan los trabajos ya realizados.
Sexto.
La Disposición adicional centésima trigésima octava de la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, establece, con
vigencia indefinida, y a los efectos del artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
que «los convenios cuyo objeto sea la ejecución de infraestructuras de transporte
terrestre, aéreo y marítimo tendrán la duración que corresponda al programa de
ejecución o financiación de estas, que deberá incorporarse como anexo a la memoria
justificativa del convenio, y cuyo plazo inicial no podrá superar los diez años. Las partes
podrán acordar su prórroga, antes de la finalización del plazo final, por un período de
hasta siete años adicionales».
Séptimo.
Con los fundamentos y razones que han sido expuestos la Junta de Andalucía y la
AGE, a través del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, desean
articular la colaboración en la financiación de la Línea 3 de Metro de Sevilla (Tramo
Norte) y en consecuencia dichas administraciones formalizan este Convenio con
sujeción a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El Convenio tiene por objeto articular el régimen de colaboración de la AGE, a través
del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y la Junta de Andalucía en la
financiación de las infraestructuras de la Línea 3 de Metro de Sevilla (Tramo Norte), para
llevar a cabo las actuaciones que se relacionan en el Anexo de este Convenio, que se
incorpora como parte integrante del mismo.
Financiación.
1. El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Junta de Andalucía
se comprometen a financiar la inversión de la Línea 3 del Metro de Sevilla (Tramo Norte),
aportando cada administración el 50 % de la inversión requerida.
En caso de que se obtengan para la financiación de las obras fondos europeos no
estructurales, la cofinanciación será respecto de la cantidad resultante, una vez deducido
el importe de tales fondos, manteniéndose el mismo porcentaje de colaboración por cada
una de las partes.
2. El importe objeto del presente Convenio asciende a 1.301.265.429,19 euros.
Este importe incluye el coste de todas las obras necesarias y sus instalaciones, así como
el de la dirección de obras, asistencias técnicas a la dirección de obras, control
ambiental, control de calidad, coordinación de seguridad y salud de las obras, reposición
de servicios afectados y expropiaciones, con el detalle de actuaciones indicado en el
Anexo de este Convenio.
3. El coste de las actuaciones antedichas a financiar por el Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana se fija en un importe máximo de 650.632.714,60 euros, que
se realizará con cargo a la dotación que se asigne en la aplicación presupuestaria
cve: BOE-A-2023-4307
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 41
Viernes 17 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 24338
participantes, Junta de Andalucía y AGE, y una segunda fase de explotación y
mantenimiento que será a cargo de la Junta de Andalucía, y en su caso, con la
participación de las administraciones locales de forma similar a la Línea 1.
En el análisis para abordar la ampliación de la Red de Metro de Sevilla se incorpora
como prioritario el tramo norte de la línea 3 (Norte-Sur), en función de los datos de
utilización y cobertura de la población que aportan los trabajos ya realizados.
Sexto.
La Disposición adicional centésima trigésima octava de la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, establece, con
vigencia indefinida, y a los efectos del artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
que «los convenios cuyo objeto sea la ejecución de infraestructuras de transporte
terrestre, aéreo y marítimo tendrán la duración que corresponda al programa de
ejecución o financiación de estas, que deberá incorporarse como anexo a la memoria
justificativa del convenio, y cuyo plazo inicial no podrá superar los diez años. Las partes
podrán acordar su prórroga, antes de la finalización del plazo final, por un período de
hasta siete años adicionales».
Séptimo.
Con los fundamentos y razones que han sido expuestos la Junta de Andalucía y la
AGE, a través del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, desean
articular la colaboración en la financiación de la Línea 3 de Metro de Sevilla (Tramo
Norte) y en consecuencia dichas administraciones formalizan este Convenio con
sujeción a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El Convenio tiene por objeto articular el régimen de colaboración de la AGE, a través
del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y la Junta de Andalucía en la
financiación de las infraestructuras de la Línea 3 de Metro de Sevilla (Tramo Norte), para
llevar a cabo las actuaciones que se relacionan en el Anexo de este Convenio, que se
incorpora como parte integrante del mismo.
Financiación.
1. El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Junta de Andalucía
se comprometen a financiar la inversión de la Línea 3 del Metro de Sevilla (Tramo Norte),
aportando cada administración el 50 % de la inversión requerida.
En caso de que se obtengan para la financiación de las obras fondos europeos no
estructurales, la cofinanciación será respecto de la cantidad resultante, una vez deducido
el importe de tales fondos, manteniéndose el mismo porcentaje de colaboración por cada
una de las partes.
2. El importe objeto del presente Convenio asciende a 1.301.265.429,19 euros.
Este importe incluye el coste de todas las obras necesarias y sus instalaciones, así como
el de la dirección de obras, asistencias técnicas a la dirección de obras, control
ambiental, control de calidad, coordinación de seguridad y salud de las obras, reposición
de servicios afectados y expropiaciones, con el detalle de actuaciones indicado en el
Anexo de este Convenio.
3. El coste de las actuaciones antedichas a financiar por el Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana se fija en un importe máximo de 650.632.714,60 euros, que
se realizará con cargo a la dotación que se asigne en la aplicación presupuestaria
cve: BOE-A-2023-4307
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.