III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Subvenciones. (BOE-A-2023-4214)
Resolución de 10 de febrero de 2023, del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones en especie para la rehabilitación de locales comerciales en el casco histórico de Toledo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40
Jueves 16 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 23918
máxima puntuación con independencia de la existencia de cualquier tipo de interrupción
temporal o cambio de tipo de la actividad en los mismos.
La actividad se podrá demostrar, de forma excepcional, en el caso de no existir
registro histórico de la licencia de actividad, con documentación gráfica o escrita del
funcionamiento real de la misma (contabilidad, facturas, publicidad, fotografías, anuncios
en prensa histórica…etc).
c) Si la actividad actual o futura, una vez ejecutadas las obras, del local comercial
está relacionada con usos comerciales tradicionales:
Tipo de actividad comercial
Puntuación
Usos tradicionales.
20
No relacionada con usos tradicionales o sin actividad.
5
A tales efectos, se admiten exclusivamente como usos comerciales tradicionales los
siguientes: alimentación, elaboración y venta de artesanía no industrial, textil, utillaje y
necesidades de uso diario (ferretería, droguería, relojería, mercería, librería-papelería,
farmacia, venta de pequeños electrodomésticos-electricidad, zapatería, juguetería,
costurero, y trabajos en cuero), anticuario, carpintería y herrería.
Debe mantenerse el tipo de actividad por el que se obtiene puntuación al menos un
año desde la fecha de finalización de las obras.
d) Existencia de elementos especiales y de singular interés arquitectónico:
Elementos especiales y de singular interés arquitectónico Puntuación
Existen.
20
No existen.
–
A efectos de la puntuación de este apartado sólo se tendrá en cuenta la existencia de
este tipo de elementos en los siguientes casos:
– Si se va a actuar sobre los mismos realizando tratamientos de conservación y/o
restauración con costes superiores a los 1.000 euros.
– En el caso de que no se vaya a intervenir sobre ellos, la actividad que se ejerce o
se ejercerá en el local como consecuencia de las obras no deberá en ningún caso
perjudicar el estado de conservación de los mismos.
e)
Estado de conservación del edificio en relación al local comercial:
Malo Medio Bueno
- Rotulación.
4
2
–
- Instalaciones vistas.
3
2
–
- Escaparates.
2
1
–
Accesibilidad.
3
2
–
Humedades.
3
2
–
Estructura.
-
2
3
Elementos especiales.
3
2
1
f) Labores de conservación realizadas en los locales comerciales por los
propietarios y/o arrendatarios de los mismos en los últimos 15 años: 2 puntos por
cve: BOE-A-2023-4214
Verificable en https://www.boe.es
Imagen exterior:
Núm. 40
Jueves 16 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 23918
máxima puntuación con independencia de la existencia de cualquier tipo de interrupción
temporal o cambio de tipo de la actividad en los mismos.
La actividad se podrá demostrar, de forma excepcional, en el caso de no existir
registro histórico de la licencia de actividad, con documentación gráfica o escrita del
funcionamiento real de la misma (contabilidad, facturas, publicidad, fotografías, anuncios
en prensa histórica…etc).
c) Si la actividad actual o futura, una vez ejecutadas las obras, del local comercial
está relacionada con usos comerciales tradicionales:
Tipo de actividad comercial
Puntuación
Usos tradicionales.
20
No relacionada con usos tradicionales o sin actividad.
5
A tales efectos, se admiten exclusivamente como usos comerciales tradicionales los
siguientes: alimentación, elaboración y venta de artesanía no industrial, textil, utillaje y
necesidades de uso diario (ferretería, droguería, relojería, mercería, librería-papelería,
farmacia, venta de pequeños electrodomésticos-electricidad, zapatería, juguetería,
costurero, y trabajos en cuero), anticuario, carpintería y herrería.
Debe mantenerse el tipo de actividad por el que se obtiene puntuación al menos un
año desde la fecha de finalización de las obras.
d) Existencia de elementos especiales y de singular interés arquitectónico:
Elementos especiales y de singular interés arquitectónico Puntuación
Existen.
20
No existen.
–
A efectos de la puntuación de este apartado sólo se tendrá en cuenta la existencia de
este tipo de elementos en los siguientes casos:
– Si se va a actuar sobre los mismos realizando tratamientos de conservación y/o
restauración con costes superiores a los 1.000 euros.
– En el caso de que no se vaya a intervenir sobre ellos, la actividad que se ejerce o
se ejercerá en el local como consecuencia de las obras no deberá en ningún caso
perjudicar el estado de conservación de los mismos.
e)
Estado de conservación del edificio en relación al local comercial:
Malo Medio Bueno
- Rotulación.
4
2
–
- Instalaciones vistas.
3
2
–
- Escaparates.
2
1
–
Accesibilidad.
3
2
–
Humedades.
3
2
–
Estructura.
-
2
3
Elementos especiales.
3
2
1
f) Labores de conservación realizadas en los locales comerciales por los
propietarios y/o arrendatarios de los mismos en los últimos 15 años: 2 puntos por
cve: BOE-A-2023-4214
Verificable en https://www.boe.es
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