III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Subvenciones. (BOE-A-2023-4214)
Resolución de 10 de febrero de 2023, del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones en especie para la rehabilitación de locales comerciales en el casco histórico de Toledo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40

Jueves 16 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 23917

Fichas de los Monumentos y elementos del Catálogo de bienes protegidos relacionados
en el anexo II del Plan Especial del Casco Histórico de Toledo (PECHT) o mediante visita
técnica al local comercial. La catalogación o protección patrimonial del inmueble donde
se ubica el local será comprobada de oficio por los técnicos del Consorcio de Toledo.
6. La comprobación de la existencia de datos no ajustados a la realidad, tanto en la
solicitud como en la documentación que la acompañe, podrá comportar la denegación de
la subvención solicitada.
7. Si el escrito de solicitud no reuniera los datos de identificación o alguno de los
extremos exigidos en los puntos anteriores, se requerirá al solicitante, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para que en un plazo de diez
días subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que
si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá
ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la citada ley.
Artículo 15.

Criterios de valoración.

El procedimiento de concesión de subvenciones previstas en las presentes bases
reguladoras se realizará mediante concurrencia competitiva, otorgándose un máximo
de 100 puntos. Las solicitudes se valorarán de acuerdo con los criterios detallados a
continuación, para lo cual será necesario presentar el anexo I debidamente
cumplimentado.
a) Si el inmueble donde se ubica el local comercial objeto de solicitud de ayuda
dispone de algún tipo de catalogación o protección patrimonial:
Catálogo

Catálogo PECHT Puntuación

Protección integral o superior. Nivel M o BIC.

4

Protección parcial.

Nivel P.

2

Protección ambiental.

Nivel E.

1

Sin protección.

Sin protección.



b) Si el local comercial o la actividad ejercida en él tiene carácter histórico. Este
carácter se determinará en función del plazo temporal durante el que se ha ejercido la
actividad. Dicho plazo se contabilizará desde la fecha de concesión de la licencia de
actividad:
Puntuación

100 años o superior.

25

Entre 75 y 100 años.

20

Superior a 25 años e inferior a 75 años.

10

Inferior o igual a 25 años.



A tales efectos, se admitirá la actividad ejercida de manera discontinua tanto en el
tiempo como en el tipo de actividad. Para el cómputo de plazos, se admiten
interrupciones en la actividad comercial, sin menoscabo en el número de años, siempre y
cuando éstas no sean superiores a los diez años. En el supuesto de que la interrupción
supere los diez años se iniciará el cómputo de nuevo.
En el caso de recuperación de la actividad comercial en locales históricos,
considerando como tales aquellos de 100 años de antigüedad o más, se aplicará la

cve: BOE-A-2023-4214
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Antigüedad de la actividad ejercida