III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-4221)
Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Repsol Química, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40
Jueves 16 de febrero de 2023
Disposición adicional undécima.
Sec. III. Pág. 24042
Comisiones Técnicas.
Ambas partes se comprometen a constituir la siguiente Comisión Técnica de
composición paritaria, limitándose a un máximo de seis representantes por parte de la
Dirección y seis por parte de los sindicatos firmantes del XV Convenio Colectivo de
Repsol Química, SA.
Las mencionadas Comisiones se constituirán en enero de 2023.
– Sexto turno.
Revisión de la normativa y desarrollo de la actual regulación del trabajo rotativo a tres
turnos.
– Mantenimiento.
Análisis del desarrollo de los distintos grupos profesionales del área de
mantenimiento en los complejos industriales.
Las conclusiones de la Comisión Técnica se trasladarán a lo largo del año 2023 a la
Comisión de Seguimiento para su aprobación, en su caso. Ambas partes podrán acordar
una prórroga en aras a continuar con el estudio y análisis necesarios para completar las
conclusiones.
Aquellas conclusiones que impliquen la modificación de lo pactado en convenio se
someterán a la Comisión Negociadora para su negociación y aprobación.
Disposición adicional duodécima.
Planes de pensiones.
Todas las prestaciones del seguro por fallecimiento e incapacidad prevista en los
reglamentos del plan de pensiones estarán sujetas al salario regulador máximo (tope)
fijado en los reglamentos de los Planes de Pensiones. En 2022 dicho tope está fijado en
un importe de 110.471,08 euros y se revisará el 1 de enero de cada año según el
incremento salarial inicial acordado, en su caso, para dicho periodo, con efectos desde la
fecha de revisión en adelante.
Disposición transitoria primera.
Tarragona.
Régimen específico de jornada intensiva en el centro de
La Dirección de la empresa propone el régimen de jornada intensiva todo el año sólo
para el personal con jornada ordinaria del Complejo Industrial de Tarragona en los
siguientes términos:
– La bolsa de horas se programará en el correspondiente calendario laboral, a razón
de 40 horas en tardes, quedando 30 horas disponibles para necesidades organizativas.
– Respecto al colectivo de empleados pertenecientes a las áreas de mantenimiento
y afines (entendiendo por afines, las áreas de almacén, inspección y construcción), las
horas de bolsa serán compensadas por las prolongaciones realizadas en los siguientes
trabajos:
• Trabajos programados:
Paradas programadas, grandes reparaciones y periodos punta.
cve: BOE-A-2023-4221
Verificable en https://www.boe.es
A) Bolsa de horas: A efectos de cálculo de la jornada diaria, en el calendario laboral
del centro se distribuirá la jornada anual establecida en convenio colectivo descontando
de la misma setenta horas anuales, con las que se constituirá una bolsa de horas para
ser trabajadas de acuerdo con la regulación que se detalla en los puntos siguientes:
Núm. 40
Jueves 16 de febrero de 2023
Disposición adicional undécima.
Sec. III. Pág. 24042
Comisiones Técnicas.
Ambas partes se comprometen a constituir la siguiente Comisión Técnica de
composición paritaria, limitándose a un máximo de seis representantes por parte de la
Dirección y seis por parte de los sindicatos firmantes del XV Convenio Colectivo de
Repsol Química, SA.
Las mencionadas Comisiones se constituirán en enero de 2023.
– Sexto turno.
Revisión de la normativa y desarrollo de la actual regulación del trabajo rotativo a tres
turnos.
– Mantenimiento.
Análisis del desarrollo de los distintos grupos profesionales del área de
mantenimiento en los complejos industriales.
Las conclusiones de la Comisión Técnica se trasladarán a lo largo del año 2023 a la
Comisión de Seguimiento para su aprobación, en su caso. Ambas partes podrán acordar
una prórroga en aras a continuar con el estudio y análisis necesarios para completar las
conclusiones.
Aquellas conclusiones que impliquen la modificación de lo pactado en convenio se
someterán a la Comisión Negociadora para su negociación y aprobación.
Disposición adicional duodécima.
Planes de pensiones.
Todas las prestaciones del seguro por fallecimiento e incapacidad prevista en los
reglamentos del plan de pensiones estarán sujetas al salario regulador máximo (tope)
fijado en los reglamentos de los Planes de Pensiones. En 2022 dicho tope está fijado en
un importe de 110.471,08 euros y se revisará el 1 de enero de cada año según el
incremento salarial inicial acordado, en su caso, para dicho periodo, con efectos desde la
fecha de revisión en adelante.
Disposición transitoria primera.
Tarragona.
Régimen específico de jornada intensiva en el centro de
La Dirección de la empresa propone el régimen de jornada intensiva todo el año sólo
para el personal con jornada ordinaria del Complejo Industrial de Tarragona en los
siguientes términos:
– La bolsa de horas se programará en el correspondiente calendario laboral, a razón
de 40 horas en tardes, quedando 30 horas disponibles para necesidades organizativas.
– Respecto al colectivo de empleados pertenecientes a las áreas de mantenimiento
y afines (entendiendo por afines, las áreas de almacén, inspección y construcción), las
horas de bolsa serán compensadas por las prolongaciones realizadas en los siguientes
trabajos:
• Trabajos programados:
Paradas programadas, grandes reparaciones y periodos punta.
cve: BOE-A-2023-4221
Verificable en https://www.boe.es
A) Bolsa de horas: A efectos de cálculo de la jornada diaria, en el calendario laboral
del centro se distribuirá la jornada anual establecida en convenio colectivo descontando
de la misma setenta horas anuales, con las que se constituirá una bolsa de horas para
ser trabajadas de acuerdo con la regulación que se detalla en los puntos siguientes: