III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Subvenciones. (BOE-A-2023-4214)
Resolución de 10 de febrero de 2023, del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones en especie para la rehabilitación de locales comerciales en el casco histórico de Toledo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 16 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 23908

efectos de estas bases reguladoras quedan incluidos en este uso los denominados
apartamentos turísticos.
n) Instalación publicitaria. Es el elemento o instalación portadora de los anuncios,
mensajes o comunicaciones, y que está constituida por el conjunto de todos los
elementos de sustentación, de soporte del mensaje, del propio mensaje, decorativos, de
iluminación y cualquier otro que forme parte de la misma instalación.
o) Instalación no publicitaria. Correspondiente a los rótulos que sirvan para indicar
la denominación social de personas físicas o jurídicas o el ejercicio de la actividad
mercantil, industrial, profesional, y que no tengan finalidad estrictamente publicitaria, en
cuyo caso tendrán dicha consideración.
p) Rótulos móviles. Corresponde con instalaciones publicitarias que aparecen en
soportes movibles durante el horario comercial, y que se colocan habitualmente en
espacios de dominio público, retirándose en las horas de descanso.
q) Elementos sobrepuestos. Comprende cualquier elemento colocado en el mismo
plano de fachada o sobrepuesto a la misma, y que, en principio, es ajeno a la lógica del
propio edificio. Dentro de estos están los carteles, anuncios publicitarios, rótulos de
establecimientos, toldos, marquesinas, jardineras de obra, escaparates y vitrinas voladas
o adosadas, carteles luminosos, anuncios, aparatos de aire acondicionado, paneles
solares y similares.
r) Huecos. Hueco corresponde con cualquier vano vacío, u ocupado por un
elemento de carpintería o cerrajería, situado en la fachada de un edificio o en el
cerramiento de una parcela.
s) Carpintería. Es el elemento laminar de separación entre el espacio interior de un
local o habitáculo, y el exterior, compuesto normalmente por una superficie de
translucida o transparente sostenida por un elemento ligero de madera o metal, que
establece una relación física perceptiva entre el espacio privado y el espacio público.
t) Cierre. Se conceptúan como cierre los elementos de protección de carpintería,
así como las rejas y sistemas de oscurecimiento de la misma.
u) Elementos Especiales y de Interés Arquitectónico. Son aquello elementos de los
edificios tales como portadas, elementos de carpintería, cerrajería o herrajes de forja
singulares, artesonados y alfarjes, cristalerías y emplomados, elementos especiales de
cantería, esgrafiados y motivos decorativos relevantes, escayolas, pinturas murales o
decorativas, revocos y revestimientos singulares, y en general, elementos de singular
interés arquitectónico. Se incluyen dentro de esta categoría los elementos arqueológicos
singulares, elementos de mobiliario, encimeras, mostradores y estanterías de carácter
histórico asociados al uso del local comercial.
Los elementos especiales susceptibles de ser subvencionados en esta modalidad de
ayuda, deben ser excepcionales atendiendo a sus valores arquitectónicos, artísticos, de
proyecto o diseño, cronológicos y de buena construcción o ejecución. A los efectos de
concesión de una ayuda de elementos especiales y de interés arquitectónico del
Consorcio de la Ciudad de Toledo, la entidad de un elemento singular se graduará por
los técnicos del Consorcio en función de su excepcionalidad, sus valores artísticos y/o
arquitectónicos, así como en la dificultad de su ejecución técnica.
Dada la gran variedad de elementos especiales susceptibles de valoración es difícil
establecer una relación estricta de características exigibles, no obstante, a modo de
ejemplo, se indican unas directrices básicas para la valoración de algunos elementos
especiales:
Elementos de carpintería de armar: se comprobará la existencia y calidad de
ejecución de labores de lacería, talla, molduraje o policromado. En la carpintería de
armar toledana singular se valorará la existencia de agramilados en los papos de la
viguería, el diseño de las ménsulas que apean las estructuras y la existencia de
decoración heráldica o epigráfica en tabicas y aliceres.
Elementos de cantería: se comprobará la singularidad del tipo de piedra utilizado, la
dimensión y proporción armónica de los elementos conforme a la tipología artística y
cronológica, la existencia de labor de talla y el valor de su ejecución.

cve: BOE-A-2023-4214
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Núm. 40